Gestión de autorizaciones para salas de bingo - Apertura de sala anexa. 1029. Trámites Gobierno de Aragón.
Información Rápida
Objetivo
Este trámite permite a las empresas titulares de salas de bingo en Aragón solicitar la autorización para abrir una sala anexa dentro de su sala de bingo.
¿Quién puede solicitarlo?
Empresas titulares de salas de bingo que deseen instalar una sala anexa dentro de su sala de bingo en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Requisitos principales
- La apertura de una sala anexa requiere la presentación de una memoria descriptiva del local, planos, licencia municipal y el pago de la tasa administrativa.
- Antes de la autorización, se realizará una inspección para verificar la correspondencia con el proyecto aprobado, las medidas de seguridad, la distribución de las máquinas, la capacidad máxima y el funcionamiento de los sistemas de control de acceso.
Plazos
En plazo permanente
Duración del trámite
3 meses. Si no hay respuesta en este plazo, se considera aceptado.
Información adicional
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo. Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Resumen
Este trámite permite solicitar la autorización para abrir una sala anexa a una sala de bingo en Aragón.
Quién puede usar este servicio:
Empresas titulares de salas de bingo que deseen instalar una sala anexa.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Informe municipal sobre la viabilidad del local.
- Licencia municipal de funcionamiento a nombre del solicitante.
- Plano de situación del local y plano del local con indicación de metros cuadrados.
- Documento acreditativo de la disponibilidad del local.
- Autorización definitiva y actualizada de la instalación eléctrica de baja tensión.
- Certificación acreditativa de haber constituido la fianza.
- Relación de juegos y apuestas a practicar.
- Declaración responsable (Anexo V del Reglamento).
- Propuesta de horario máximo de funcionamiento del local de juego.
- Justificante del abono de la tasa administrativa.
Costes y plazos:
- Es necesario abonar la tasa administrativa por la prestación de servicios administrativos y técnicos en materia de juego.
- El trámite está disponible de forma permanente.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Telemáticamente:
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
- Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
- Presencialmente:
- Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- La administración revisará la documentación.
- Si falta información, te darán un plazo para subsanarla.
- Se realizará una inspección del local.
Plazos de resolución:
- El plazo máximo de resolución es de 3 meses.
- Si no se resuelve en este plazo, se considera aceptado.
Ayuda
Contacto:
- Teléfono: 976 714 441
Ayuda con la tramitación electrónica:
- Preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica
- Tutoriales en YouTube sobre tramitación electrónica
- Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000 (Lunes a viernes de 9:00 a 14:00)
- infoyregistro@aragon.es
- Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414 (Lunes a viernes de 8:00 a 18:00)
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905 (Más información sobre el canal WhatsApp)
Más información
Órgano responsable:
DIRECCIÓN GENERAL DE INTERIOR Y EMERGENCIAS
Normativa:
- Decreto 39/2014, de 18 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de locales de juego
- Orden _/2011, de 11 de julio, del Consejero de Política Territorial, Justicia e Interior, por la que se regula el procedimiento telemático de de presentacion de solicitudes de diversos procedimientos en materia de juego.
- Decreto 142/2008, de 22 de julio, del Gobierno de Aragon, por el que se aprueba el Reglamento del juego del bingo
- Ley 2/2000, de 28 de junio, del Juego de la Comunidad Autónoma de Aragón.