Impuestos medioambientales - Emisión de contaminantes a la atmósfera
Información Rápida
Objetivo
Permite a las personas obligadas realizar telemáticamente la autoliquidación del impuesto medioambiental sobre la emisión de contaminantes a la atmósfera en Aragón.
¿Quién puede solicitarlo?
Obligados tributarios y/o sus representantes.
Requisitos principales
- Empresas registradas en el servicio de presentación telemática de tributos.
- Ser sujeto pasivo del impuesto (contribuyente).
- Realizar actividades que causen daño medioambiental.
- Explotar instalaciones con emisiones contaminantes en Aragón.
- Ser propietario de la instalación (responsable solidario).
Plazos
Pagos fraccionados:junio,septiembre,diciembre (días 1-20). Autoliquidación anual:abril.
Duración del trámite
No especificado
Información adicional
El impuesto se devenga el 31 de diciembre de cada año. Consultar enlaces para más información.
Impuestos medioambientales - Emisión de contaminantes a la atmósfera
A través de este trámite,las personas obligadas podrán,de manera telemática,realizar la autoliquidación del impuesto medioambiental sobre la emisión de contaminantes a la atmósfera en Aragón.
Plazo de presentación
En plazo permanente
Dirigido a
- Obligados tributarios y/o sus representantes.
Requisitos
- Las empresas que deban presentar impuestos medioambientales en la Comunidad Autónoma de Aragón deberán realizarlo a través del Servicio de presentación telemática de tributos; para ello tienen que estar registrados con los permisos correspondientes. Los impuestos medioambientales solo se pueden presentar en nombre propio,no hay opción de presentación en nombre de terceros.
- Son sujetos pasivos del impuesto,en calidad de contribuyentes:
- Quienes realicen las actividades que causan el daño medioambiental o exploten las instalaciones causantes de las siguientes emisiones contaminantes a la atmósfera,y siempre que los focos contaminantes estén ubicados en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Óxidos de azufre (SOx)
- Óxidos de nitrógeno (NOx)
- Dióxido de carbono (CO2)
- Será responsable solidario del pago del impuesto el propietario de la instalación causante de la emisión contaminante cuando no coincida con la persona que explota la misma.
Información adicional
- Las empresas que deban presentar impuestos medioambientales en la Comunidad Autónoma de Aragón deberán realizarlo a través del servicio de presentación telemática de tributos; para ello tienen que estar registrados con los permisos correspondientes (ver instrucciones en los enlaces y documentos con información adicional).
- El impuesto se devenga el 31 de diciembre de cada año y el periodo impositivo coincidirá,salvo excepciones,con el año natural.
- Los plazos para realizar los pagos fraccionados del impuesto serán entre los días 1 y 20 de los meses siguientes:
- 1º Pago fraccionado:junio
- 2º Pago fraccionado:septiembre
- 3º Pago fraccionado:diciembre
- Autoliquidación anual:abril
- El importe de cada pago fraccionado será del 30% de la cuota devengada que corresponda ingresar por la totalidad del impuesto considerando la situación de los establecimientos el primer día de cada período impositivo.
Documentos y enlaces de interés
- Cómo registrarse para la presentación de impuestos medioambientales
- Información general del impuesto
- Entidades financieras colaboradoras
Presentación de la solicitud
Telemática
Contacto y ayuda
- Teléfono. Zaragoza 976 715 100
- Correo electrónico. Información impuestos medioambientales admontributaria@aragon.es
- Correo electrónico. Información general tributos@aragon.es
- Presencial. Zaragoza c/ Joaquín Costa,18
- Cita previa. Horario atención de lunes a viernes de 9:00h a 14:00h https://citaprevia.aragon.es/provincias
- Página web.Impuestos medioambientales
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos,contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS
Normativa
- Ley 2/2024,de 29 de mayo,por la que se crean los impuestos medioambientales sobre parques eólicos y sobre parques fotovoltaicos en la Comunidad Autónoma de Aragón y se modifica el impuesto medioambiental sobres las instalaciones de transporte de energía eléctrica de alta tensión
- Ley 10/2015,de 28 de diciembre,de medidas para el mantenimiento de los servicios públicos en la Comunidad Autónoma de Aragón
- Decreto Legislativo 1/2007,de 18 de septiembre,del Gobierno de Aragón,por el que se aprueba el Texto Refundido de la Legislación sobre impuestos medioambientales de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Decreto 1/2007,de 16 de enero,del Gobierno de Aragón,por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo Parcial de la Ley 13/2005,de 30 de diciembre,de Medidas Fiscales y Administrativas en Materia de Tributos Cedidos y Tributos Propios de la Comunidad Autónoma de Aragón,para la aplicación de los Impuestos Medioambientales
- Ley 13/2005,de 30 de diciembre,de Medidas Fiscales y Administrativas en materia de Tributos Cedidos y Tributos Propios de la Comunidad Autónoma de Aragón
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
En plazo permanente
Iniciar trámite Consultar formas de presentación
Subsanación
Si falta información en tu trámite,la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Aportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Trámites relacionados
Determinados usos y aprovechamientos de agua embalsada
Líneas eléctricas aéreas de alta tensión
Preguntas frecuentes
Oficinas de la administración
Oficina Comarcal de SERVICIO PROVINCIAL ZARAGOZA
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