Gestión de distintivos de consumo - Distintivo público de confianza en línea. 170. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a los prestadores de servicios electrónicos que cumplen con los códigos de conducta establecidos solicitar al Gobierno de Aragón el distintivo público de confianza en línea.

¿Quién puede solicitarlo?

Corporaciones, asociaciones u organizaciones comerciales, profesionales y de consumidores que adopten códigos de conducta destinados a regular las relaciones entre prestadores de servicios de la sociedad de la información y los consumidores y usuarios.

Requisitos principales

  • Adhesión a un código de conducta.

Plazos

Plazo de presentación: En plazo permanente.

Duración del trámite

3 meses (si no se resuelve en este plazo, se considera aceptado por silencio administrativo)

Información adicional

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo. Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Resumen

Este trámite permite a los prestadores de servicios electrónicos, que cumplen con ciertos códigos de conducta, solicitar al Gobierno de Aragón el distintivo público de confianza en línea.

Quién puede usar este servicio:

  • Corporaciones, asociaciones u organizaciones comerciales, profesionales y de consumidores que adopten códigos de conducta.

Lo que necesitas

Documentación:

  • Código de conducta y documentación que acredite la participación del Consejo de Consumidores y Usuarios en su aprobación.
  • Documentación justificativa de la adhesión a un sistema extrajudicial de resolución de conflictos (Sistema Arbitral de Consumo u otro).

Cómo hacerlo

Paso a paso:

  1. Descarga el formulario: Descargar formulario
  2. Reúne la documentación necesaria.
  3. Inicia el trámite telemáticamente: Iniciar trámite
  4. Completa los datos solicitados y adjunta la documentación.
  5. Firma electrónicamente la solicitud.

Después de hacerlo

  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Si no hay respuesta en 3 meses, se considera aceptado por silencio administrativo.

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