Inclusión, exclusión o permuta de terrenos en montes de utilidad pública. 368. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a entidades públicas o propietarios forestales solicitar la inclusión, exclusión o permuta de terrenos en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública.

¿Quién puede solicitarlo?

Entidades públicas titulares de terrenos forestales o titulares de parcelas colindantes que deseen incluir, excluir o permutar terrenos en Montes de Utilidad Pública.

Requisitos principales

  • Acuerdo de la entidad titular del MUP (excepto si es de la Comunidad Autónoma de Aragón).
  • Terrenos a aportar al MUP deben estar libres de cargas en el Registro de la Propiedad.
  • La superficie aportada debe justificar su catalogación como MUP, y la superficie a segregar debe haber perdido las características que la justificaban.
  • La diferencia de valor de los terrenos a permutar no debe exceder el porcentaje mínimo legal, salvo dispensa del Gobierno de Aragón por interés público forestal o medioambiental.

Plazos

Plazo permanente

Duración del trámite

3 meses

Información adicional

Coordina: Servicio de Planificación y Gestión Forestal de la Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal

Resumen

Este trámite permite solicitar la inclusión, exclusión o permuta de terrenos en montes de utilidad pública.

Quién puede usar este servicio:

  • Entidades públicas titulares de terrenos forestales.
  • Titulares de parcelas colindantes.

Lo que necesitas

Requisitos

  • Acuerdo de la Entidad titular del MUP (salvo para MUP de titularidad de la Comunidad Autónoma de Aragón).
  • Los terrenos a aportar al MUP han de estar registrados en el Registro de la propiedad como libres de cargas.
  • La superficie que se aporta al MUP ha de tener alguna de las características que justifiquen su catalogación como MUP, y la superficie a segregar del MUP ha de haber perdido las características que determinaron su catalogación. En otro caso, la permuta ha de supone una mejor definición de la superficie o una mejora para su gestión.
  • La diferencia de valor de los montes o de las superficies forestales a permutar, previa su tasación pericial, no ha de exceder del porcentaje mínimo exigido en la legislación de patrimonio que resulte de aplicación (salvo dispensa de este requisito por el Gobierno de Aragón por razón excepcional de interés público forestal o medioambiental).

Documentos requeridos

  • Formulario de solicitud
  • Memoria descriptiva justificativa
  • Capas cartográficas de los recintos
  • Acreditación en caso de representante

Costes y plazos

  • Plazo de presentación: En plazo permanente

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Descargar el formulario:
  2. Presentar la solicitud:

Formas de presentación

  • Telemática
  • Presencial

Después de hacerlo

Plazos de resolución

  • 3 meses

Subsanación y Aportación

  • Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
  • Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

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