E-PRTR: Registro europeo de emisiones y fuentes contaminantes. 1704. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a los titulares de instalaciones industriales notificar sus emisiones de contaminantes al aire, agua y suelo en el Registro Europeo de Emisiones y Fuentes Contaminantes (E-PRTR).

¿Quién puede solicitarlo?

Titulares de instalaciones donde se realizan actividades industriales incluidas en el Anexo I del Real Decreto 508/2007.

Requisitos principales

  • Es una obligación para instalaciones industriales incluidas en el Anexo I del Real Decreto 508/2007, actualizado por el Real Decreto 815/2013.
  • El informe del año anterior debe presentarse del 1 de enero al 31 de marzo de cada año.

Plazos

El plazo de presentación es del 1 de enero al 31 de marzo de cada año.

Duración del trámite

No especificado

Información adicional

Para solicitar acceso a la aplicación, contactar a <a href="mailto:prtr.aragon@aragon.es">prtr.aragon@aragon.es</a>. Responsable: Servicio de Cambio Climático y Educación Ambiental.

Resumen

Este trámite permite a los titulares de instalaciones industriales notificar las emisiones de contaminantes al aire, agua y suelo en el Registro Europeo de Emisiones y Fuentes Contaminantes (E-PRTR).

Quién puede usar este servicio:

  • Titulares de instalaciones industriales incluidas en el Anexo I del Real Decreto 508/2007.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Informe realizado conforme al anexo III del Real Decreto 508/2007, de 20 de abril.

Requisitos:

  • Es una obligación para instalaciones industriales incluidas en el Anexo I del Real Decreto 508/2007, actualizado por el Real Decreto 815/2013.
  • El informe del año anterior debe presentarse del 1 de enero al 31 de marzo de cada año.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Preparar el informe conforme al anexo III del Real Decreto 508/2007.
  2. Acceder a la web de PRTR España: PRTR España.
  3. Presentar el informe dentro del plazo establecido (1 de enero al 31 de marzo).

Después de hacerlo

  • Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo. Puedes subsanar el trámite aquí.
  • Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite. Puedes aportar documentación aquí.

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