Impuestos medioambientales - Parques fotovoltaicos. 10130. Trámites Gobierno de Aragón.
Información Rápida
Objetivo
Permite a las personas físicas o jurídicas realizar la autoliquidación del impuesto medioambiental sobre parques fotovoltaicos en Aragón.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas o jurídicas titulares de parques fotovoltaicos ubicados en Aragón que generen afecciones medioambientales y visuales adversas.
Requisitos principales
- Ser titular de la instalación del parque fotovoltaico o explotador del mismo.
- La instalación debe tener módulos fotovoltaicos interconectados dentro de un perímetro vallado.
- La instalación debe generar afecciones medioambientales y visuales adversas sobre el medio natural, el paisaje, la flora y la fauna, y cumplir ciertos criterios de superficie u otros establecidos en la normativa.
Plazos
Pagos fraccionados: junio, septiembre, diciembre (días 1-20). Autoliquidación anual: abril.
Duración del trámite
El impuesto se paga anualmente, con pagos fraccionados trimestrales.
Información adicional
Las empresas deben estar registradas con los permisos correspondientes para presentar los impuestos medioambientales telemáticamente. El impuesto se paga mediante pagos fraccionados y una autoliquidación anual.
Resumen
Este trámite permite a las personas físicas o jurídicas realizar la autoliquidación del impuesto medioambiental sobre parques fotovoltaicos en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Quién puede usar este servicio
- Titulares de parques fotovoltaicos que generen afecciones medioambientales y visuales adversas.
- Explotadores de parques fotovoltaicos, en caso de no coincidir con los titulares.
Antes de empezar
Es necesario estar registrado en el servicio de presentación telemática de tributos de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Lo que necesitas
Requisitos
- Ser titular o explotador de un parque fotovoltaico que genere afecciones medioambientales.
- El parque debe tener módulos fotovoltaicos interconectados dentro de un perímetro vallado.
- Cumplir con los criterios de superficie (igual o superior a 2 hectáreas) o los criterios generales establecidos en la normativa ambiental.
Costes y plazos
- El impuesto se paga anualmente, con pagos fraccionados trimestrales.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso
- Acceder al servicio de presentación telemática de tributos de la Comunidad Autónoma de Aragón: Iniciar trámite
- Identificarse con los permisos correspondientes.
- Cumplimentar la autoliquidación del impuesto.
- Realizar el pago correspondiente.
Información sobre cada etapa
- El impuesto se devenga el 31 de diciembre de cada año.
- Los pagos fraccionados se realizan en junio, septiembre y diciembre.
- La autoliquidación anual se presenta en abril.
Después de hacerlo
Qué sucede después
Una vez presentada la autoliquidación y realizado el pago, se entiende cumplida la obligación tributaria.
Plazos de resolución
No aplica, ya que es una autoliquidación.
Siguiente pasos
Conservar el justificante de pago.
Ayuda
Contacto
- Teléfono: 976 715 100
- Correo electrónico:
- Información impuestos medioambientales: admontributaria@aragon.es
- Información general: tributos@aragon.es
- Presencial: Zaragoza, c/ Joaquín Costa, 18 (con cita previa)
- Cita previa: https://citaprevia.aragon.es/provincias
- Página web: Impuestos medioambientales
Recursos adicionales
- Cómo registrarse para la presentación de impuestos medioambientales
- Manual de usuario para gestionar el impuesto telemáticamente (altas, bajas, modificaciones censales)
- Información completa del impuesto
- Entidades financiera colaboradoras
- Preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica
- Tutoriales en YouTube sobre tramitación electrónica
Normativa
Preguntas frecuentes
Oficinas de la administración
Oficina Comarcal de SERVICIO PROVINCIAL ZARAGOZA
En esta página
- Resumen
- Quién puede usar este servicio
- Antes de empezar
- Lo que necesitas
- Requisitos
- Costes y plazos
- Cómo hacerlo
- Paso a paso del proceso
- Información sobre cada etapa
- Después de hacerlo
- Qué sucede después
- Plazos de resolución
- Siguiente pasos
- Ayuda
- Contacto
- Recursos adicionales
- Normativa
- Preguntas frecuentes
- Oficinas de la administración