Comunicación del plan empresarial de prevención de residuos de envases (PEP). 1878. Trámites Gobierno de Aragón.
Información Rápida
Objetivo
Permite a las empresas comunicar su plan para prevenir la generación de residuos de envases. Este trámite está habilitado solo para la presentación de informes de control y seguimiento (ICS) de los Planes Empresariales de Prevención de Envases (PEP) presentados hasta 2022.
¿Quién puede solicitarlo?
Empresas que deben comunicar su plan empresarial de prevención de residuos de envases (PEP).
Requisitos principales
- Estar al corriente de las obligaciones de información anual hacia la administración de la comunidad autónoma, según la Ley 11/1997.
- Para los productores que deban elaborar un nuevo plan, de acuerdo con el artículo 18.1 del Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases, se entiende que el año natural referido en dicho artículo comprende desde el 29 de diciembre de 2022 hasta el 29 de diciembre de 2023. A efectos prácticos, se puede asimilar este plazo al año 2023. En consecuencia, los nuevos planes empresariales de prevención y ecodiseño deben elaborarse y aplicarse a partir de 2024, y estar a disposición de las autoridades competentes de la comunidad autónoma para el ejercicio de sus competencias de seguimiento, inspección y control.
Plazos
En plazo permanente.
Duración del trámite
3 meses. Si no hay respuesta en este tiempo, se considera aceptado.
Información adicional
Los PEP aprobados antes del Real Decreto 1055/2022 se rigen por la Ley 11/1997 durante su vigencia.
Resumen
Este trámite permite a las empresas comunicar su plan para prevenir la generación de residuos de envases. Actualmente, solo está habilitado para la presentación de informes de control y seguimiento (ICS) de los Planes Empresariales de Prevención de Envases (PEP) presentados hasta 2022.
Quién puede usar este servicio
Empresas obligadas a presentar el Plan Empresarial de Prevención de Residuos de Envases.
Antes de empezar
Es importante tener en cuenta que los PEP aprobados antes del Real Decreto 1055/2022 se rigen por la Ley 11/1997 durante su periodo de vigencia.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso
- Presentación telemática: El trámite se realiza exclusivamente de forma telemática a través de la sede electrónica del Gobierno de Aragón.
- Enlace para iniciar el trámite: Iniciar trámite
Ayuda
Contacto
- Servicio de Planificación Ambiental:
- Teléfono: 976 715 634, 976 713 828
- Correo electrónico: planificacionamb@aragon.es
- Ayuda con la tramitación electrónica:
- Preguntas frecuentes generales: Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Tutoriales en YouTube: Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Servicio de Información y Registro:
- Teléfono: 976 714 000 (lunes a viernes de 9:00 a 14:00)
- Correo electrónico: infoyregistro@aragon.es
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD AMBIENTAL
Normativa
- Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases
- Real Decreto 782/1998, de 30 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para el desarrollo y ejecución de la Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases
- Orden de 23 de junio de 2014 del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se regula el procedimiento telemático de presentación de determinadas solicitudes de autorizaciones, registros y comunicaciones en materia de agricultura, ganadería y medio ambiente
- Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases