Gestión del derecho de admisión - Personal de admisión. 1328. Trámites Gobierno de Aragón.
Información Rápida
Objetivo
Obtener la tarjeta de identificación para trabajar como personal de admisión en espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos en Aragón.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas que deseen trabajar como personal de admisión en espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos en Aragón.
Requisitos principales
- Ser mayor de edad.
- Tener nacionalidad española o de la Unión Europea, o permiso de residencia y trabajo.
- Carecer de antecedentes penales.
- No haber sido sancionado por infracciones graves o muy graves en materia de seguridad o espectáculos públicos en los últimos años.
- No haber sido separado del servicio en las Fuerzas Armadas o de Seguridad, ni revocado de habilitaciones de seguridad privada.
- Tener al menos certificado de estudios primarios, graduado escolar, ESO o FP de grado medio, o equivalente.
- Haber superado un curso de preparación en un centro autorizado.
- Poseer aptitud física y capacidad psíquica.
- Tener conocimientos suficientes de castellano.
- No haber tenido la acreditación revocada en los últimos cinco años.
Plazos
El trámite puede realizarse permanentemente.
Duración del trámite
3 meses. Si no hay respuesta en ese tiempo, se considera aceptado.
Información adicional
El carné acreditativo tiene una validez de cinco años. La renovación debe solicitarse al menos un mes antes de su vencimiento.
Resumen
Este trámite permite a las personas que deseen trabajar como personal de admisión en espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos en Aragón solicitar la tarjeta de identificación necesaria.
Quién puede usar este servicio
Personas físicas que deseen obtener la acreditación como personal del servicio de admisión.
Antes de empezar
Es importante asegurarse de cumplir con todos los requisitos y tener la documentación necesaria antes de iniciar el trámite.
Lo que necesitas
Documentos requeridos
- Declaración responsable (Descargar modelo)
- Justificante del pago de las tasas administrativas
- Certificado del curso de preparación (si es la primera solicitud)
- Certificado o informe médico (si es la primera solicitud o renovación)
- Denuncia del extravío y declaración jurada (en caso de duplicado por extravío) (Descargar modelo)
Requisitos previos
- Ser mayor de edad.
- Tener la nacionalidad española o de la Unión Europea, o permiso de residencia y trabajo.
- Carecer de antecedentes penales.
- No haber sido sancionado en los últimos años por infracciones graves en materia de seguridad o espectáculos públicos.
- Tener la formación académica requerida.
- Haber superado el curso de preparación.
- Poseer aptitud física y psíquica.
- Tener conocimientos de castellano.
Costes y plazos
El trámite está sujeto al pago de tasas administrativas. El plazo de resolución es de 3 meses.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso
- Reúne la documentación necesaria.
- Paga las tasas administrativas.
- Presenta la solicitud de forma telemática o presencial.
Información sobre cada etapa
- Telemática: Necesitas identificación electrónica (DNIe, certificado o cl@ve). Inicia el trámite online, completa la solicitud, sube los documentos y firma electrónicamente. Si no tienes firma electrónica, puedes completar el proceso online, descargar la solicitud, firmarla y entregarla presencialmente. Iniciar trámite
- Presencial: Descarga y completa el formulario. Reúne la documentación necesaria. Solicita cita previa en una oficina de información y registro y presenta allí el formulario y la documentación. Descargar formulario. Localiza tu oficina más cercana. Pedir cita previa
Tiempos de espera
El plazo de resolución es de 3 meses.
Después de hacerlo
Qué sucede después
Una vez aprobada la solicitud, se expedirá la tarjeta de identificación.
Plazos de resolución
El plazo de resolución es de 3 meses. Si no hay respuesta en ese tiempo, se considera aceptado.
Siguiente pasos
Recibirás la tarjeta de identificación y podrás ejercer como personal de admisión.
Ayuda
Contacto
- Teléfono: 976 714 443
- Correo electrónico: espectaculospublicos@aragon.es
Recursos adicionales
- Tramitar con ayuda del personal habilitado
- Preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica
- Tutoriales en YouTube sobre tramitación electrónica
Preguntas frecuentes
- ¿Cuánto tiempo es válida la tarjeta de personal de admisión? La tarjeta tiene una validez de cinco años desde su expedición.
- ¿Con cuánta antelación debo solicitar la renovación de la tarjeta? Debes solicitar la renovación al menos un mes antes de que expire la tarjeta actual.
- ¿Cómo puedo presentar la solicitud para obtener la tarjeta? Puedes presentar la solicitud de forma telemática o presencial en las oficinas de información y registro.
- ¿Qué ocurre si falta información en mi solicitud? Si te falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo a través de Subsanar trámite
- ¿Puedo añadir documentos después de presentar la solicitud? Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite a través de Aportar documentación
- ¿Qué pasa si no recibo respuesta en el plazo indicado? Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado. Puedes obtener más información sobre el silencio administrativo aquí.
- ¿Qué hago si no puedo realizar el trámite online? Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE INTERIOR Y EMERGENCIAS
Normativa
- Ley 11/2005, de 28 de diciembre, reguladora de los espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón
- Decreto 23/2010, de 23 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de admisión en espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimiento públicos
- Decreto 118/2010, de 22 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se salva un error en el Decreto 23/2010, de 23 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de admisión en espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimiento públicos
- Decreto 123/2010, de 22 de junio, por el que se modifica el Reglamento de admisión en espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos, aprobado por Decreto 23/2010, de 23 de febrero, del Gobierno de Aragón
- Orden, de 15 de octubre, del Consejero de Política Territorial, Justicia e Interior, por la que se regulan las condiciones de expedición y se aprueba el modelo de la tarjeta de identificación del personal de los servicios de admisión de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos
- Orden, de 18 de febrero, del Consejero de Política Territorial, Justicia e Interior, por la que se modifican las características de las pruebas de selección del personal acreditado del servicio de admisión de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos en la Comunidad Autónoma de Aragón
- Ley 11/2005, de 28 de diciembre, reguladora de los espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Preguntas frecuentes
Oficinas de la administración
Oficina Comarcal de SERVICIO PROVINCIAL ZARAGOZA
En esta página
- Resumen
- Quién puede usar este servicio
- Antes de empezar
- Lo que necesitas
- Documentos requeridos
- Requisitos previos
- Costes y plazos
- Cómo hacerlo
- Paso a paso del proceso
- Información sobre cada etapa
- Tiempos de espera
- Después de hacerlo
- Qué sucede después
- Plazos de resolución
- Siguiente pasos
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