Escuelas Oficiales de Idiomas. Acceso, admisión y certificación - Admisión presencial, semipresencial y a distancia (online). 1183. Trámites Gobierno de Aragón.
Información Rápida
Objetivo
Permite solicitar la admisión a las enseñanzas de idiomas de régimen especial impartidas en las Escuelas Oficiales de Idiomas de Aragón, en sus modalidades presencial, semipresencial y a distancia (online).
¿Quién puede solicitarlo?
Personas que no hayan estado matriculadas en ninguna Escuela Oficial de Idiomas, que deseen cursar un idioma distinto, cambiar de escuela, o retomar estudios interrumpidos en la enseñanza presencial, semipresencial, a distancia (online) o en el programa That´s English.
Requisitos principales
- Tener 16 años cumplidos en el año en que se comiencen los estudios, o tener más de 14 años para estudiar un idioma diferente al cursado como primera lengua extranjera en la ESO.
- Para acceder a un curso superior al nivel Básico A1, se debe acreditar el nivel de competencia en el idioma, haber realizado la prueba de clasificación si se tienen conocimientos previos sin titulación, o haber superado todas las actividades de lengua de los niveles B o C con una puntuación superior al 50%.
Plazos
El plazo de presentación de solicitudes es del 30/08/2024 al 23/09/2024.
Duración del trámite
No especificado
Información adicional
En un mismo curso académico no se puede estar matriculado simultáneamente en más de una modalidad de enseñanza oficial o en el programa "That´s English!". Tras la solicitud, se asignará un número aleatorio para el sorteo de adjudicación de vacantes.
Resumen
Este trámite permite solicitar la admisión a las enseñanzas de idiomas de régimen especial que se imparten en las Escuelas Oficiales de Idiomas de Aragón en sus modalidades presencial, semipresencial y a distancia (online).
Quién puede usar este servicio:
- Alumnado que no haya estado matriculado en ninguna Escuela Oficial de Idiomas en cualquiera de sus modalidades.
- Alumnado que estando matriculado en una Escuela Oficial de Idiomas desee cursar un idioma distinto.
- Alumnado que desee cambiar de Escuela Oficial de Idiomas.
- Alumnado que habiendo interrumpido sus estudios en las Escuelas Oficiales de Idiomas, desee incorporarse de nuevo a la enseñanza presencial, semipresencial, o a distancia (online), así como al programa That´s English, al igual que el alumnado procedente de la enseñanza libre.
Lo que necesitas
Requisitos:
- Tener 16 años cumplidos en el año en el que se comiencen los estudios.
- Podrán acceder los mayores de 14 años para seguir las enseñanzas de un idioma distinto del cursado como primera lengua extranjera en la ESO.
- Para acceder a un curso distinto al de nivel Básico A1 es necesario cumplir alguno de estos requisitos:
- Estar en posesión de alguna titulación que acredite el nivel de competencia en el idioma correspondiente, que permita el acceso al curso que se solicita (consultar Resolución de 21 de julio de 2020 que actualiza el anexo de certificados y diplomas que acreditan la competencia en idiomas).
- Haber realizado la prueba de clasificación cuando teniendo conocimientos previos del idioma no se posea titulación que acredite el nivel de competencia.
- Haber superado todas las actividades de lengua de los niveles B o C, obteniendo una puntuación superior al 50%, sin haber alcanzado el 65% necesario para certificar.
- Para el acceso de nuevo alumnado al nivel Avanzado C2 en los idiomas que se ofertan (inglés, francés y catalán), es necesario cumplir alguno de estos requisitos. No se puede acceder a través de prueba de clasificación:
- Tener la titulación de nivel C1 de las enseñanzas de idiomas de régimen especial.
- Haber superado todas las actividades de lengua nivel C1 de las enseñanzas de idiomas de régimen especial, con una puntuación de al menos el 50%, sin haber alcanzado el 65% necesario para certificar durante el curso 2019-2020.
- Tener una titulación correspondiente al nivel C1 (consultar Resolución de 21 de julio de 2020 que actualiza el anexo de certificados y diplomas que acreditan la competencia en idiomas).
- Si el solicitante procede de planes anteriores al regulado por la Orden ECD/1340/2018, de 24 de julio, podrá incorporarse a las nuevas enseñanzas de acuerdo con las equivalencias establecidas en el Anexo III de la convocatoria.
- El alumnado que haya renunciado a matrícula podrá solicitar plaza para el nivel y curso en el que estuvo matriculado, salvo que hubiera accedido por prueba de clasificación, en este caso deberá repetirse la prueba si la reincorporación se produce tras un periodo superior a 3 años a partir de la realización de la misma.
- Si el solicitante ha estado matriculado en el nivel C1 de la modalidad a distancia del Programa That´s English, no ha obtenido la certificación, y desea cambiar de modalidad para cursar inglés, deberá acceder al último curso que tenga certificado o realizar la prueba de clasificación.
Costes:
- Tasa por expedición de títulos académicos y profesionales no universitarios (abonar Tasa 15)
Plazos:
- Del 30/08/2024 al 23/09/2024
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Presentar la solicitud en la Escuela Oficial de Idiomas elegida como primera opción.
Información adicional:
- En un mismo curso académico no se puede estar matriculado de forma simultánea en más de una modalidad de enseñanza oficial o en el programa "That´s English!".
- Toda la información de este proceso se puede consultar en las Escuelas Oficiales de Idiomas.
- Al presentar la solicitud el sistema informático adjudicará un número aleatorio a cada solicitud que aparecerá en el resguardo generado por la aplicación.
- Concluido el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de Planificación, Centros y Formación Profesional realizará un sorteo a través de la aplicación para determinar un número por idioma. Este número será utilizado para comenzar la adjudicación de vacantes.
- El sorteo será público y se celebrará el día 24 de septiembre a las 10:00 horas. Se podrá seguir a través del enlace que estará disponible en este trámite y en la página web del Departamento de Educación. (https://educa.aragon.es/web/guest/-/eeooii)
- La matrícula del alumnado admitido se realizará electrónicamente en las fechas previstas en el Anexo I a), a través de la aplicación disponible en la página web de cada Escuela. Se abonarán los precios públicos vigentes y se presentará la documentación que justifique los requisitos de acceso.
Documentos y enlaces de interés
- Calendario admisión y prueba de clasificación. Anexo I a)
- Oferta general de enseñanzas. Anexo II a)
- Oferta de cursos de modalidad semipresencial y online. Anexo II b)
- Oferta de cursos específicos. Anexo II c)
- Anexo III (equivalencias)
- Tasa por expedición de títulos académicos y profesionales no universitarios (abonar Tasa 15)
Presentación de la solicitud
Telemática:
Contacto y ayuda
- Correo electrónico. Dirección General de Planificación, Centros y Formación Profesional: eoisaragon@aragon.es
- Página web. Escuela Oficial de Idiomas Nº 1 de Zaragoza
- Página web. Escuela Oficial de Idiomas Fernando Lázaro Carreter. Zaragoza
- Página web. Escuela Oficial de Idiomas de Utebo
- Página web. Escuela Oficial de Idiomas Johan Ferrández d`Heredia. Calatayud
- Página web. Escuela Oficial de Idiomas de Ejea de los Caballeros
- Página web. Escuela Oficial de Idiomas de Tarazona
- Página web. Escuela Oficial de Idiomas de Huesca
- Página web. Escuela Oficial de Idiomas Río Vero. Barbastro
- Página web. Escuela Oficial de Idiomas Ignacio Luzán. Monzón
- Página web. Escuela Oficial de Idiomas de Sabiñánigo
- Página web. Escuela Oficial de Idiomas de Teruel
- Página web. Escuela Oficial de Idiomas de Alcañiz
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
Más información
Órgano responsable:
DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN, CENTROS Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Normativa:
- Resolución de 21 de julio de 2020 de la Directora General de Planificación y Equidad, por la que se actualiza el anexo de la Orden de 11 de noviembre de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se regula el reconocimiento de la acreditación de la competencia lingüística conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas en la Comunidad Autónoma de Aragón
- Orden de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte de 11 de noviembre de 2014 por la que se regula el reconocimiento de la acreditación de la competencia lingüística conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas en la Comunidad Autónoma de Aragón
- Orden ECU/722/2024, de 1 de julio, por la que se convoca el proceso de admisión de alumnado oficial en régimen presencial, semipresencial y a distancia “online”, así como en el programa “That´s English!” en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad Autónoma de Aragón para el curso académico 2024-2025
- Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre
- Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre, por el que se fijan las exigencias mínimas del nivel básico a efectos de certificación, se establece el currículo básico de los niveles Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1, y Avanzado C2 de las Enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo de Educación, y se establecen las equivalencias entre las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas en diversos planes de estudios y las de este Real Decreto
- Orden ECD/1340/2018, de 24 de julio, por la que se establece la organización y el currículo de los niveles Básico, Intermedio y Avanzado de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo de Educación que se imparten en la Comunidad Autónoma de Aragón
- Real Decreto 1/2019, de 11 de enero, por el que se establecen los principios básicos comunes de evaluación aplicables a las pruebas de certificación oficial de los niveles Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1 y Avanzado C2 de las enseñanzas de idiomas de régimen especial
- Orden ECD/1777/2019, de 11 de diciembre, por la que se regula la evaluación y la obtención de los certificados de los distintos niveles de las enseñanzas de idiomas de régimen especial que se imparten en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunidad Autónoma de Aragón
- Orden ECD/839/2024, de 24 de julio, por la que se modifica la Orden ECD/1777/2019, de 11 de diciembre, por la que se regula la evaluación y obtención de los certificados de los distintos niveles de las enseñanzas de idiomas de régimen especial que se imparten en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunidad Autónoma de Aragón