ERTES de fuerza mayor (NO COVID). Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Gestionar acciones relacionadas con Expedientes de Regulación de Empleo (ERTE/ERES) por causas de fuerza mayor.

¿Quién puede solicitarlo?

Empresas

Requisitos principales

  • Estar en posesión de medios de prueba sobre la existencia de fuerza mayor.

Plazos

Plazo permanente.

Duración del trámite

Variable, dependiendo del caso.

Información adicional

Los trámites incluyen la solicitud de constatación, la aportación de documentación complementaria y la renuncia al ERTE.

Resumen

Este servicio permite a las empresas gestionar trámites relacionados con Expedientes de Regulación de Empleo (ERTE/ERES) por causas de fuerza mayor.

Quién puede usar este servicio:

  • Empresas

Lo que necesitas

  • Estar en posesión de medios de prueba sobre la existencia de fuerza mayor.

Cómo hacerlo

Los trámites disponibles son:

  • Solicitud de constatación: Permite iniciar la tramitación de expedientes de regulación de empleo (ERE/ERTE) por causas derivadas de fuerza mayor. Enlace: Solicitud de constatación
  • Decisión empresarial y trabajadores afectados: Permite aportar documentación complementaria a un trámite ya iniciado de expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) por fuerza mayor. Enlace: Decisión empresarial y trabajadores afectados
  • Renuncia: Permite comunicar a la autoridad laboral la renuncia total a un ERTE de fuerza mayor previamente comunicado. Enlace: Renuncia

Todos los trámites están disponibles en plazo permanente.

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