ERTE: Mecanismo RED - Comunicación final. 9001. Trámites Gobierno de Aragón.
Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Objetivo
Comunicar a la autoridad laboral la finalización del periodo de consultas, con o sin acuerdo, de la solicitud del Mecanismo RED.
¿Quién puede solicitarlo?
Empresas
Requisitos principales
- El Mecanismo RED debe estar activado por el Consejo de Ministros.
- Las empresas pueden solicitar voluntariamente la reducción de jornada o la suspensión de los contratos de trabajo mientras esté activado el Mecanismo.
Plazos
Del 01/01/2025 al 31/12/2025
Duración del trámite
7 días naturales desde la comunicación de la conclusión del periodo de consultas.
Información adicional
Para más información sobre el trámite, consulta los documentos y enlaces de interés.
Resumen
Este trámite permite a las empresas comunicar a la autoridad laboral la finalización del periodo de consultas del Mecanismo RED, con o sin acuerdo.
Quién puede usar este servicio:
- Empresas
Lo que necesitas
Documentación requerida:
- Comunicación Final: Debe incluir información sobre las personas afectadas, grupos profesionales, puestos y niveles salariales, así como el período y porcentaje de reducción de jornada o suspensión de contrato.
- Personas trabajadoras con fecha de afectación: Se recomienda utilizar el modelo de Excel proporcionado para facilitar la aplicación de bonificaciones. Descargar modelo Personas trabajadoras con fecha de afectación
- Plan de recualificación definitivo: Puede incluir acciones formativas.
- Actas de Reuniones
Requisitos:
- El Mecanismo RED debe estar activado por el Consejo de Ministros.
- Las empresas pueden solicitar voluntariamente la reducción de jornada o la suspensión de contratos mientras esté activado el Mecanismo.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve). Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
- Pulsa en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente. Iniciar trámite
Después de hacerlo
- Plazo de resolución: 7 días naturales desde la comunicación de la conclusión del periodo de consultas.
- Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado. Saber más sobre el silencio administrativo
Ayuda
Contacto:
- Correo electrónico: trabajo@aragon.es
- Presencial: De 9 a 14 horas. Zaragoza. Paseo Fernando el Católico, 63-65. 50006
- Teléfono: De 9 a 14 horas. Huesca. 974 293 017
- Correo electrónico: Huesca. trabajohu@aragon.es
- Teléfono: De 9 a 14 horas. Teruel. 978 641 182
- Correo electrónico: Teruel. trabajote@aragon.es
- Presencial: De 9 a 14 horas. Teruel. San Francisco, 1, 1ª planta. 44001
Ayuda con la tramitación electrónica:
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Documentos y enlaces de interés
Más información
Órgano responsable:
- DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO
Normativa:
- Orden PJC/1472/2024, de 26 de diciembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de diciembre de 2024, por el que se declara la activación del Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo, de conformidad con el artículo 47 bis del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, para el sector de la fabricación de vehículos de motor.
- Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores
- Orden PJC/1472/2024, de 26 de diciembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de diciembre de 2024, por el que se declara la activación del Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo, de conformidad con el artículo 47 bis del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, para el sector de la fabricación de vehículos de motor.