Gestión de dependencia y discapacidad - Duplicado de Carnet acreditativo del Grado de Discapacidad. 1141. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Obtener un duplicado físico del carnet acreditativo del grado de discapacidad en caso de pérdida o extravío.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas con discapacidad reconocida con carácter definitivo, en un grado igual o superior al 33%.

Requisitos principales

  • Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% con carácter definitivo.
  • Discapacidad de carácter permanente.
  • Residencia efectiva en la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Haber perdido o extraviado el carnet físico.

Plazos

En plazo permanente

Duración del trámite

3 meses

Información adicional

El formato digital del carnet está disponible en mia.aragon.es. El formato físico se remite de oficio con la resolución y el dictamen propuesta.

Resumen

Este trámite permite solicitar un duplicado del carnet acreditativo del grado de discapacidad en formato físico, en caso de pérdida o extravío. La versión digital del carnet está disponible en mia.aragon.es.

Quién puede usar este servicio:

Personas con discapacidad reconocida con carácter definitivo, en un grado igual o superior al 33%.

Lo que necesitas

Requisitos:

  • Tener reconocido, con carácter definitivo, un Grado de Discapacidad igual o superior al 33%.
  • Discapacidad de carácter permanente.
  • Residencia efectiva en la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Haber perdido o extraviado el carnet físico.

Documentos requeridos:

  • Solicitud (disponible para descargar).

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite: Descargar formulario

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Descarga el formulario: Descargar formulario
  2. Complétalo y fírmalo.
  3. Reúne la documentación necesaria.
  4. Solicita cita previa en una oficina de información y registro: Localiza tu oficina más cercana, Pedir cita previa
  5. Presenta el formulario completo y la documentación en la oficina.

Después de hacerlo

Plazos de resolución:

El plazo máximo de resolución es de 3 meses.

Siguientes pasos:

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso. Más información sobre el silencio administrativo: Saber más sobre el silencio administrativo

Ayuda

Contacto:

  • Teléfono. Provincia de Zaragoza. Mayores de 18 años (cadzaragoza@aragon.es) 976 742 823
  • Teléfono. Provincia de Zaragoza. Menores de 18 años (catizaragoza@aragon.es) 976 715 666
  • Teléfono. Provincia de Huesca (cbhuesca@aragon.es) 974 225 650
  • Teléfono. Provincia de Teruel (cbteruel@aragon.es) 978 641 325

Recursos adicionales:

Ayuda con la tramitación electrónica:

Más información

Órgano responsable:

INSTITUTO ARAGONÉS DE SERVICIOS SOCIALES

Normativa:


Preguntas frecuentes


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