Gestión de planes urbanísticos - Documento refundido de planeamiento. 1090. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a los municipios de Aragón solicitar a los Consejos Provinciales de Urbanismo la conformidad sobre un documento refundido de planeamiento que recoja las decisiones tomadas a partir de informes o de la aprobación definitiva.

¿Quién puede solicitarlo?

Entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Requisitos principales

  • Cumplir con lo establecido en la Ley de Urbanismo de Aragón.
  • El órgano competente puede condicionar la eficacia de los instrumentos de ordenación a la elaboración de un documento refundido.
  • El documento refundido debe presentarse al órgano que solicitó su elaboración.

Plazos

Trámite permanente.

Duración del trámite

2 meses. Si no hay respuesta en este tiempo, se considera aceptado.

Información adicional

El documento refundido debe ser diligenciado por el órgano competente, invalidando los documentos anteriores modificados, con el visto bueno del órgano que lo aprobó o emitió el informe vinculante. El acuerdo de aprobación y las normas deben publicarse.

Resumen

Este trámite permite a los municipios aragoneses solicitar a los Consejos Provinciales de Urbanismo la conformidad sobre un documento refundido de planeamiento. Este documento debe recoger las determinaciones resultantes de los informes emitidos o de la aprobación definitiva.

Quién puede usar este servicio

Entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Lo que necesitas

Documentación

  • Documento refundido de planeamiento: Debe recoger las determinaciones resultantes de los informes emitidos o de la aprobación definitiva.

Requisitos

  • Cumplir con lo establecido en la Ley de Urbanismo de Aragón.
  • El órgano competente puede condicionar la eficacia de los instrumentos de ordenación a la elaboración de un documento refundido.
  • El documento refundido debe presentarse al órgano que solicitó su elaboración.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Preparación: Descarga y completa el formulario disponible en la sede electrónica.
  2. Presentación Telemática:
  3. Presentación Presencial:

Después de hacerlo

Qué sucede después

El documento refundido debe ser diligenciado por el órgano competente, invalidando los documentos anteriores que resulten modificados, con el visto bueno del órgano que lo aprobó o emitió el informe vinculante. El acuerdo de aprobación y las normas deben publicarse.

Plazos de resolución

El plazo máximo de resolución es de 2 meses. Si no se recibe respuesta en este plazo, se considera aceptado por silencio administrativo.

Ayuda

Contacto

  • Teléfono: 976 714 532 (de 9:00 a 14:00)
  • Correo electrónico: dgurbanismo@aragon.es (Dirección General de Urbanismo)
  • Presencial: Dirección General de Urbanismo, Avda. Ranillas, 3A, planta 2ª, oficina J, 50018 Zaragoza (de 9:00 a 14:00)

Ayuda con la tramitación electrónica

Más información

  • Órgano responsable: DIRECCIÓN GENERAL DE URBANISMO Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

Normativa


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