Gestión de planes urbanísticos - Plan especial de reforma interior. 182. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a los municipios aragoneses o al promotor solicitar un informe a los Consejos Provinciales de Urbanismo para la aprobación definitiva municipal de un Plan Especial de Reforma Interior.

¿Quién puede solicitarlo?

Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Requisitos principales

  • Cumplir con lo establecido en la Ley de Urbanismo de Aragón.
  • Aprobación inicial del Plan Especial por el alcalde/sa.
  • El plan debe desarrollarse en suelo urbano no consolidado para ordenar áreas sujetas a intervención.
  • El objetivo debe ser la descongestión, renovación, creación de dotaciones, saneamiento, mejora de la circulación o del medio ambiente.

Plazos

El trámite puede presentarse de forma permanente.

Duración del trámite

3 meses

Información adicional

El informe emitido por los Consejos Provinciales de Urbanismo será vinculante si es desfavorable.

Resumen

Este trámite permite a los ayuntamientos de Aragón o a promotores solicitar un informe a los Consejos Provinciales de Urbanismo para la aprobación definitiva de un Plan Especial de Reforma Interior (PERI).

Quién puede usar este servicio:

  • Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Lo que necesitas

Requisitos:

  • Cumplir con la Ley de Urbanismo de Aragón.
  • Aprobación inicial del Plan Especial por el alcalde.
  • El PERI debe desarrollarse en suelo urbano no consolidado.
  • El objetivo debe ser mejorar áreas urbanas existentes.

Documentos requeridos:

  • Expediente municipal completo.
  • Informes sectoriales.
  • Documentación específica para planes especiales.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Preparación del expediente: El ayuntamiento prepara el expediente completo del Plan Especial de Reforma Interior.
  2. Aprobación inicial: El alcalde aprueba inicialmente el plan y lo presenta al ayuntamiento en pleno.
  3. Solicitud de informe: Se solicita un informe al Consejo Provincial de Urbanismo.
  4. Presentación de la solicitud: La solicitud se puede presentar de forma telemática o presencial.
  5. Resolución: El Consejo Provincial de Urbanismo emite un informe.
  6. Aprobación definitiva: El ayuntamiento aprueba definitivamente el plan, teniendo en cuenta el informe del Consejo Provincial.

Presentación de la solicitud:

Después de hacerlo

Qué sucede después:

El Consejo Provincial de Urbanismo emitirá un informe que puede ser favorable o desfavorable. Si es desfavorable, el ayuntamiento deberá modificar el plan.

Plazos de resolución:

El plazo de resolución es de 3 meses. Si no se recibe respuesta en este plazo, se considera aprobado por silencio administrativo.

Ayuda

Contacto:

  • Teléfono: 976 714 532 (de 9:00 a 14:00 horas)
  • Correo electrónico: dgurbanismo@aragon.es
  • Presencial: Dirección General de Urbanismo. Avda. Ranillas, 3A, planta 2ª, oficina J. 50018. Zaragoza (de 9:00 a 14:00 horas)

Ayuda con la tramitación electrónica:

Más información

Órgano responsable:

DIRECCIÓN GENERAL DE URBANISMO Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

Normativa:


Preguntas frecuentes


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