Casos especiales salud Bucodental. 10505. Trámites Gobierno de Aragón.
Información Rápida
Objetivo
Acceder a servicios de salud bucodental ampliados para casos especiales, como personas con discapacidad intelectual o limitación de movilidad en miembros superiores.
¿Quién puede solicitarlo?
Usuarios con tarjeta sanitaria del Gobierno de Aragón (excluyendo mutualidades como MUFACE, MUGEJU e ISFAS) que cumplan ciertos requisitos de discapacidad.
Requisitos principales
- Tener tarjeta sanitaria de Aragón (no mutualidades).
- Cumplir alguno de los siguientes requisitos:
- Discapacidad intelectual igual o superior al 33%.
- Discapacidad limitante de la movilidad de los miembros superiores igual o superior al 33% que impida el autocuidado bucodental.
Plazos
Plazo permanente
Duración del trámite
2 meses desde la solicitud, o 6 meses si no se incluye la carta del IASS.
Información adicional
Si no has recibido la carta del IASS pero cumples los criterios, puedes registrar tu solicitud online, aunque esto puede demorar la respuesta.
Resumen
Este trámite permite acceder a servicios de salud bucodental ampliados para personas con tarjeta sanitaria de Aragón que cumplen ciertos requisitos de discapacidad. No incluye a mutualistas (MUFACE, MUGEJU e ISFAS).
Quién puede usar este servicio
Personas con tarjeta sanitaria de Aragón (no mutualistas) que tengan:
- Discapacidad intelectual igual o superior al 33%.
- Discapacidad limitante de la movilidad de los miembros superiores igual o superior al 33% que impida el autocuidado bucodental.
Antes de empezar
Es importante tener la carta del IASS que acredita la inclusión en el programa de atención bucodental. Si no la tienes, puedes solicitar el trámite online, pero esto puede demorar la respuesta.
Lo que necesitas
Documentos requeridos
- Carta del IASS acreditando la inclusión en el programa de atención bucodental.
Requisitos previos
- Tener tarjeta sanitaria de Aragón (no mutualidad).
- Cumplir con los requisitos de discapacidad mencionados.
Costes y plazos
- Este trámite no tiene coste.
- El plazo de resolución es de 2 meses si presentas la carta del IASS, o 6 meses si no la presentas.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso
- Reúne la documentación necesaria.
- Accede al enlace "Iniciar trámite": Iniciar trámite.
- Completa la solicitud online.
- Adjunta la documentación requerida.
- Firma electrónicamente la solicitud.
Información sobre cada etapa
- Necesitarás un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Tiempos de espera
- El tiempo de espera para la resolución es de 2 a 6 meses, dependiendo de si presentas la carta del IASS.
Después de hacerlo
Qué sucede después
Una vez presentada la solicitud, la administración la revisará y te notificará la resolución.
Plazos de resolución
- 2 meses si presentas la carta del IASS.
- 6 meses si no presentas la carta del IASS.
Siguiente pasos
Si la solicitud es aprobada, podrás acceder a los servicios de salud bucodental ampliados.
Ayuda
Contacto
- Salud Informa:
- Huesca: 974 215 746
- Teruel: 978 623 345
- Zaragoza: 976 306 841
- Servicio de Información y Registro:
Recursos adicionales
- Preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica: Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Tutoriales en YouTube sobre tramitación electrónica: Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico: Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- Canal WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Normativa
Preguntas frecuentes
Oficinas de la administración
Oficina Comarcal de SERVICIO PROVINCIAL ZARAGOZA
En esta página
- Resumen
- Quién puede usar este servicio
- Antes de empezar
- Lo que necesitas
- Documentos requeridos
- Requisitos previos
- Costes y plazos
- Cómo hacerlo
- Paso a paso del proceso
- Información sobre cada etapa
- Tiempos de espera
- Después de hacerlo
- Qué sucede después
- Plazos de resolución
- Siguiente pasos
- Ayuda
- Contacto
- Recursos adicionales
- Normativa
- Preguntas frecuentes
- Oficinas de la administración