Becas y ayudas para la formación de personas desempleadas. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Facilitar la participación en cursos de formación profesional para el empleo a personas desempleadas en Aragón, mediante ayudas económicas para cubrir gastos de transporte, manutención, alojamiento y conciliación.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas trabajadoras desempleadas que participen en acciones formativas y prácticas no laborales de formación profesional para el empleo en Aragón.

Requisitos principales

  • Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo.
  • Participar en acciones formativas y prácticas no laborales de formación profesional para el empleo.
  • Cumplir con los requisitos específicos para cada tipo de ayuda (discapacidad, cuidado de hijos o familiares, distancia del domicilio al lugar de formación).

Plazos

Los plazos de solicitud varían según la convocatoria del curso. Consultar los plazos específicos para cada curso en los enlaces proporcionados.

Duración del trámite

Variable, según la acción formativa.

Información adicional

Las ayudas están destinadas a cubrir gastos relacionados con la asistencia a la formación, como transporte, manutención, alojamiento y cuidado de familiares.

Resumen

Este trámite permite a las personas desempleadas que participan en cursos de formación profesional para el empleo en Aragón solicitar becas y ayudas económicas.

Las ayudas cubren gastos de transporte, manutención, alojamiento y conciliación familiar.

Dirigido a

Personas desempleadas que participen en acciones formativas y prácticas no laborales de formación profesional para el empleo.

Requisitos

  • Beca:
    • Personas desempleadas con discapacidad reconocida de al menos un 33%.
    • Personas desempleadas que participen en acciones formativas destinadas en exclusiva a personas con necesidades formativas especiales, por pertenecer a colectivos de riesgo de exclusión social y/o laboral, o sean mujeres víctimas de violencia de género.
  • Ayuda a la conciliación:
    • Personas desempleadas que acrediten tener a su cuidado hijos menores de 12 años o familiares dependientes hasta segundo grado y que carezcan de rentas de cualquier clase superiores al 75% del IPREM.
  • Ayuda de manutención:
    • Personas desempleadas que participen en acciones formativas o prácticas no laborales en empresas, en jornada de mañana y tarde, con una duración de al menos 8 horas diarias y en localidad diferente y distante, por lo menos, 50 km del domicilio habitual.
  • Ayuda alojamiento y manutención:
    • Personas desempleadas que participen en acciones formativas o prácticas no laborales en empresas, en jornada de mañana y tarde, con una duración de, al menos, 8 horas diarias y en localidad diferente y distante por lo menos 100 km del domicilio habitual, y los desplazamientos no puedan efectuarse diariamente antes y después de la formación o practicas no laborales.
  • Ayuda de transporte público para el desplazamiento urbano e interurbano:
    • Personas desempleadas que utilicen transporte público urbano e interurbano.
  • Ayuda en concepto de transporte interurbano en vehículo propio:
    • Personas desempleadas que no tengan la posibilidad de utilizar transporte público urbano ni interurbano y usen su vehículo propio.

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