Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados - Autoliquidación del impuesto, en general. 1936. Trámites Gobierno de Aragón.
Actualizado el 6 de marzo de 2025
Ver en la web de la administraciónInformación Rápida
Objetivo
Permite a los ciudadanos y empresas autoliquidar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP-AJD) para diversos hechos imponibles.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas o jurídicas obligadas al pago del impuesto, según el tipo de hecho imponible:
Requisitos principales
- El impuesto debe liquidarse en Aragón si se trata de:
- Bienes inmuebles ubicados en Aragón.
- Bienes muebles adquiridos por personas con residencia habitual en Aragón.
- Operaciones societarias de empresas con domicilio social/fiscal en Aragón.
- El plazo de presentación es de un mes desde la realización del acto o contrato.
Plazos
Un mes desde el día siguiente a la realización del acto o contrato.
Duración del trámite
Variable, dependiendo del caso.
Resumen
Este trámite permite a los ciudadanos autoliquidar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP-AJD) en Aragón. Es necesario para diversas operaciones como la compraventa de inmuebles, la constitución de derechos reales, arrendamientos, y otros actos jurídicos.
Quién puede usar este servicio:
- Adquirentes de bienes y derechos.
- Personas a favor de quien se constituyan derechos reales.
- Acreedores afianzados.
- Arrendatarios.
- Sociedades en operaciones societarias.
Lo que necesitas
Documentación requerida:
- Escritura original y copia simple, o documento privado que justifique el hecho imponible.
- Si te has aplicado algún beneficio fiscal o tipo impositivo reducido: Aportar la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos para poder beneficiarte.
Requisitos:
- El impuesto debe liquidarse en Aragón si se trata de:
- Bienes inmuebles ubicados en Aragón.
- Bienes muebles adquiridos por personas con residencia habitual en Aragón.
- Operaciones societarias de empresas con domicilio social/fiscal en Aragón.
- El plazo de presentación es de un mes desde la realización del acto o contrato.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Confección de la autoliquidación:
- Telemáticamente: A través del servicio de presentación telemática de tributos (obligatorio para profesionales) con DNIe/Certificado electrónico o Cl@ve nivel avanzado.
- Presencialmente: Utilizando PATRAPA WEB (solo para particulares sin firma digital) para generar el PDF.
- Pago del impuesto:
- Si utilizas la presentación telemática, el pago se realiza a través de una entidad colaboradora.
- Si utilizas PATRAPA WEB, debes pagar en una entidad colaboradora.
- Presentación de la autoliquidación:
- Telemáticamente: A través del servicio de presentación telemática.
- Presencialmente: En la oficina tributaria correspondiente, con cita previa.
Después de hacerlo
- La administración revisará la autoliquidación y la documentación presentada.
- Si falta información, te requerirán para que la subsanes.
Ayuda
- Correo electrónico: tributos@aragon.es
- Teléfono:
- Oficinas presenciales: Con cita previa en Zaragoza, Huesca y Teruel.
- Información general del impuesto: https://www.aragon.es/-/transmisiones-patrimoniales-y-actos-juridicos
- Ayuda con la tramitación electrónica:
- Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000 (lunes a viernes de 9:00 a 14:00)
- infoyregistro@aragon.es
Documentos y enlaces de interés
- Compraventa de inmuebles situados en Aragón
- Transmisión de un vehículo usado
- Préstamos entre particulares
- Cancelación de hipoteca
- Oficinas tributarias en Aragón
- Entidades financieras colaboradoras para realizar el pago
- Valoraciones inmobiliarias - ¿Cómo conocer el valor de un inmueble?
- Recargos por presentación fuera de plazo sin requerimiento de la Administración
- PATRAPA WEB - Sólo para particulares y presentación presencial