DECLARACIÓN DE EXCEPCIONALIDAD Y MEDIDAS ALTERNATIVAS AL CUMPLIMIENTO DE CUOTA DE RESERVA DEL 2%
Plazo de tramitación:
En plazo del 01-01-2013 al 31-12-9999 incluidos
Plazo de resolución:
Dos meses desde la solicitud
Que los empleadores con más de 50 trabajadores puedan solicitar la declaración de excepcionalidad de contratación del 2% de trabajadores discapacitados, así como solicitar la aplicación de las medidas alternativas establecidas en la Orden de 14 de septiembre de 2005.
Quién puede solicitarlo
Empleadores que tengan mas de 50 trabajadores contratados y no tengan reservados, al menos, el 2% de puestos de trabajo para trabajadores con discapacidad.
Requisitos y observaciones
Las empresas que no incorporen a un trabajador con discapacidad a la empresa debido a una de las siguientes causas, deberán solicitar del Instituto Aragonés de Empleo la declaración de excepcionalidad con carácter previo a la adopción de las medidas alternativas reguladas en el Real Decreto 364/ 2005, de 8 de abril y enunciadas en el artículo 2 de la Orden de 14 de septiembre de 2005:
a) La imposibilidad del Instituto Aragonés de Empleo o de las agencias de colocación, de atender la oferta de empleo presentada después de haber efectuado todas las gestiones de intermediación necesarias para dar respuesta a los requerimientos de aquélla y concluirla con resultado negativo, por la inexistencia de demandantes de empleo con discapacidad inscritos en la ocupación indicada o, aun existiendo, cuando acrediten no estar interesados en las condiciones de trabajo ofrecidas en dicha oferta.
b) Cuando existan, y así se acrediten por la empresa obligada, cuestiones de carácter productivo, organizativo, técnico o económico que motiven la especial dificultad para incorporar trabajadores con discapacidad a la plantilla de la empresa. Como acreditación de dichas circunstancias, el Instituto Aragonés
de Empleo podrá exigir la aportación de certificaciones o informes de entidades públicas o privadas de reconocida capacidad, distintas de la empresa solicitante.
Tipo de medidas a aplicar.-
a) La celebración de un contrato mercantil o civil con un centro especial de empleo, o con un trabajador utónomo con discapacidad, para el suministro de materias primas, maquinaria, bienes de equipo o cualquier otro tipo de bienes necesarios para el normal desarrollo de la actividad de la empresa que opta por esta medida.
b) La celebración de un contrato mercantil o civil con un centro especial de empleo, o con un trabajador autónomo con discapacidad, para la prestación de servicios ajenos y accesorios a la actividad normal de la empresa.
c) Realización de donaciones y de acciones de patrocinio, siempre de carácter monetario, para el desarrollo de actividades de inserción laboral y de creación de empleo de personas con discapacidad, cuando la entidad beneficiaria de dichas acciones de colaboración sea una fundación o una asociación de utilidad pública cuyo objeto social sea, entre otros, la formación profesional, la inserción laboral o la creación de empleo en favor de las personas con discapacidad que permita la creación de puestos de trabajo para aquéllas y, finalmente, su integración en el mercado de trabajo.
d) La constitución de un enclave laboral, previa suscripción del correspondiente contrato con un centro especial de empleo, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan los enclaves laborales como medida de fomento del empleo de las personas con discapacidad.
Cuantía de las medidas alternativas.-
Para las medidas de los párrafos a), b) y d) del punto anterior, habrá de ser, al menos, tres veces el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) anual por cada trabajador con discapacidad dejado de contratar por debajo de la cuota del dos por ciento. El importe anual de la donación o acción de patrocinio, prevista como medida alternativa en el párrafo c) del punto anterior, habrá de ser, al menos, de 1,5 veces el IPREM anual por cada trabajador con discapacidad dejado de contratar por debajo de la cuota del dos por ciento.
Plazo de presentación de solicitudes: Todo el año
Servicio de Atención Telefónica: 901 501 000
Correo electrónico: inaem@aragon.es
Qué documentación necesito
- Formulario de solicitud
- Declaración de centros de trabaja y plantilla
- La que acredite la personalidad del solicitante
- Certificado expedido por la oficina de empleo acreditativo de la ausencia de demandantes de empleo con discapacidad.
- Oferta de empleo
- En su caso, declaración descriptiva de la empresa que acredite fehacientemente las razones de carácter productivo, organizativo, técnico o económico que motivan la dificultad de incorporar trabajadores con discapacidad.
- En su caso fotocopia de los estatutos y declaración de utilidad pública de la fundación o asociación
- Certificado de la fundación o asociación de hallarse al corriente de pagos frente a Hacienda y la Seguridad Social
- Memoria de las actividades realizadas por la fundación o asociación de los dos últimos años.
Descargar formularios:
SOLICITUD DE DECLARACIÓN DE EXCEPCIONALIDAD Y MEDIDAS ALTERNATIVAS AL CUMPLIMIENTO DE CUOTA DE RESERVA DEL 2%.
2. DECLARACIÓN DE CENTROS DE TRABAJO Y PLANTILLA
3. CERTIFICADO DE LA OFICINA DE EMPLEO DEL INAEM
Lugar y forma de presentación
De manera presencial en las Oficinas de información y registro
Normativa
Estatal.-
R.D. 1451/1983 de 11 de mayo, por el que en cumplimiento de lo previsto en la Ley 13/1982, de 7 de abril, se regula el empleo selectivo y las medidas de fomento del empleo de los trabajadores minusválidos.
REAL DECRETO 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad.
Autonómica.-
ORDEN de 14 de septiembre de 2005, del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se adapta a la organización de la Comunidad Autónoma de Aragón, el procedimiento establecido
en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, para el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad.
Organismo responsable
Departamento de Economía, Planificación y Empleo
Más información
Puedes obtener más información a través de los canales de contacto que aparecen en el pie de página. Pregúntanos por este procedimiento, su código es el 1603, indícanoslo para darte una mejor información
Gestión del trámite
Antes de iniciar el trámite online necesitarás:
Tener un certificado digital.
Tener escaneados los documentos y formularios solicitados en este detalle.
Algunos documentos necesitarán estar firmados electrónicamente o haberlos presentado en el registro telemático.
Si el trámite se solicita el pago de tasas, una vez realizado el pago deberá escanear el justificante para añadirlo durante la tramitación.
Si el pago es online, guarde el justificante en su equipo para añadirlo en la tramitación.
Descargar formularios:
2. DECLARACIÓN DE CENTROS DE TRABAJO Y PLANTILLA
Oficinas de la administración
Oficina Comarcal de ZUERA
CM SAN JUAN, 50800, ZUERA
Tel. 976 694466
Oficina Comarcal de CALATAYUD
CL AMPARADOS 2, 50300, CALATAYUD
Tel. 976 889068
Oficina Comarcal de MONTALBÁN
PLAZA CORTES DE ARAGON, 44700, MONTALBÁN
Tel. 978 754000
Oficina Comarcal de SARIÑENA
CL PIO XII 15, 22200, SARIÑENA
Tel. 974 571300
Oficina Comarcal de CALAMOCHA
CL MELCHOR DE LUZON 6, 44200, CALAMOCHA
Tel. 978 730505
Oficina Comarcal de MUNIESA
CL MAYOR 19, 44780, MUNIESA
Tel. 978 810910
Oficina Comarcal de EPILA
CL CORTES DE ARAGON 37, 50290, EPILA
Tel. 976 819114
Oficina Comarcal de DAROCA
CL ALFONSO I 1, 50360, DAROCA
Tel. 976 545010
Oficina Comarcal de MONZÓN
CL RIO VERO 2, 22400, MONZÓN
Tel. 974 400964
Oficina Comarcal de SERVICIO PROVINCIAL ZARAGOZA
PLAZA SAN PEDRO NOLASCO 7, 50071, ZARAGOZA
Tel. 976 714851
Oficina Comarcal de ALAGÓN
CL BALTASAR GRACIAN 5, 50630, ALAGÓN
Tel. 976 616070
Oficina Comarcal de LA ALMUNIA
AV CORAZON DE JESUS 11, 50100, LA ALMUNIA
Tel. 976 819001