Conciliaciones - Preceptiva previa a la jurisdicción social de los trabajadores autónomos económicamente dependientes . 1399. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a trabajadores autónomos económicamente dependientes solicitar un acto de conciliación previo a la vía judicial en materia social.

¿Quién puede solicitarlo?

Trabajadores autónomos económicamente dependientes y sus clientes.

Requisitos principales

  • Presentar la solicitud de conciliación (papeleta de conciliación) con los datos de las partes, datos laborales (contrato, antigüedad, salario), hechos, pretensiones y cuantía económica reclamada (si aplica).
  • En caso de reclamación por despido, indicar la fecha y los motivos alegados por la empresa.

Plazos

En plazo permanente

Duración del trámite

El plazo para la notificación de la resolución es variable, dependiendo de la celebración del acto de conciliación. Si no se celebra la conciliación en 30 días desde la presentación de la solicitud, se considera cumplido el trámite.

Información adicional

Si no se realiza el Acto de Conciliación en el plazo de 30 días desde la presentación de la papeleta se tiene por cumplido el trámite, por lo que se puede presentar demanda en la Jurisdicción Social.

Resumen

Este trámite permite a los trabajadores autónomos económicamente dependientes (TRADE) solicitar un acto de conciliación previo a la vía judicial en conflictos laborales. Es un paso obligatorio antes de presentar una demanda ante la jurisdicción social.

Quién puede usar este servicio:

  • Trabajadores autónomos económicamente dependientes (TRADE).
  • Clientes de los TRADE.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Papeleta de solicitud de conciliación.
  • Diligencias de recepción de la papeleta.
  • Diligencias de citación a las partes.

Requisitos:

  • La papeleta debe contener los datos del solicitante y demandado, información laboral relevante (contrato, antigüedad, salario) y la descripción de los hechos y la reclamación.
  • Si se reclama por despido, indicar la fecha y los motivos.

Cómo hacerlo

Paso a paso:

  1. Preparar la documentación: Reunir la papeleta de conciliación y los documentos necesarios.
  2. Presentar la solicitud: Se puede hacer de forma telemática o presencial.
  3. Citación a las partes: La administración cita a las partes para el acto de conciliación.
  4. Celebración del acto de conciliación: Se levanta un acta con el resultado.

Después de hacerlo

  • La administración entrega la citación a las partes.
  • Se extiende el Acta de conciliación con la firma del letrado conciliador y las partes.
  • Se extienden las certificaciones necesarias.
  • Si no se realiza el Acto de Conciliación en el plazo de 30 días desde la presentación de la papeleta se tiene por cumplido el trámite, por lo que se puede presentar demanda en la Jurisdicción Social.

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