Gestión de las Instalaciones de almacenamiento de productos químicos - APQ: Comunicación de puesta en servicio. 1316. Trámites Gobierno de Aragón.
Información Rápida
Objetivo
Comunicar a la autoridad competente que una instalación de almacenamiento de productos químicos cumple con las condiciones de seguridad industrial para su puesta en marcha.
¿Quién puede solicitarlo?
El titular de la instalación (persona física o jurídica responsable ante la Administración).
Requisitos principales
- Instalaciones de almacenamiento, carga, descarga y trasiego de productos químicos peligrosos, tanto en estado sólido como líquido o gaseoso, y sus servicios auxiliares en toda clase de establecimientos industriales y almacenes, así como almacenamientos de establecimientos comerciales y de servicios, que no sean de pública concurrencia.
- Almacenamientos en recipientes fijos de líquidos combustibles con punto de inflamación superior a 60 °C e inferior o igual a 100 °C.
Plazos
En plazo permanente.
Duración del trámite
No especificado
Información adicional
Para más información, consulta la página sobre <a href="https://www.aragon.es/-/seguridad-industrial-apq">Información adicional APQ</a>.
Resumen
Este trámite permite comunicar a la autoridad competente la puesta en marcha de instalaciones de almacenamiento de productos químicos, asegurando que cumplen con las condiciones de seguridad industrial.
Se aplica a instalaciones de almacenamiento, carga, descarga y trasiego de productos químicos peligrosos (sólidos, líquidos o gaseosos) y sus servicios auxiliares en establecimientos industriales, almacenes y establecimientos comerciales (excepto los de pública concurrencia). También incluye el almacenamiento en recipientes fijos de líquidos combustibles con punto de inflamación superior a 60°C e inferior o igual a 100°C.
Dirigido a
El titular de la instalación, ya sea persona física o jurídica, que es responsable ante la Administración del cumplimiento de las normativas vigentes.
Requisitos
- Instalaciones de almacenamiento, carga, descarga y trasiego de productos químicos peligrosos, tanto en estado sólido como líquido o gaseoso, y sus servicios auxiliares en toda clase de establecimientos industriales y almacenes, así como almacenamientos de establecimientos comerciales y de servicios, que no sean de pública concurrencia. Se entenderá por productos químicos peligrosos, las sustancias o mezclas consideradas como peligrosas en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) n.º 1272/2008.
- Almacenamientos en recipientes fijos de líquidos combustibles con punto de inflamación superior a 60 °C e inferior o igual a 100 °C.
Pago de tasas
Se debe abonar la Tasa 14 a través del Modelo 514, Apartado 1. Accede aquí para realizar el pago.
Documentación necesaria
Presentar en todos los casos:
- Proyecto técnico o Memoria:
- Proyecto: Debe justificar el cumplimiento del Reglamento y las medidas de seguridad tomadas. Si existe una Instrucción Técnica Complementaria (ITC), el proyecto debe redactarse conforme a ella. Si no está sujeto a ninguna ITC, el proyecto debe considerar las recomendaciones del fabricante recogidas en las fichas de datos de seguridad (conforme al anexo II del Reglamento REACH) y normas de reconocido prestigio.
- En el caso de edificios, el proyecto puede ser parte del proyecto general o un proyecto específico, redactado y firmado por un técnico competente.
- Memoria: Para almacenamientos cuya capacidad máxima esté entre los valores establecidos en la tabla I del Real Decreto 656/2017 o según lo indicado en cada ITC, se puede sustituir el proyecto por una memoria firmada por el titular o su representante legal.
- Certificado de dirección de obra o de organismo de control:
- Instalaciones con proyecto: Certificación del técnico director de obra que conste que las instalaciones se han ejecutado y probado según el proyecto y cumplen las prescripciones del Reglamento y sus ITC.
- Instalaciones con memoria: Certificado de un organismo de control habilitado que acredite el cumplimiento de las prescripciones del Reglamento y sus ITC.
- Certificado de construcción de recipientes: Cuando proceda, certificado del fabricante de los recipientes fijos.
- Garantía financiera: Documentación que acredite la disposición de un seguro, aval u otra garantía financiera equivalente que cubra la responsabilidad civil derivada del almacenamiento, con una cuantía mínima de 400.000,00 euros.
- Justificante del pago de la tasa: Formulario de autoliquidación Modelo 514, apartado 1. No requerido si se realiza a través de un Organismo de Control habilitado.
Cómo realizar la presentación
Telemáticamente:
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve). Más información aquí.
- Pulsa en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. Huesca 974 293 078
- Correo electrónico. Huesca metrologia.huesca@aragon.es
- Teléfono. Teruel 978 641 077
- Correo electrónico. Teruel industeruel@aragon.es
- Teléfono. Zaragoza 976 714 840
- Correo electrónico. Zaragoza spzindseguridad@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Tutoriales en YouTube sobre tramitación electrónica.
- Dudas administrativas: Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000 (L-V 9:00 a 14:00)
- infoyregistro@aragon.es
- Problemas técnicos: Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414 (L-V 8:00 a 18:00)
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN INDUSTRIAL E INNOVACIÓN