Declaración responsable de viviendas de uso turístico. 1763. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a los titulares de viviendas de uso turístico presentar una declaración responsable para iniciar su actividad, siempre que cumplan con la normativa vigente. También permite informar sobre cambios o cese de la actividad.

¿Quién puede solicitarlo?

Titulares o gestores de viviendas de uso turístico.

Requisitos principales

  • La vivienda debe estar sometida al régimen de propiedad horizontal, ser unifamiliar aislada o pertenecer a complejos inmobiliarios privados.
  • Debe cederse temporalmente a terceros para alojamiento turístico, amueblada y equipada para su uso inmediato.
  • Debe comercializarse o promocionarse en canales de oferta turística con fines lucrativos.
  • Se presume que la cesión está sujeta al reglamento si se promociona en canales turísticos o se cede por menos de un mes por usuario.

Plazos

Plazo permanente.

Duración del trámite

Máximo 3 meses para la revisión tras la declaración responsable.

Información adicional

Tras la declaración responsable, el órgano competente puede inscribir el acto en el Registro de Turismo de Aragón, clausurar el establecimiento si incumple la normativa, o establecer condiciones para la actividad.

Resumen

Este trámite permite a los dueños de viviendas turísticas presentar una declaración responsable para poder operar, siempre que cumplan con las reglas. También se puede usar para informar de cambios o si ya no van a seguir con la actividad.

Quién puede usar este servicio:

  • Dueños o encargados de viviendas de uso turístico.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Documento que demuestre que puedes usar el inmueble como vivienda turística.
  • Justificante de haber pagado la tasa 50.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Telemáticamente:
    • Necesitas un sistema de identificación electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    • Completa la solicitud online, sube los documentos y firma electrónicamente.
    • Si no tienes firma electrónica, puedes descargar la solicitud, firmarla y entregarla en persona.
    • Iniciar trámite
  2. Presencialmente:

Después de hacerlo

  • Tras presentar la declaración, se puede empezar la actividad. La administración revisará todo en un plazo máximo de 3 meses.
  • Si no hay respuesta en ese tiempo, se considera que la solicitud ha sido aceptada.

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