Exclusión de instalaciones de pequeño tamaño y hospitales. 5442. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a las instalaciones de pequeño tamaño y hospitales solicitar la exclusión del régimen europeo de comercio de derechos de emisión durante la Fase IV (2021-2030), específicamente para el período de asignación 2021-2025.

¿Quién puede solicitarlo?

Titulares de instalaciones ubicadas en Aragón que sean considerados pequeños emisores u hospitales, siempre que hayan solicitado y acreditado el cumplimiento de los requisitos según la Ley 1/2005 y sus actualizaciones.

Requisitos principales

  • Cumplir con los requisitos establecidos en la disposición adicional cuarta de la Ley 1/2005 y sus actualizaciones.

Duración del trámite

6 meses

Información adicional

Los datos personales recogidos en las solicitudes dirigidas al INAGA se incorporarán a las actividades de tratamiento de datos del Instituto. Más información sobre la política de protección de datos y seguridad de la información está disponible en la página web del INAGA.

Resumen

Este trámite permite solicitar la exclusión de instalaciones de pequeño tamaño y hospitales del régimen europeo de comercio de derechos de emisión durante la Fase IV (2021-2030), específicamente para el período de asignación 2021-2025.

Quién puede usar este servicio:

  • Titulares de instalaciones ubicadas en Aragón que sean considerados pequeños emisores u hospitales.

Lo que necesitas

Requisitos:

  • Cumplir con los requisitos establecidos en la disposición adicional cuarta de la Ley 1/2005 y sus actualizaciones.

Documentación:

  • No es necesario aportar documentación adicional.

Cómo hacerlo

Paso a paso:

  1. Accede al trámite telemático a través del siguiente enlace: Iniciar trámite.
  2. Completa el formulario con la información requerida.
  3. Presenta la solicitud telemáticamente.

Presentación de la solicitud:

  • Telemática:
  • Asistencia Presencial:
    • Si requiere asistencia para la presentación de documentación dirigida a INAGA a través del Registro Telemático, el Instituto presta atención presencial. (Servicio dirigido únicamente a personas físicas)

Después de hacerlo

  • El plazo máximo de resolución es de 6 meses.
  • Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo. Subsanar trámite
  • Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite. Aportar documentación
  • Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso. Saber más sobre el silencio administrativo

Ayuda

Contacto:

Ayuda con la tramitación electrónica:

Más información:

  • Órgano responsable:
    • INSTITUTO ARAGONES DE GESTION AMBIENTAL

Normativa:


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