Comunicación de actividades de bronceado mediante radiaciones ultravioleta. 153. Trámites Gobierno de Aragón.
Información Rápida
Objetivo
Permite a los dueños de centros de bronceado comunicar el inicio, cambio o cese de sus actividades al Servicio Provincial de Sanidad correspondiente.
¿Quién puede solicitarlo?
Titulares de centros de bronceado que utilizan radiaciones ultravioletas en Aragón.
Requisitos principales
- Ser titular de un centro de bronceado mediante radiaciones ultravioleta ubicado en Aragón.
Plazos
El trámite se puede realizar de forma permanente.
Duración del trámite
No especificado
Información adicional
El personal que opera los aparatos debe tener formación específica autorizada. Los aparatos deben pasar revisiones técnicas por un organismo autorizado para asegurar que cumplen con las limitaciones del Real Decreto 1002/2002.
Resumen
Este trámite permite a los dueños de centros de bronceado informar al Servicio Provincial de Sanidad sobre el inicio, modificación o cese de sus actividades.
Quién puede usar este servicio:
- Dueños de centros de bronceado que utilizan radiación ultravioleta en Aragón.
Lo que necesitas
Documentación:
- Formulario de comunicación (según el anexo II del Decreto 95/2007).
- Declaración de conformidad de los aparatos de bronceado (suministrada por el fabricante según la Directiva 93/68/CEE).
Requisitos:
- Ser titular de un centro de bronceado que utilice radiación ultravioleta en Aragón.
Cómo hacerlo
Paso a paso:
- Descarga el formulario:
- Descarga el formulario desde este enlace.
- Presenta la solicitud:
- Telemáticamente:
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve). Más información aquí.
- Descarga, completa y firma el formulario.
- Reúne la documentación necesaria.
- Inicia el trámite en el Registro Electrónico General de Aragón (REGA) a través de este enlace, completa los datos, sube el formulario y la documentación, y firma electrónicamente.
- Presencialmente:
- Telemáticamente:
Después de hacerlo
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo. Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite. Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.
Ayuda
Contacto:
- Correo electrónico: sanambientalcentrales@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica:
- Preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica: enlace.
- Tutoriales en YouTube sobre tramitación electrónica: enlace.
- Dudas o problemas administrativos: 976 714 000 (lunes a viernes de 9:00 a 14:00) o infoyregistro@aragon.es.
- Problemas técnicos: 976 289 414 (lunes a viernes de 8:00 a 18:00), soportesda@aragon.es, Formulario de Solicitud de Soporte Técnico o WhatsApp: +34 973 901 905 (más información sobre el canal WhatsApp aquí).
Más información
Órgano responsable:
- DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PUBLICA
Normativa:
- Real Decreto 1002/2002, de 27 de septiembre, por el que se regula la venta y utilización de aparatos de bronceado mediante radiaciones ultravioletas
- Decreto 95/2007 del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el reglamento que regula la actividad de los centros de bronceado y la venta y alquiler de los aparatos de bronceado mediante radiaciones ultravioletas en Aragón