Certificado de estar al corriente de pago con la Comunidad Autónoma de Aragón. 9098. Trámites Gobierno de Aragón.
Información Rápida
Objetivo
Este trámite permite solicitar un certificado que confirme que no tienes deudas pendientes con la Comunidad Autónoma de Aragón.
¿Quién puede solicitarlo?
Cualquier persona física o jurídica que necesite acreditar que está al corriente de pago con la Comunidad Autónoma. También puede solicitarlo un representante autorizado.
Requisitos principales
- Pagar la Tasa 40, tarifa 02, antes de solicitar el certificado.
- Si tienes deudas pendientes, debes pagarlas y aportar el justificante para obtener un certificado positivo.
Plazos
En plazo permanente
Duración del trámite
La expedición del certificado se realiza en un máximo de 10 días hábiles, con un tiempo medio de respuesta de 6 días hábiles.
Información adicional
Si el certificado es positivo, no necesitas hacer nada más. Si es negativo, sigue las instrucciones para el pago de deudas pendientes. La notificación se realizará por el medio que hayas elegido en la solicitud. Los certificados son informativos y no admiten recurso, aunque puedes manifestar tu disconformidad con los datos. Para contratos y subvenciones de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón no necesitas pedir el certificado porque el órgano de contratación o el gestor de la subvención comprobará de oficio el requisito de la ausencia de toda deuda pendiente de pago con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Resumen
Este trámite te permite obtener un certificado que acredita que no tienes deudas pendientes de pago con la Comunidad Autónoma de Aragón.
Quién puede usar este servicio:
- Personas físicas o jurídicas que necesiten demostrar que están al corriente de pago.
- Representantes debidamente autorizados.
Antes de empezar:
- Asegúrate de haber pagado la Tasa 40, tarifa 02.
- Si tienes deudas pendientes, págalas y ten a mano los justificantes.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Justificante de pago de la Tasa 40, tarifa 02.
- Si actúas a través de un representante, el documento que acredite la representación.
- Si realizas el trámite presencialmente y no estás obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, el modelo de solicitud de certificado.
Costes y plazos:
- El coste es la Tasa 40, tarifa 02.
- El plazo de expedición del certificado es de aproximadamente 6 días hábiles, con un máximo de 10 días hábiles.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Pago de la tasa: Paga la Tasa 40, tarifa 02.
- Preparación de la documentación: Reúne todos los documentos necesarios.
- Presentación de la solicitud:
- Telemáticamente: A través de la sede electrónica de la Comunidad Autónoma de Aragón, utilizando un sistema de identificación electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
- Presencialmente: Solicitando cita previa en una oficina de registro y presentando la documentación.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- Recibirás una notificación con el certificado, ya sea positivo (sin deudas) o negativo (con deudas).
- Si el certificado es negativo, deberás seguir las instrucciones para el pago de las deudas pendientes.
Plazos de resolución:
- El plazo máximo para la expedición del certificado es de 10 días hábiles.
Ayuda
Contacto:
- Teléfono: 976 715 800 (Zaragoza)
- Correo electrónico: recaudacion@aragon.es
- Página web: Certificado de estar al corriente de pago con la Administración del Gobierno de Aragón
Recursos adicionales:
- Mia. Mi espacio único de relación digital con el Gobierno de Aragón
- Certificado de estar al corriente de pago
- Entidades financieras colaboradoras
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
Ayuda con la tramitación electrónica
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS
Normativa
- Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.
- Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Ley 11/2023, de 30 de marzo, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
- Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas