Gestión del Registro de Colegios Profesionales y de Consejos de Colegios - Inscripción de estatutos de colegio . 295. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a los colegios profesionales de Aragón inscribir sus estatutos en el Registro de Colegios Profesionales y de Consejos de Colegios de Aragón.

¿Quién puede solicitarlo?

Colegios profesionales de Aragón

Requisitos principales

  • Haberse creado un Colegio Profesional en Aragón.

Plazos

Plazo permanente

Duración del trámite

3 meses (si no hay respuesta en ese tiempo, se considera aceptado)

Resumen

Este trámite permite a los Colegios Profesionales de Aragón inscribir sus estatutos en el Registro de Colegios Profesionales y de Consejos de Colegios de Aragón.

Dirigido a

Colegios Profesionales de Aragón.

Requisitos

  • Haberse creado un Colegio Profesional en Aragón.

Lo que necesitas

Documentación

  • Solicitud (según modelo publicado).
  • Documento que acredite la aprobación de los estatutos, texto de los mismos y acreditación de la disponibilidad del domicilio del Colegio.
  • Justificante del pago de la tasa correspondiente.

Plazo de presentación

En plazo permanente.

Cómo hacerlo

Presentación de la solicitud

Telemática:

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve). Más información: Métodos de identificación y firma electrónica
  2. Descarga el formulario, complétalo y fírmalo: Descargar formulario
  3. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  4. Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Presencial:

  1. Descarga el formulario, complétalo y fírmalo: Descargar formulario
  2. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  3. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro: Localiza tu oficina más cercana, Pedir cita previa
  4. Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.

Después de hacerlo

Plazo de resolución

3 meses. Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado. Más información sobre el silencio administrativo

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo: Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite: Aportar documentación

Ayuda

Contacto

Ayuda con la tramitación electrónica

Más información

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