Impuesto sobre sucesiones y donaciones - Solicitud de prórroga. 10601. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Solicitar una extensión del plazo para presentar el impuesto sobre sucesiones, hasta 6 meses después del fallecimiento.

¿Quién puede solicitarlo?

Obligados tributarios, herederos, albaceas, administradores del caudal hereditario, o sus representantes.

Requisitos principales

  • Ser obligado tributario con residencia habitual en Aragón.
  • Presentar la solicitud dentro de los 6 meses siguientes al fallecimiento.
  • La prórroga solo aplica a adquisiciones por herencia, legado u otro título sucesorio.

Plazos

La solicitud debe presentarse dentro de los 6 meses siguientes al fallecimiento del causante.

Duración del trámite

Un mes desde la presentación de la solicitud. Si no se resuelve en este plazo, se considera aceptada.

Información adicional

La prórroga se entiende concedida si no recibes respuesta en un mes. Si se concede, se pagan intereses de demora. Cada heredero debe solicitar la prórroga en su nombre o en representación de todos. La notificación se enviará por el medio elegido en el formulario.

Resumen

Este trámite permite solicitar una prórroga para presentar el impuesto sobre sucesiones, extendiendo el plazo hasta 6 meses después del fallecimiento del causante.

Quién puede usar este servicio:

  • Obligados tributarios y/o sus representantes.
  • Herederos, albaceas o administradores del caudal hereditario.

Lo que necesitas

Documentación:

  • Certificado de defunción.
  • Relación e identificación de los posibles herederos.
  • Inventario de bienes y derechos del causante (persona fallecida) con su valor.
  • Si actúas como representante: Modelo de representación para los procedimientos tributarios (Descargar modelo).

Requisitos:

  • Ser residente habitual en la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Presentar la solicitud dentro de los 6 meses siguientes al fallecimiento.
  • La prórroga solo es posible para adquisiciones por herencia, legado u otro título sucesorio.

Costes y plazos:

  • Si se concede la prórroga, se pagarán intereses de demora.

Cómo hacerlo

Paso a paso:

  1. Reúne la documentación: Certificado de defunción, relación de herederos, inventario de bienes.
  2. Descarga el formulario:
  3. Presenta la solicitud:
    • Telemáticamente: A través del Registro Electrónico General de Aragón (REGA) (Iniciar trámite).
    • Presencialmente: En una oficina de información y registro (solicitar cita previa).

Después de hacerlo

  • La solicitud se entiende concedida si no recibes respuesta en 1 mes.
  • El periodo de prórroga es de 6 meses adicionales al plazo original.

Ayuda

Contacto:

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