Certificados de profesionalidad - Duplicado de Certificado de profesionalidad. 9145. Trámites Gobierno de Aragón.
Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Objetivo
Permite a las personas que cumplen los requisitos solicitar un duplicado de su certificado de profesionalidad.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas que necesiten un duplicado de su certificado de profesionalidad.
Requisitos principales
- Haber obtenido previamente un certificado de profesionalidad expedido por el Gobierno de Aragón.
- Disponer de la acreditación de las unidades de competencia a través de cursos de formación, programas de cualificación o procedimientos de evaluación.
- Acreditar una experiencia laboral mínima de 6 meses relacionada con la oferta formativa.
Plazos
El plazo de presentación está permanentemente abierto.
Duración del trámite
6 meses (silencio administrativo)
Resumen
Este trámite permite solicitar un duplicado de tu certificado de profesionalidad si cumples con los requisitos.
Quién puede usar este servicio:
- Personas físicas que necesiten un duplicado de su certificado de profesionalidad.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Solicitud de duplicado con tus datos personales y los detalles del certificado.
- Documento de identidad (NIF/NIE).
- Justificante de pago de la Tasa 45, Tarifa 3.
Requisitos previos:
- Haber obtenido un certificado de profesionalidad del Gobierno de Aragón.
- Acreditar las unidades de competencia mediante cursos de formación, programas de cualificación o el PEAC.
- Tener al menos 6 meses de experiencia laboral relacionada con la formación.
Costes y plazos:
- Coste: Tasa 45, Tarifa 3.
- Plazo de presentación: Abierto permanentemente.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Reúne la documentación necesaria.
- Paga la tasa correspondiente.
- Presenta la solicitud:
- Telemáticamente: A través del Registro Electrónico General de Aragón (REGA), utilizando DNIe, certificado electrónico o cl@ve.
- Presencialmente: Solicita cita previa en una oficina de información y registro y presenta la documentación.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- La administración revisará tu solicitud.
- Si falta información, te darán un plazo para subsanarla.
- El plazo máximo de resolución es de 6 meses.
- Si no hay respuesta en 6 meses, puedes considerar que la solicitud ha sido denegada por silencio administrativo.
Siguientes pasos:
- Puedes realizar alegaciones o aportar documentación adicional a través de este enlace.
Ayuda
Contacto:
- Teléfono: 901 501 000
- Correo electrónico: certificados.inaem@aragon.es
Recursos adicionales:
- Preguntas frecuentes sobre tramitación electrónica
- Tutoriales en YouTube sobre tramitación electrónica
- Soporte técnico: 976 289 414 o soportesda@aragon.es
Normativa: