ERTE/ERE: Expedientes de regulación de empleo por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción (ETOP) - Comunicación
Información Rápida
Objetivo
Permite a las empresas presentar expedientes de regulación de empleo por causas económicas,técnicas,organizativas o de producción ante la autoridad laboral en Aragón.
¿Quién puede solicitarlo?
Empresas con centros de trabajo y trabajadores/as afectados/as en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Requisitos principales
- Empresa con ERTE ETOP.
- Empresa que quiera comunicar el inicio de un expediente de regulación de empleo por causas económicas,técnicas,organizativas o de producción (ETOP).
Plazos
En plazo permanente
Duración del trámite
No especificado
Información adicional
El período de consultas tiene una duración mínima de 30 días en expedientes de extinción de empresas de más de 50 trabajadores/as o 15 días naturales en el resto de los casos. Si la regulación afecta a dos o más provincias el órgano competente es la Dirección General de Trabajo,Autónomos y Economía Social.
Comunicación de Expedientes de Regulación de Empleo (ERTE/ERE)
A través de este trámite,las empresas podrán presentar ante la autoridad laboral los expedientes de regulación de empleo por causas económicas,técnicas,organizativas o de producción en empresas con centros de trabajo y trabajadores/as afectados/as en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Plazo de presentación
En plazo permanente
Dirigido a
- Empresas
- Trabajadores/as
Requisitos
- Empresa con ERTE ETOP.
- Empresa que quiera comunicar el inicio de un expediente de regulación de empleo por causas económicas,técnicas,organizativas o de producción (ETOP).
Documentación
Presentar en todos los casos:
- Memoria:Explicando las causas,acompañando a estos efectos toda la documentación que a su derecho convenga y particularmente,si la causa aducida por la empresa es de índole económica,la documentación debidamente auditada acreditativa del estado y evolución de su situación económica,financiera y patrimonial en los tres últimos años,y si son de índole técnica,organizativa o de producción,los planes,proyectos e informes técnicos justificativos de la causa,medidas a adoptar y sus expectativas de repercusión en cuanto a la viabilidad futura de la empresa.
- Documento con relación y datos de personas trabajadoras afectadas:Número y categorías del personal trabajador empleado habitualmente durante el último año,así como de los trabajadores/as que vayan a ser afectados/as,criterios tenidos en cuenta para designar los trabajadores/as que vayan a ser afectados/as y período a lo largo del cual está previsto efectuar las extinciones de los contratos de trabajo.
- Plan de acompañamiento social:En empresas de cincuenta o más trabajadores/as,plan de acompañamiento social que contemple las medidas adoptadas o previstas por la empresa en orden a evitar,así como atenuar sus consecuencias para las personas trabajadoras que finalmente resulten afectadas,tales como,entre otras,aquellas dirigidas especialmente a la readaptación o a la reconversión de las personas y su posible integración en otros puestos de trabajo en el seno de la empresa o grupo de empresas,así como aquellas que favorezcan el mantenimiento de puestos de trabajo de carácter indefinido o la redistribución de la jornada de trabajo entre las personas trabajadores empleadas y otras de análoga naturaleza.
- Solicitud del Informe:Escrito de solicitud del informe a que se refiere el artículo 64.1.4.a y b,del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores,a los representantes legales de los trabajadores.
- Modelo de decisión empresarial:Descargar modelo Modelo de decisión empresarial
- Relación de personas trabajadoras afectadas:Descargar modelo Relación de personas trabajadoras afectadas
- Fin periodo consultas suspensión/reducción:Descargar modelo Fin periodo consultas suspensión/reducción
Información adicional
Sobre el presente trámite:el período de consultas tienen una duración mínima si no se llega a acuerdo de 30 días en expedientes de extinción de empresas de más de 50 trabajadores/as o 15 días días naturales en el resto de los casos . Si la regulación afecta a dos o más provincias el órgano competente es la Dirección General de Trabajo,Autónomos y Economía Social.
Documentos y enlaces de interés
- Instrucciones cumplimentación listado personas trabajadores afectadas
- Más información sobre regulación de empleo en Aragón
- Consulte el nº de expediente asignado por la Autoridad Laboral al ERTE. El nº de expediente ERTE se deberá comunicar al SEPE para tramitar las prestaciones por desempleo
- Si quiere iniciar un ERTE/ERE por fuerza mayor (y no por causas económicas,técnicas,organizativas o de producción) el trámite adecuado es este
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,certificado electrónico o cl@ve). Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
- Pulsar en "Iniciar trámite",completa la solicitud,sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Correo electrónico. Zaragoza. trabajo@aragon.es
- Presencial. De 9 a 14 horas. Zaragoza. Paseo Fernando el Católico,63-65. 50006
- Teléfono. De 9 a 14 horas. Huesca. 974 293 017
- Correo electrónico. Huesca. trabajohu@aragon.es
- Presencial. De 9 a 14 horas. Huesca. Ricardo del Arco,6,2ª planta. 22071
- Teléfono. De 9 a 14 horas. Teruel. 978 641 182
- Correo electrónico. Teruel. trabajote@aragon.es
- Presencial. De 9 a 14 horas. Teruel. San Francisco,1,1ª planta.44001
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos,contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos,contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp:+34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO
Normativa
- Real Decreto Legislativo 2/2015,de 23 de octubre,por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores
- Real Decreto 1483/2012,de 29 de octubre,por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
En plazo permanente
Iniciar trámite Consultar formas de presentación
Subsanación
Si falta información en tu trámite,la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Aportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Trámites relacionados
Prórroga En plazo permanente
Preguntas frecuentes
Oficinas de la administración
Oficina Comarcal de SERVICIO PROVINCIAL ZARAGOZA
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