BECAS DE MOVILIDAD EN LOS CAMPUS UNIVERSITARIOS EN ARAGÓN

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Plazo de tramitación:

Fuera de plazo

Plazo de resolución:

Plazo máximo de seis meses, computándose dicho plazo a partir de la fecha de la publicación de la convocatoria. Transcurrido este plazo máximo sin que se haya publicado resolución expresa, el solicitante podrá entender desestimada su solicitud de beca.

La realización de estudios universitarios oficiales de Grado o de los Másteres Universitarios habilitantes que se incluyan en la correspondiente convocatoria, en alguna de las Universidades que integran el Sistema Universitario de Aragón, por los estudiantes que tengan su residencia familiar en un municipio de Aragón distinto a aquel en el que curs...

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Quién puede solicitarlo

Los estudiantes de una enseñanza oficial de Grado o de Máster Universitario habilitante (que esté recogido en la correspondiente convocatoria) en modalidad presencial en alguna de las Universidades que integran el Sistema Universitario de Aragón y tengan su residencia familiar en un municipio de Aragón distinto a aquel en el que cursen sus estudios siempre que cumplan los requisitos señalados.

Requisitos y observaciones

Podrá ser beneficiario de estas becas el estudiante que cumpla los siguientes requisitos:
a) Que su residencia familiar esté en un municipio de la Comunidad Autónoma de Aragón distinto al campus en que esté cursando sus estudios, con anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria.
b) Que en el curso académico establecido en la convocatoria haya sido beneficiario de las becas de carácter general para estudiantes que cursen estudios postobligatorios convocadas por el Ministerio competente en materia de educación, o que la renta de su unidad familiar, no supere los umbrales de renta que se establecen en la convocatoria.
c) Que la nota media de su expediente académico sea al menos la fijada en la convocatoria, de acuerdo con el criterio de valoración establecido en la misma.
d) Con posterioridad a la presentación de la solicitud, se comprobará a través de las universidades que antes de la fecha establecida en la convocatoria el solicitante ha formalizado matrícula para el curso correspondiente en al menos 54 créditos en títulos universitarios oficiales de grado, o máster habilitante de 60 créditos de duración, en modalidad presencial en alguna de las universidades que integran el Sistema Universitario de Aragón. Para los másteres universitarios habilitantes de más de 60 créditos distribuidos en más de un curso académico de duración, la matrícula mínima se establece en uno de los anexos de la convocatoria.
e) Que no participe en un programa de movilidad nacional o internacional durante el curso académico.
f) Que sea seleccionado de conformidad con lo dispuesto en la correspondiente convocatoria.
La solicitud se puede realizar imprimiendo el pdf o a través del enlace indicado que permitirá la cumplimentación previa a su impresión

Qué documentación necesito

Además de la solicitud, se debe aportar:
a) La fotocopia del DNI o NIE de la persona solicitante si se opone expresamente a que el órgano instructor consulte sus datos de identidad.
b) En el caso de que el resto de miembros de la unidad familiar se opongan de forma expresa a que el órgano instructor consulte sus datos de identidad, serán necesarias las fotocopias del DNI o, en su caso, NIE.
c) Fotocopia del certificado o volante municipal de empadronamiento emitido por el ayuntamiento correspondiente que acredite el domicilio del solicitante. En caso de que el solicitante no conviva con otros miembros de la unidad familiar, deberá aportar fotocopia del certificado municipal de empadronamiento colectivo que acredite el domicilio de éstos.
Si el solicitante fue beneficiario en el curso correspondiente de una beca de carácter general del Ministerio, no convive con ninguno de los padres y desea acreditar su domicilio como residencia familiar deberá aportar el informe de vida laboral.
d) Documento acreditativo de la discapacidad: los hermanos mayores de 25 años con discapacidad acreditada igual o superior al 33%, deberán aportar fotocopia de la resolución de discapacidad en la que conste su grado, si se oponen expresamente a que el órgano instructor consulte sus datos.
e) Documentación acreditativa de la circunstancia que justifica la ausencia de alguno de los padres del solicitante.
f) Documentación acreditativa de la independencia familiar y económica del solicitante: fotocopia del informe de vida laboral y fotocopia del título de propiedad, contrato de arrendamiento o título de uso de la vivienda domicilio del solicitante.
g) En caso de ser huérfano absoluto: fotocopia del certificado de defunción de los padres o del libro de familia con la inscripción del fallecimiento o la correspondiente certificación registral.
h) En caso de ser titular de unidad familiar propia: fotocopia del libro de familia o certificado del Registro de Parejas Estables no Casadas.
i) Documento acreditativo de su condición de persona beneficiaria en el curso que corresponda de una beca de carácter general convocada por el Ministerio, si el solicitante se opone expresamente a que el órgano instructor consulte esta información.
j) Certificación académica oficial del expediente académico necesario para la obtención de la nota media, si el solicitante se opone expresamente a que el órgano instructor realice la consulta o proceda de otras universidades no pertenecientes al Sistema Universitario de Aragón.
k) Declaración responsable de la persona solicitante indicando si ha solicitado o no alguna otra beca o ayuda para la misma actuación, si se ha concedido o no, y, en su caso, indicando la cuantía y procedencia; así como si participa o no en un programa de movilidad nacional o internacional durante el curso académico.
l) Declaración responsable de la persona solicitante de no hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario (artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre).
m) La certificación de rentas o imputaciones del año que corresponda, según la convocatoria, emitido por la administración tributaria competente del solicitante si se opone expresamente a que el órgano instructor consulte sus datos o sus rentas corresponden a territorios forales o con regímenes fiscales distintos al régimen general.
n) La certificación de rentas o imputaciones del año que corresponda, según la convocatoria, emitido por la administración tributaria competente de los sustentadores principales de la unidad familiar si expresamente se oponen a que el órgano instructor consulte sus datos y de los provenientes de territorios forales o con regímenes fiscales distintos al régimen general.
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Solicitud de becas de movilidad en los campus universitarios en Aragón

Lugar y forma de presentación

De manera presencial en las Oficinas de información y registro

Normativa

- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE de 18 noviembre)
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE de 25 de julio)
- Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón (BOA de 10 de abril)
- Orden IIU/748/2016, de 11 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de las becas de movilidad en los campus universitarios en Aragón (BOA de 25 de julio)
- Orden IIU/904/2019, de 23 de julio, por la que se convocan las becas de movilidad en los campus universitarios en Aragón para el curso académico 2019/2020 (BOA de 30 de julio)

Organismo responsable

Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento

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