Gestión de planes urbanísticos - Plan especial de protección de conjunto de interés cultural. 588. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Solicitar a los Consejos Provinciales de Urbanismo un informe para la aprobación definitiva municipal de un Plan especial de protección de conjunto de interés cultural.

¿Quién puede solicitarlo?

Entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón o el promotor en el caso establecido en el art. 60 de la Ley de Urbanismo de Aragón.

Requisitos principales

  • Cumplir con los requisitos establecidos en la Ley de Urbanismo de Aragón.
  • Iniciativa municipal.

Plazos

En plazo permanente

Duración del trámite

3 meses (si no se resuelve en este plazo, se considera aceptado por silencio administrativo)

Información adicional

El informe lo emite el CPU, excepto si es un municipio capital de provincia o un plan conjunto de varias provincias, en cuyo caso lo emite el CUA. La declaración de un conjunto de interés cultural obliga al municipio a redactar uno o varios planes especiales de protección. No es necesario este plan especial si el municipio incluye las determinaciones en el plan general de ordenación urbana. El Plan Especial de Protección debe cumplir el artículo 43 de la Ley 3/1999 de Patrimonio Cultural Aragonés. Antes de la aprobación inicial, se someterá a informe de la Comisión Provincial de Patrimonio Cultural. La aprobación definitiva requiere un informe favorable del Consejero del Departamento responsable de patrimonio cultural, que se considera emitido si no hay respuesta en tres meses.

Resumen

Este trámite permite a los municipios aragoneses o al promotor (en el caso del art. 60 de la Ley de Urbanismo de Aragón) solicitar a los Consejos Provinciales de Urbanismo un informe para la aprobación definitiva municipal de un Plan especial de protección de conjunto de interés cultural.

Quién puede usar este servicio:

  • Entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón

Lo que necesitas

Documentación:

  • Expediente administrativo municipal
  • Informes sectoriales preceptivos
  • Documentación técnica
  • Catálogo (según el artículo 44 de la Ley del Patrimonio Cultural Aragonés)
  • Memoria económica
  • Si aplica:
    • Memoria
    • Planos
    • Catálogos
    • Ordenanzas
    • Plan de etapas
    • Evaluación de costes

Requisitos:

  • Cumplir los requisitos de la Ley de Urbanismo de Aragón.
  • Iniciativa municipal.

Cómo hacerlo

Paso a paso:

  1. Preparación: Reúne la documentación requerida.

  2. Presentación: Puedes presentar la solicitud de forma telemática o presencial.

Después de hacerlo

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