Impuestos medioambientales - Parques eólicos. 10055. Trámites Gobierno de Aragón.
Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Objetivo
Permite a las empresas y particulares autoliquidar el impuesto medioambiental sobre parques eólicos en Aragón.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas o jurídicas titulares de parques eólicos en Aragón.
Requisitos principales
- Ser titular de un parque eólico en Aragón.
- Realizar el hecho imponible (afecciones medioambientales y visuales adversas).
- Estar registrado en el servicio de presentación telemática de tributos de Aragón.
Plazos
Pagos fraccionados: junio, septiembre y diciembre (del 1 al 20 de cada mes). Autoliquidación anual: abril.
Duración del trámite
Variable, depende del caso.
Información adicional
El impuesto se paga anualmente, con pagos fraccionados trimestrales. Las empresas deben estar registradas en el servicio de presentación telemática de tributos.
Resumen
Este trámite permite a las personas físicas o jurídicas autoliquidar el impuesto medioambiental sobre parques eólicos en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Quién puede usar este servicio:
- Titulares de parques eólicos situados en Aragón.
- Responsables solidarios del pago del impuesto (explotadores de los parques, si no coinciden con los titulares).
Lo que necesitas
- Requisitos:
- Estar registrado en el servicio de presentación telemática de tributos de Aragón.
- Ser titular de un parque eólico que genere afecciones medioambientales en Aragón.
- Costes y plazos:
- El importe del impuesto varía según las características del parque eólico.
- El impuesto se devenga anualmente, con pagos fraccionados trimestrales y una autoliquidación anual.
Cómo hacerlo
- Accede al servicio de presentación telemática:
- Completa el formulario de autoliquidación:
- Sigue las instrucciones proporcionadas en el servicio telemático.
- Presenta la autoliquidación y realiza el pago:
- Dentro de los plazos establecidos.
Después de hacerlo
- La Administración revisará la autoliquidación.
- Si hay errores u omisiones, se te requerirá para que los subsanes.
Ayuda
- Contacto:
- Teléfono: 976 715 100 (Zaragoza)
- Correo electrónico: admontributaria@aragon.es (Información impuestos medioambientales), tributos@aragon.es (Información general)
- Atención presencial: Zaragoza, c/ Joaquín Costa, 18 (con cita previa: https://citaprevia.aragon.es/provincias)
- Recursos adicionales:
- Cómo registrarse para la presentación de impuestos medioambientales
- Manual de usuario para gestionar el impuesto telemáticamente (altas, bajas, modificaciones censales)
- Información general del impuesto
- Entidades financieras colaboradoras
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Normativa:
- Ley 2/2024, de 29 de mayo, por la que se crean los impuestos medioambientales sobre parques eólicos y sobre parques fotovoltaicos en la Comunidad Autónoma de Aragón y se modifica el impuesto medioambiental sobres las instalaciones de transporte de energía eléctrica de alta tensión
- Ley 10/2015, de 28 de diciembre, de medidas para el mantenimiento de los servicios públicos en la Comunidad Autónoma de Aragón
- Decreto Legislativo 1/2007, de 18 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Legislación sobre impuestos medioambientales de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Decreto 1/2007, de 16 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo Parcial de la Ley 13/2005, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas en Materia de Tributos Cedidos y Tributos Propios de la Comunidad Autónoma de Aragón, para la aplicación de los Impuestos Medioambientales
- Ley 13/2005, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas en materia de Tributos Cedidos y Tributos Propios de la Comunidad Autónoma de Aragón
- Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria