CONTRATACIÓN DE PERSONAL INVESTIGADOR PREDOCTORAL EN FORMACIÓN
Plazo de tramitación:
Fuera de plazo
Plazo de resolución:
6 meses desde la fecha de finalización del plazo para presentar solicitudes.
Convocar subvenciones para la contratación de personal investigador predoctoral en formación, bajo la modalidad de contrato predoctoral.
Quién puede solicitarlo
- Podrán ser centros beneficiarios los organismos o centros de investigación públicos o privados, así como las universidades públicas o privadas, siempre que desarrollen su actividad en Aragón y contraten personal investigador predoctoral en formación.
- Los centros beneficiarios deberán acreditar que no desarrollan actividad económica, o la misma es puramente accesoria; o bien acreditar la adecuada separación entre su actividad no económica y económica, al objeto de garantizar que la subvención no se destinará a esta última.
- No podrán obtener la condición de centro beneficiario, los organismos que se encuentren incursos en alguna de las causas de prohibición previstas en la normativa aplicable en materia de subvenciones y que sean de aplicación a los mismos.
- Además, de conformidad con el artículo 26 de la Ley 7/2018, de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en Aragón, tampoco podrán ser beneficiarios si han sido objeto de sanción administrativa firme o sentencia firme condenatoria por acciones u omisiones consideradas discriminatorias por la legislación vigente por razón de género.
Requisitos y observaciones
- Estar en posesión del título de licenciado, ingeniero, arquitecto, diplomado o del título universitario de grado de al menos 300 créditos ECTS (European Credit Transfer System), y hayan sido admitidos a un programa de doctorado.
- Estar en posesión del título universitario de grado y del título de máster universitario, o equivalente, que sumen al menos 300 créditos ECTS, y hayan sido admitidos a un programa de doctorado.
- Haber finalizado los estudios oficiales de Licenciatura, Arquitectura, Ingeniería, Grado, Diplomatura, Ingeniería técnica o Arquitectura técnica, o equivalente en sistemas universitarios extranjeros no adaptados al EEES, en enero de 2015 o posteriormente. (Ver apartado cuarto letra b de la Convocatoria).
- Haber cursado al menos 60 créditos ECTS de título de master universitario (certificado por la unidad responsable del centro que imparte el máster) o haber finalizado los estudios del título de master universitario o equivalente cuando sea necesario para la consecución de los 300 créditos ECTS requeridos, antes de la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes. Dicho máster deberá haber sido cursado con posterioridad a la obtención de la titulación universitaria que da acceso al doctorado.
- Haber obtenido la credencial de homologación o el certificado de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial, o en su caso, haber iniciado el procedimiento correspondiente, siempre y cuando en la fecha de formalización del contrato predoctoral se haya obtenido la homologación del título o el certificado de equivalencia.
- Tener una nota media ponderada igual o superior a 6 (en una escala de 0 a 10) en el expediente académico completo correspondiente a los estudios con los que accede a un programa de doctorado (Licenciatura, Grado, etc. y Master).
- Estar ya matriculado en una escuela de doctorado de las universidades que desarrollan su actividad en Aragón o, admitido o preadmitido en un programa de doctorado de dichas universidades a partir del curso 2019-2020, debiendo estar matriculado en un programa de doctorado en el momento de la formalización del contrato.
- Podrán ostentar tal condición los titulados universitarios de nacionalidad española, o de un país miembro de la Unión Europea, o extranjeros que tengan autorización de residencia en España en el plazo de presentación de solicitudes
- No estar en posesión del título de doctor, expedido por una universidad, española o extranjera.
- No haber sido beneficiario ni haber disfrutado de becas o ayudas con el mismo objeto, ni haber suscrito con anterioridad un contrato predoctoral de los regulados en el artículo 21 de la Ley 14/2011, de 1 de junio. En este último supuesto, aunque se hubiese celebrado por un tiempo inferior a un año se entenderá que ya ha sido suscrito un contrato predoctoral y por tanto no podrá tener la consideración de personal investigador en formación.
E-mail de contacto: investigacion@aragon.es
Teléfono de contacto: 976714399
Qué documentación necesito
- Anexo I. Solicitud de subvención, se aportará la documentación que se relaciona en el Anexo II siguiendo las instrucciones que se detallan en el mismo y en el Anexo III.
- Anexo IV. Currículum vitae de carácter científico del investigador predoctoral.
- Anexo V. Méritos del director/a de investigación y codirector/a, en su caso.
- El centro solicitante aportará, en el plazo de presentación de solicitudes, Anexo VI. Documentación y declaraciones responsables del centro u organismo de investigación, junto con una relación de las solicitudes avaladas por dicho centro u organismo de investigación, en la que figure apellidos, nombre y macro área de conocimiento.
Acompañará la documentación que acredite el poder de representación de quién actúe como representante legal del centro u organismo de investigación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, salvo que ya obre en poder de la Administración y sobre la que no se hayan producido modificaciones, siempre que se haga constar la fecha y el órgano o dependencia ante el que se presentaron y no hayan transcurrido más de cuatro años desde su presentación. - Toda la documentación se presentará, según instrucciones detalladas en el Anexo II:
- En Registro físico: la solicitud en formato papel con las firmas manuscritas originales y/o firma electrónica, junto con un dispositivo USB que incorporará toda la documentación, o
-En Registro electrónico: en formato electrónico tanto la solicitud como el resto de la documentación, de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Descargar formularios:
Contratación de personal investigador predoctoral en formación
Anexo II
Anexo III
Anexo IV
Anexo V
Anexo VI
Anexo VII
Anexo VIII
Lugar y forma de presentación
De manera presencial en las Oficinas de información y registro
Normativa
- Orden IIU/777/2016, de 20 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de investigación, innovación, sociedad de la información y universidad. (BOA nº 146, de 29/07/2016)
- Orden IIU/478/2018, de 13 de marzo, por la que se modifica la Orden IIU/777/2016, de 20 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de investigación, innovación, sociedad de la información y universidad. (BOA nº 58, de 22/03/2018)
- Orden IIU/796/2019, de 27 de junio, por la que se convocan subvenciones destinadas a la contratación de personal investigador predoctoral en formación para el período 2019-2023. (BOA nº132, de 09/07/2019)
Organismo responsable
Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento
Más información
Puedes obtener más información a través de los canales de contacto que aparecen en el pie de página. Pregúntanos por este procedimiento, su código es el 268, indícanoslo para darte una mejor información
Gestión del trámite
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Trámites relacionados
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Oficina Comarcal de CALAMOCHA
CL MELCHOR DE LUZON 6, 44200, CALAMOCHA
Tel. 978 730505
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CL MAYOR 19, 44780, MUNIESA
Tel. 978 810910
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CL CORTES DE ARAGON 37, 50290, EPILA
Tel. 976 819114
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