ERTES de fuerza mayor (NO COVID) - Solicitud de constatación. 2394. Trámites Gobierno de Aragón.
Información Rápida
Objetivo
Este trámite permite a las empresas solicitar que se confirme la existencia de causas de fuerza mayor que justifiquen un Expediente de Regulación de Empleo (ERTE).
¿Quién puede solicitarlo?
Empresas que se vean afectadas por causas de fuerza mayor que justifiquen la aplicación de un ERTE.
Requisitos principales
- Disponer de pruebas que demuestren la existencia de fuerza mayor.
Plazos
El plazo de presentación está permanentemente abierto.
Duración del trámite
Variable, según la complejidad del caso.
Información adicional
Para más información sobre regulación de empleo en Aragón, puedes consultar la siguiente página: [Más información sobre regulación de empleo Aragón](https://www.aragon.es/-/regulacion-de-empleo). Si necesitas tramitar un ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, puedes acceder al siguiente trámite: [Trámite para iniciar un ERTE/ERE que no sea de fuerza mayor sino por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción](https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/erte-ere-expedientes-de-regulacion-de-empleo-por-causas-economicas-tecnicas-organizativas-y-de-produccion-etop/comunicacion). Puedes consultar el número de expediente asignado a tu ERTE en: [Número de expediente asignado por la Autoridad Laboral al ERTE. El listado se irá actualizando continuamente](https://aplicaciones3.aragon.es/ERTEX/).
Resumen
Este trámite permite a las empresas solicitar la constatación de fuerza mayor para la tramitación de Expedientes de Regulación de Empleo (ERTEs).
Quién puede usar este servicio:
- Empresas afectadas por causas de fuerza mayor.
Lo que necesitas
Documentación requerida:
- Relación de personas trabajadoras afectadas (Descargar modelo)
- Relación de personas trabajadoras en plantilla (Descargar modelo)
- Estar en posesión de medios de prueba sobre la existencia de fuerza mayor.
Costes y plazos:
- Este trámite es gratuito.
- El plazo de presentación está permanentemente abierto.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve). Más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica: Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
- Pulsa en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Después de hacerlo
- Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo. Subsanar trámite
- Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite. Aportar documentación
Ayuda
Contacto:
- Correo electrónico. Zaragoza. trabajo@aragon.es
- Presencial. De 9 a 14 horas. Zaragoza. Paseo Fernando el Católico, 63-65. 50006
- Teléfono. De 9 a 14 horas. Huesca. 974 293 017
- Correo electrónico. Huesca. trabajohu@aragon.es
- Presencial. De 9 a 14 horas. Huesca. Ricardo del Arco, 6, 2ª planta. 22071
- Teléfono. De 9 a 14 horas. Teruel. 978 641 182
- Correo electrónico. Teruel. trabajote@aragon.es
- Presencial. De 9 a 14 horas. Teruel. San Francisco, 1, 1ª planta. 44001
Ayuda con la tramitación electrónica:
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable:
- DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO
Normativa:
- Real Decreto 1483/2012, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada
- Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores