Impuestos medioambientales - Emisión de contaminantes a la atmósfera. 2006. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a las empresas y personas obligadas realizar la autoliquidación del impuesto medioambiental sobre la emisión de contaminantes a la atmósfera en Aragón.

¿Quién puede solicitarlo?

Empresas y personas obligadas al pago del impuesto medioambiental sobre la emisión de contaminantes a la atmósfera en Aragón, o sus representantes.

Requisitos principales

  • Estar registrado con los permisos correspondientes en el servicio de presentación telemática de tributos de Aragón.
  • Ser sujeto pasivo del impuesto, es decir, realizar actividades que causen daño medioambiental por emisiones contaminantes a la atmósfera en Aragón (óxidos de azufre, óxidos de nitrógeno, dióxido de carbono).
  • El propietario de la instalación causante de la emisión contaminante será responsable solidario del pago del impuesto si no coincide con la persona que explota la instalación.

Plazos

Pagos fraccionados: junio, septiembre, diciembre. Autoliquidación anual: abril.

Duración del trámite

Variable, depende del caso.

Información adicional

El impuesto se devenga el 31 de diciembre de cada año, y el periodo impositivo coincide con el año natural, salvo excepciones. Los pagos fraccionados se realizan en junio, septiembre y diciembre, y la autoliquidación anual en abril.

Resumen

Este trámite permite a las empresas y personas obligadas a realizar la autoliquidación del impuesto medioambiental sobre la emisión de contaminantes a la atmósfera en Aragón de forma telemática.

Quién puede usar este servicio

  • Obligados tributarios y/o sus representantes.

Antes de empezar

  • Las empresas deben estar registradas con los permisos correspondientes en el servicio de presentación telemática de tributos de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Lo que necesitas

Requisitos

  • Las empresas que deban presentar impuestos medioambientales en la Comunidad Autónoma de Aragón deberán realizarlo a través del Servicio de presentación telemática de tributos; para ello tienen que estar registrados con los permisos correspondientes. Los impuestos medioambientales solo se pueden presentar en nombre propio, no hay opción de presentación en nombre de terceros.
  • Son sujetos pasivos del impuesto, en calidad de contribuyentes:
    • Quienes realicen las actividades que causan el daño medioambiental o exploten las instalaciones causantes de las siguientes emisiones contaminantes a la atmósfera, y siempre que los focos contaminantes estén ubicados en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón.
      • Óxidos de azufre (SOx)
      • Óxidos de nitrógeno (NOx)
      • Dióxido de carbono (CO2)
  • Será responsable solidario del pago del impuesto el propietario de la instalación causante de la emisión contaminante cuando no coincida con la persona que explota la misma.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Acceder al servicio de presentación telemática de tributos de Aragón a través de este enlace: Iniciar trámite

Información sobre cada etapa

  • El impuesto se devenga el 31 de diciembre de cada año y el periodo impositivo coincidirá, salvo excepciones, con el año natural.
  • Los plazos para realizar los pagos fraccionados del impuesto serán entre los días 1 y 20 de los meses siguientes:
    • 1º Pago fraccionado: junio
    • 2º Pago fraccionado: septiembre
    • 3º Pago fraccionado: diciembre
    • Autoliquidación anual: abril
  • El importe de cada pago fraccionado será del 30% de la cuota devengada que corresponda ingresar por la totalidad del impuesto considerando la situación de los establecimientos el primer día de cada período impositivo.

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