Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados - Autoliquidación del impuesto, en general. 1936. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a los ciudadanos y empresas autoliquidar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP-AJD) para diversos hechos imponibles.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas físicas o jurídicas obligadas al pago del impuesto, según el tipo de hecho imponible:

Requisitos principales

  • El impuesto debe liquidarse en Aragón si se trata de:
  • Bienes inmuebles ubicados en Aragón.
  • Bienes muebles adquiridos por personas con residencia habitual en Aragón.
  • Operaciones societarias de empresas con domicilio social/fiscal en Aragón.
  • El plazo de presentación es de un mes desde la realización del acto o contrato.

Plazos

Un mes desde el día siguiente a la realización del acto o contrato.

Duración del trámite

Variable, dependiendo del caso.

Resumen

Este trámite permite a los ciudadanos autoliquidar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP-AJD) en Aragón. Es necesario para diversas operaciones como la compraventa de inmuebles, la constitución de derechos reales, arrendamientos, y otros actos jurídicos.

Quién puede usar este servicio:

  • Adquirentes de bienes y derechos.
  • Personas a favor de quien se constituyan derechos reales.
  • Acreedores afianzados.
  • Arrendatarios.
  • Sociedades en operaciones societarias.

Lo que necesitas

Documentación requerida:

  • Escritura original y copia simple, o documento privado que justifique el hecho imponible.
  • Si te has aplicado algún beneficio fiscal o tipo impositivo reducido: Aportar la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos para poder beneficiarte.

Requisitos:

  • El impuesto debe liquidarse en Aragón si se trata de:
    • Bienes inmuebles ubicados en Aragón.
    • Bienes muebles adquiridos por personas con residencia habitual en Aragón.
    • Operaciones societarias de empresas con domicilio social/fiscal en Aragón.
  • El plazo de presentación es de un mes desde la realización del acto o contrato.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Confección de la autoliquidación:
    • Telemáticamente: A través del servicio de presentación telemática de tributos (obligatorio para profesionales) con DNIe/Certificado electrónico o Cl@ve nivel avanzado.
    • Presencialmente: Utilizando PATRAPA WEB (solo para particulares sin firma digital) para generar el PDF.
  2. Pago del impuesto:
    • Si utilizas la presentación telemática, el pago se realiza a través de una entidad colaboradora.
    • Si utilizas PATRAPA WEB, debes pagar en una entidad colaboradora.
  3. Presentación de la autoliquidación:
    • Telemáticamente: A través del servicio de presentación telemática.
    • Presencialmente: En la oficina tributaria correspondiente, con cita previa.

Después de hacerlo

  • La administración revisará la autoliquidación y la documentación presentada.
  • Si falta información, te requerirán para que la subsanes.

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