Informe para el cambio de uso forestal y modificación sustancial de la cubierta vegetal en terrenos forestales. 1678. Trámites Gobierno de Aragón.
Información Rápida
Objetivo
Solicitar un informe a la autoridad competente para cambiar el uso de un terreno forestal o modificar sustancialmente su vegetación (sin incluir roturaciones).
¿Quién puede solicitarlo?
La administración competente para autorizar la actividad o el interesado (titular de la parcela o con autorización).
Requisitos principales
- Ser titular de la parcela o tener autorización del propietario.
Plazos
El trámite está disponible de forma permanente.
Duración del trámite
3 meses
Resumen
Este trámite permite solicitar un informe a la autoridad competente para cambiar el uso forestal de un terreno o modificar de forma importante su vegetación, excluyendo la roturación.
Quién puede usar este servicio:
- La administración responsable de autorizar la actividad.
- El interesado, ya sea el dueño del terreno o alguien con su autorización.
Antes de empezar:
- Para cambiar el uso forestal a uso agrícola (roturación), el trámite se realiza en los Servicios Provinciales del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Anexo I con los datos de las superficies afectadas. Descargar modelo: 49D. Anexo I. Datos de las superficies objeto de cambio de uso forestal
- Acreditación de la propiedad de la finca (si aplica).
- Autorización del titular del terreno (si el solicitante no es el propietario).
- Plan o proyecto que justifique el cambio de uso forestal.
- Plano de situación a escala 1:50.000 o 1:25.000 o plano catastral.
- Plano de detalle de la zona de cambio de uso forestal en formato digital georreferenciado con coordenadas UTM ETRS89.
- Declaración de Impacto Ambiental (si aplica).
- Declaración de Utilidad Pública (si aplica).
- Autorización Administrativa del Proyecto (si aplica).
Requisitos previos:
- Ser el titular de la parcela o tener la autorización del propietario.
Costes y plazos:
- El importe de la tasa se indica en la página web de la Subtipología INAGA 49D.
- Pago de la tasa: Accede aquí para proceder al pago de la tasa
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
-
Preparación: Reúne toda la documentación necesaria.
-
Presentación: Puedes presentar la solicitud de forma telemática o presencial.
- Telemática: Iniciar trámite
- Presencial:
- Descarga, completa y firma el formulario: Descargar formulario
- Reúne la documentación.
- Solicita cita previa en una oficina de información y registro: Localiza tu oficina más cercana / Pedir cita previa
- Presenta el formulario y la documentación en la oficina.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- Si falta información, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo: Subsanar trámite
- Puedes realizar alegaciones o aportar documentos adicionales tras presentar tu trámite: Aportar documentación
Plazos de resolución:
- El plazo máximo de resolución es de 3 meses.
- Si no se resuelve en este plazo, puedes esperar a que la administración resuelva o interponer un recurso. Más información sobre el silencio administrativo: Saber más sobre el silencio administrativo
Ayuda
Contacto:
- Teléfono: 976 716 633
- Correo electrónico: inaga@aragon.es
- Página web de contacto: Contacte con INAGA por correo electrónico , Contacte con INAGA por teléfono , Atención presencial en INAGA
- Página web del INAGA: Instituto Aragonés de Gestión Ambiental
Ayuda con la tramitación electrónica:
- Preguntas frecuentes generales: Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Tutoriales en YouTube: Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Dudas administrativas: Servicio de Información y Registro:
- Teléfono: 976 714 000 (lunes a viernes de 9:00 a 14:00)
- Correo electrónico: infoyregistro@aragon.es
Más información
- Tipología INAGA 49: Autorización para el cambio de uso forestal y modificación sustancial de la cubierta vegetal
- Protección de datos: INAGA: Protección de datos personales y seguridad de la información
- Presentación telemática: INAGA: Presentación telemática de solicitudes
Normativa
- Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes
- Ley 10/2006, de 28 de abril, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes
- Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por que se aprueba el Reglamento de Montes
- Decreto Legislativo 1/2017, de 20 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Montes de Aragón