Certificado de estar al corriente de pago con la Comunidad Autónoma de Aragón

Actualizado el 20 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite solicitar un certificado que acredite la ausencia de deudas pendientes con la Comunidad Autónoma de Aragón.

¿Quién puede solicitarlo?

Persona física o jurídica que necesita acreditar que está al corriente de pago con la Comunidad Autónoma. También puede solicitarlo un representante.

Requisitos principales

  • Pagar la Tasa 40,tarifa 02 por emisión de certificados.
  • Si tiene deudas,pagarlas y aportar justificante.

Duración del trámite

Máximo 10 días hábiles (tiempo medio 6 días hábiles).

Información adicional

El certificado puede ser positivo (sin deudas) o negativo (con deudas). Los certificados son informativos y no cabe recurso.

Certificado de estar al corriente de pago con la Comunidad Autónoma de Aragón

A través de este trámite la persona interesada podrá solicitar una certificación que acredite la ausencia de toda deuda pendiente de pago con la Comunidad Autónoma de Aragón. También es posible consultar si se tienen deudas pendientes en el área temática de tributos en Mia,la carpeta ciudadana del Gobierno de Aragón. Si aparece alguna deuda pendiente deberán adjuntarse los justificantes del pago al solicitar el certificado.

Plazo de presentación

En plazo permanente

Iniciar trámite

Dirigido a

  • Persona física o jurídica que tiene que acreditar que está al corriente en el pago de las deudas con la Comunidad Autónoma.
  • También puede solicitarlo en su nombre otra persona debidamente representada.
  • Para los contratos y subvenciones de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón no necesitas pedir el certificado porque el órgano de contratación o el gestor de la subvención comprobará de oficio el requisito de la ausencia de toda deuda pendiente de pago con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Requisitos

  • Antes de solicitar el certificado pagar la Tasa 40,tarifa 02 por emisión de certificados de índole tributaria
  • Si tienes deudas pendientes con el Gobierno de Aragón,para obtener un certificado positivo deberás pagar tus deudas y aportar la justificación (ver apartado información adicional)

Pago de tasas

Tasa 40,tarifa 02:servicios administrativos derivados de las actuaciones de gestión tributaria. Emisión de certificados de índole tributaria

Accede aquí para proceder al pago de la tasa

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Autoliquidación de la Tasa 40,tarifa 02

Es obligatorio realizar el pago de la Tasa 40 y aporta la justificación del pago antes de finalizar todo el trámite de solicitud y presentación.

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

En el supuesto de actuar con representante deberá acreditar la representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna,siendo válidos a estos efectos los documentos normalizados que apruebe la Administración tributaria (artículo 45 y ss de la Ley 58/2003,de 17 de diciembre,General Tributaria).

  • Modelo de representación para procedimientos

Elegir la opción de:solicitud de certificados

Descargar modelo Modelo de representación para procedimientos

Si eres persona física y no estás obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración,puedes completar tu solicitud con este formulario y presentarlo en el Registro con petición de cita previa

  • Modelo de solicitud de certificado

Utilizar solamente cuando la presentación es presencial. No es para la presentación telemática.

Descargar modelo Modelo de solicitud de certificado

Información adicional

  • Si el certificado es positivo (no tienes ninguna deuda pendiente de pago con el Gobierno de Aragón) no tienes que realizar ningún trámite más.
  • Si el certificado es negativo (tienes deudas pendientes de pago con el Gobierno de Aragón) deberás seguir las instrucciones adjuntas para el pago de "deudas pendientes" (más información en la página web:Tipos de Certificados).
  • La expedición del certificado,en general,se realizará como máximo en 10 días hábiles,siendo el tiempo medio de respuesta de 6 días hábiles.
  • La notificación se realizará por el medio que hayas elegido en el modelo de solicitud. Para recibir el aviso de notificación electrónica no olvides indicar una dirección de correo electrónico.
  • Los datos que se certifiquen se referirán exclusivamente a la persona,física o jurídica,a la que se refiere el certificado,sin que puedan incluir ni referirse a datos relativos a terceros.
  • Los certificados tienen carácter meramente informativo y no se puede interponer recurso alguno contra ellos,lo que no impide que puedas manifestar tu disconformidad con cualquiera de los datos certificados.

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,certificado electrónico o cl@ve). Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite",completa la solicitud,sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

En caso de no tener firma electrónica,puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación),descargar la solicitud,firmarla y entregarla de forma presencial.

Presencial

  1. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  2. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana Pedir cita previa
  3. Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.

Contacto y ayuda

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