Gestión del Registro de Colegios Profesionales y de Consejos de Colegios - Inscripción de estatutos de Consejo de Colegios . 294. Trámites Gobierno de Aragón.
Actualizado el 7 de marzo de 2025
Ver en la web de la administraciónInformación Rápida
Objetivo
Inscribir los estatutos de los Consejos de Colegios Profesionales de Aragón en el registro correspondiente.
¿Quién puede solicitarlo?
Los Consejos de Colegios Profesionales de Aragón.
Requisitos principales
- Haberse creado un Consejo de Colegios Profesionales de Aragón.
Plazos
Plazo permanente.
Duración del trámite
3 meses (si no se resuelve en este plazo, se considera aceptado por silencio administrativo)
Información adicional
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Resumen
Este trámite permite a los Consejos de Colegios Profesionales de Aragón inscribir sus estatutos en el Registro de Colegios Profesionales y de Consejos de Colegios de Aragón.
Quién puede usar este servicio:
- Los Consejos de Colegios Profesionales de Aragón
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Solicitud (según modelo publicado)
- Documentación acreditativa de la aprobación de los estatutos o su modificación y de la disponibilidad del domicilio del Colegio.
- Justificante del pago de la tasa administrativa correspondiente.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Descargar el formulario:
- Descarga el formulario del trámite: Descargar formulario
- Presentación telemática:
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
- Completa y firma el formulario.
- Reúne la documentación requerida.
- Inicia el trámite en el Registro Electrónico General de Aragón (REGA): Iniciar trámite
- Presentación presencial:
- Descarga el formulario: Descargar formulario
- Completa y firma el formulario.
- Reúne la documentación requerida.
- Solicita cita previa en una oficina de información y registro: Localiza tu oficina más cercana, Pedir cita previa
- Presenta el formulario y la documentación en la oficina.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- La administración revisará la solicitud y la documentación.
- Si falta información, se te requerirá para que la subsanes.
- El plazo de resolución es de 3 meses. Si no se resuelve en este plazo, se considera aceptado.
Ayuda
Contacto:
- Correo electrónico: asociacionzaragoza@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica:
- Preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica
- Tutoriales en YouTube sobre tramitación electrónica
- Servicio de Información y Registro:
- Teléfono: 976 714 000 (lunes a viernes de 9:00 a 14:00)
- Correo electrónico: infoyregistro@aragon.es
- Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- Teléfono: 976 289 414 (lunes a viernes de 8:00 a 18:00)
- Correo electrónico: soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905 (Información sobre el canal WhatsApp)
Más información
Órgano responsable:
- DIRECCIÓN GENERAL DE INTERIOR Y EMERGENCIAS
Normativa:
- Ley 2/1998, de 12 de marzo, de Colegios Profesionales de Aragón
- Decreto 158/2002, de 30 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan los procedimientos para la creación de Colegios Profesionales y de Consejos de Colegios de Aragón, y la organización y funcionamiento del Registro de Colegios Profesionales y de Consejos de Colegios de Aragón
- Ley 2/1998, de 12 de marzo, de Colegios Profesionales de Aragón
- Decreto 158/2002, de 30 de abril, por el que se regulan los procedimientos para la creación de Colegios Profesionales y de Consejos de Colegios de Aragón, y la organización y funcionamiento del Registro de Colegios Profesionales y de Consejos de Colegios de Aragón.