Calificación ambiental de actividades clasificadas. 1670. Trámites Gobierno de Aragón.
Información Rápida
Objetivo
Permite a comarcas y ayuntamientos de Aragón solicitar al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) un informe de calificación ambiental, que es vinculante si es desfavorable. Este informe es necesario para la licencia ambiental de actividades clasificadas, autorizando la construcción, montaje, explotación, traslado o modificación sustancial de actividades públicas o privadas.
¿Quién puede solicitarlo?
Administración Local competente para el otorgamiento de la licencia ambiental de actividades clasificadas: Comarcas y Ayuntamientos.
Requisitos principales
- Haber solicitado previamente la licencia ambiental de actividades clasificadas ante el ayuntamiento correspondiente, presentando la documentación requerida.
- En caso de modificación sustancial de una actividad ya autorizada, la solicitud debe referirse específicamente a las partes afectadas por la modificación.
- El silencio administrativo se considera desestimatorio si no hay calificación. La calificación tiene una vigencia de dos años desde su publicación en el Boletín Oficial de Aragón. Si transcurrido este plazo no se ha solicitado la licencia de inicio de actividad, se requerirá un nuevo trámite de calificación. Excepcionalmente, se puede solicitar una prórroga del plazo por motivos justificados.
Plazos
Plazo permanente
Duración del trámite
2 meses
Información adicional
Los datos personales recabados en las solicitudes dirigidas al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) se incorporarán a las actividades de tratamiento de datos del INAGA. Puede encontrar información sobre la política de protección de datos personales y seguridad de la información en la página web del INAGA.
Resumen
Este trámite permite a las comarcas y ayuntamientos aragoneses solicitar al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) un informe de calificación ambiental. Este informe es necesario para la licencia ambiental de actividades clasificadas, autorizando la construcción, montaje, explotación, traslado o modificación sustancial de actividades públicas o privadas.
Subtipología 73A del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA)
Dirigido a
Administración Local competente para el otorgamiento de la licencia ambiental de actividades clasificadas:
- Comarcas
- Ayuntamientos
Requisitos
- Haber solicitado licencia ambiental de actividades clasificadas, con carácter previo, ante el ayuntamiento correspondiente al término municipal en el que se ubique la instalación en la que se va a desenvolver o se desenvuelve la actividad, presentando la documentación establecida.
- En los supuestos de modificación sustancial de una actividad ya autorizada, la solicitud debe de ser referida específicamente a la parte o partes afectadas por la modificación.
- Nota: El silencio administrativo se considera desestimatorio en caso de que no haya calificación. La calificación de la actividad tendrá una vigencia de dos años contados a partir de la publicación del acuerdo de calificación en el Boletín Oficial de Aragón. Transcurrido este plazo sin que se haya solicitado la licencia de inicio de actividad regulada en el título V de la presente ley, se requerirá un nuevo trámite de calificación de la actividad. Excepcionalmente, y por motivos debidamente justificados, podrá solicitarse una prórroga del plazo anteriormente indicado, que podrá ser otorgada por la comarca competente para calificar la actividad.
Lo que necesitas
Documentación
Presentar en todos los casos:
- Formulario de solicitud
- Solicitud de informe de calificación ambiental.
- En modelo oficial debidamente cumplimentado, dirigida a la Comisión Técnica de Calificación, a la que se adjuntará la documentación que se indica a continuación.
- Descargar modelo Formulario de solicitud
- Proyecto técnico completo
- Memoria descriptiva de la actividad a desarrollar
- Declaración o Informe de impacto ambiental
- Estudio de impacto ambiental
- Si la actividad estuviera sometida a Evaluación de Impacto Ambiental ordinaria o simplificada.
- Justificación del cumplimiento
- De la legislación ambiental y sectorial aplicable a la actividad, de la normativa de seguridad y salud.
- Declaración de datos confidenciales
- Que a juicio del solicitante gozan de confidencialidad. amparada en la normativa vigente.
- Documentación de la tramitación municipal
- En la forma indicada en el art. 77 de la Ley 11/2014.
- Licencia municipal a ampliar o modificar
- En caso de ampliaciones o modificaciones sustanciales.
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Pago de tasas
En la página web de la Tipología INAGA 73 se indica el importe de la tasa.
Medio de pago: Tarjeta de crédito / Cargo en cuenta / Ventanilla
Accede aquí para proceder al pago de la tasa
Cómo hacerlo
Presentación de la solicitud
Telemática
Otro
Si requiere asistencia para la presentación de documentación dirigida a INAGA a través del Registro Telemático, el Instituto presta atención presencial. (Servicio dirigido únicamente a personas físicas)
Después de hacerlo
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Aportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Resolución
2 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativo
Ayuda
Contacto y ayuda
- Teléfono.976 716 633
- Correo electrónico.inaga@aragon.es
- Página web. Contacte con INAGA por correo electrónico
- Página web. Contacte con INAGA por teléfono
- Página web. Atención presencial en INAGA
- Página web. Instituto Aragonés de Gestión Ambiental
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
Información adicional
Le informamos que los datos de carácter personal que se recaben en las solicitudes que se dirigen al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) quedarán incorporados a las correspondientes actividades de tratamiento de la que es titular el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental.
Puede encontrar información relativa a la política de protección de datos personales y de seguridad de la información en INAGA a través de su página web.
Documentos y enlaces de interés
- Tipología INAGA 73: Calificación ambiental de actividades clasificadas
- INAGA: Protección de datos personales y seguridad de la información
- INAGA: Presentación telemática de solicitudes
Más información
Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONES DE GESTION AMBIENTAL
Normativa
Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón
Decreto 213/2007, de 4 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de las Comisiones Técnicas de Calificación
Decreto 266/2007, de 23 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 213/2007, de 4 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de las Comisiones Técnicas de Calificación
Decreto 393/2011, de 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 213/2007, de 4 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de las Comisiones Técnicas de Calificación
Orden de 28 de noviembre de 1986 del Departamento de Urbanismo, Obras Públicas y Transportes, por la que se regula la exención del trámite de calificación o informe de determinadas actividades por las Comisiones Provinciales de Medio Ambiente
Orden de 28 de noviembre de 1986 del Departamento de Urbanismo, Obras Públicas y Transportes, sobre documentación que acompaña a la solicitud de licencia para ejercicio de actividades sometidas al Reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas y regulación del trámite de visita de comprobación para el ejercicio de tales actividades
Preguntas frecuentes
Oficinas de la administración
Oficina Comarcal de SERVICIO PROVINCIAL ZARAGOZA
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