Derecho de acceso a la información pública. 1759. Trámites Gobierno de Aragón.
Información Rápida
Objetivo
Permite a cualquier persona solicitar acceso a la información pública que posea la Administración Pública de Aragón y su sector público, sin necesidad de justificar la solicitud.
¿Quién puede solicitarlo?
Cualquier persona física (a partir de 14 años) o jurídica.
Requisitos principales
- Personas físicas a partir de 14 años y personas jurídicas legalmente constituidas.
- No es necesario justificar la solicitud.
Plazos
En plazo permanente
Duración del trámite
1 mes
Información adicional
Si la solicitud no se resuelve en el plazo de un mes, se puede entender como silencio administrativo negativo, lo que permite interponer un recurso.
Resumen
Este trámite permite a cualquier persona solicitar acceso a la información pública que obra en poder de la Administración Pública Aragonesa y su sector público. No es necesario justificar la solicitud.
Quién puede usar este servicio:
- Personas físicas (a partir de 14 años).
- Personas jurídicas legalmente constituidas.
Lo que necesitas
Documentación:
- Solicitud que contenga:
- Identidad del solicitante.
- Información que se solicita.
- Dirección de contacto (preferiblemente electrónica).
- Modalidad de entrega de la información.
Si lo deseas, puedes descargar un formulario para la solicitud: Descargar formulario
Cómo hacerlo
Presentación de la solicitud:
- Telemática:
- Presencial:
- Descarga y completa el formulario: Descargar formulario
- Reúne la documentación necesaria.
- Solicita cita previa en una oficina de información y registro: Localiza tu oficina más cercana, Pedir cita previa
- Presenta el formulario y la documentación en la oficina.
Después de hacerlo
- Plazo de resolución: 1 mes.
- Si no se resuelve en el plazo, puedes esperar a que la administración resuelva o interponer un recurso.
Ayuda
- Ayuda con la tramitación electrónica:
- Contacto:
- 976 714 000 (lunes a viernes de 9:00 a 14:00)
- infoyregistro@aragon.es
Más información
- Órgano responsable: Cualquiera
- Normativa:
- Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana
- Decreto 19/2015, de 24 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se crea el Registro de solicitudes de acceso a la información pública y el fichero de datos de carácter personal Solicitantes de acceso a la información pública
- Decreto 215/2014, de 16 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la atribución de competencias en materia de ejercicio por los ciudadanos del derecho de acceso a la información pública en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y su sector público
- Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
Trámites adicionales
- Subsanación: Si falta información, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo: Subsanar trámite
- Aportación: Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite: Aportar documentación