Becas complementarias a las del programa Erasmus + y a las de otros programas de movilidad internacional - Convocatoria 2022. 8838. Trámites Gobierno de Aragón.
Información Rápida
Objetivo
Ofrecer una ayuda económica complementaria a los estudiantes que participan en programas de movilidad internacional como Erasmus+ para cursar estudios universitarios oficiales en el extranjero.
¿Quién puede solicitarlo?
Estudiantes de la Universidad de Zaragoza o de la Universidad San Jorge que participen en el programa Erasmus+ u otros programas de movilidad internacional.
Requisitos principales
- Estar matriculado en enseñanzas universitarias oficiales en una universidad del Sistema Universitario de Aragón.
- Ser beneficiario de una ayuda del Programa Erasmus+ (modalidad estudios) u otras ayudas de movilidad internacional.
- Estar empadronado en un municipio de Aragón antes de la fecha de publicación de la convocatoria.
- La renta familiar no debe superar los umbrales establecidos en la convocatoria.
Plazos
El plazo de presentación fue del 13/05/2022 al 02/06/2022.
Duración del trámite
No especificado
Información adicional
La presentación de la solicitud es exclusivamente electrónica y requiere firma electrónica. Se considerará presentada cuando se obtenga el justificante de registro. Si la solicitud necesita subsanación, se notificará en el tablón de anuncios digital del Gobierno de Aragón.
Resumen
Este trámite permite solicitar becas complementarias para estudiantes de la Universidad de Zaragoza o de la Universidad San Jorge que participen en el programa Erasmus+ u otros programas de movilidad internacional para realizar estudios universitarios oficiales en el extranjero.
Quién puede usar este servicio:
- Estudiantes de la Universidad de Zaragoza o de la Universidad San Jorge que vayan a participar en el programa Erasmus + u otros programas de movilidad internacional.
- No podrán obtener esta beca las personas participantes en el programa Erasmus + prácticas.
Lo que necesitas
Requisitos
- Tener matrícula en enseñanzas universitarias oficiales impartidas por una de las universidades que integran el Sistema Universitario de Aragón.
- Ser persona beneficiaria de una Ayuda general del Programa Eramus+, en su modalidad de formación para estudios, durante el curso académico correspondiente, o de otras ayudas financiadas por instituciones participantes en los programas de movilidad internacional recogidos en el anexo de la convocatoria, que puedes consultar en el apartado "Documentos y enlaces de interés".
- Estar empadronada en cualquiera de los municipios de Aragón con anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria.
- La convocatoria 2022-2023 establece como requisito que la renta de la unidad familiar no supere el siguiente umbral de inadmisión:
- Para una unidad familiar de 1 persona: 24.500,00 euros.
- Para una unidad familiar de 2 personas: 40.915,00 euros.
- Para una unidad familiar de 3 personas: 54.635,00 euros.
- Para una unidad familiar de 4 personas: 65.023,00 euros.
- Para una unidad familiar de 5 personas: 70.019,80 euros.
- Para una unidad familiar de 6 personas: 80.046,40 euros.
- Para una unidad familiar de 7 personas: 86.808,40 euros.
- Para una unidad familiar de 8 personas: 93.531,20 euros.
- Para una unidad familiar de 9 personas: 100.224,60 euros.
- A partir de 9 personas se añaden 6.100 euros por cada persona adicional.
- Puedes comprobar si cumples el requisito del nivel de renta utilizando la hoja de cálculo de simulación de la renta familiar, a la que puedes acceder en el apartado Documentos y enlaces de interés.
Documentos requeridos
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
- Si la solicitud se presenta a través de representante
- Modelo de representación: Documento firmado por la persona que autoriza a la/el representante a la presentación de la solicitud y las actuaciones derivadas de ésta.
- Si la persona solicitante está integrada en una unidad familiar
- Volante o certificado de empadronamiento colectivo: Certificado o volante municipal de empadronamiento colectivo que acredite el domicilio de la persona solicitante y que integre a todas las personas que residen en el mismo. No se admiten los certificados o volantes individuales ni los que hayan sido expedidos con anterioridad a tres meses desde la fecha de fin de plazo de presentación de las solicitudes.
- Documento para la consulta de datos de las personas de la unidad familiar: Deberán cumplimentar y firmar este documento todas las personas de la unidad familiar para autorizar u oponerse a la consulta de sus datos de identidad, nivel de renta, discapacidad y familia numerosa.
- Si alguna persona de la unidad familiar no está empadronada con la persona solicitante
- Volante o certificado de empadronamiento colectivo de otras personas: Si alguna persona de la unidad familiar no está empadronada con la persona solicitante, deberá aportarse este documento emitido por el ayuntamiento correspondiente y que integre a todas las personas que residen en el domicilio. No se admiten los certificados o volantes individuales ni los que hayan sido expedidos con anterioridad a tres meses desde la fecha de fin de plazo de presentación de las solicitudes.
- En el caso de ausencia de uno de los padres
- Documentación que justifique la ausencia del padre o de la madre: Sentencia de separación, divorcio, certificado de defunción u otro documento que justifique la ausencia.
- Si la persona solicitante constituye una unidad familiar propia
- Documento acreditativo de la titularidad de unidad familiar propia: Libro de familia, Certificado del Registro Civil o Certificado del Registro de Parejas Estables No Casadas o cualquier otro documento válido en Derecho que acredite esta circunstancia.
- Si la persona solicitante está integrada en una familia monoparental
- Título de familia monoparental: Título en vigor que acredite el reconocimiento de familia monoparental y su composición a efectos de la convocatoria.
- Si en la unidad familiar se integra alguna persona que se encuentra en situación de acogida legal
- Documento justificativo del acogimiento familiar: Si forma parte de la unidad familiar una persona que se encuentre acogida legalmente y haya nacido a partir del 1 de enero de 1996.
- Si la persona solicitante es huérfana absoluta
- Título que acredite la orfandad absoluta de la persona solicitante: Certificado de defunción del padre y/o de la madre.
- Si la persona solicitante procede de una universidad que no pertenezca al sistema universitario de Aragón
- Certificación oficial del expediente académico: Certificación oficial del expediente académico en la que consten, por convocatorias, la totalidad de los cursos en los que se ha matriculado, así como las calificaciones obtenidas en sus estudios universitarios, incluidos suspensos y no presentados, la fecha de obtención de las mismas y constancia de las calificaciones con sus créditos.
- Si los sustentadores principales de la unidad familiar provienen de territorios forales (País Vasco o Navarra) o tributan en el extranjero
- Certificación de renta o imputaciones de renta: Emitida a fecha actual por la autoridad tributaria competente, referida al ejercicio 2020, relativa a la persona solicitante y/o del resto de las personas de la unidad familiar, en el caso de que provengan de territorios forales o con regímenes fiscales distintos al régimen general.
- Si alguna de las personas de la unidad familiar,distinta de la solicitante, nacida a partir del 1 de enero de 1996, cursa estudios oficiales universitarios y para ello tiene que residir fuera de la vivienda o viviendas familiares:
- Documento que acredite la residencia fuera de la vivienda familiar: Si forma parte de la unidad familiar una persona, distinta de la persona solicitante, que haya nacido a partir del 1 de enero de 1996, cursa estudios universitarios oficiales y a tal fin debe residir fuera de la vivienda o viviendas de la unidad familiar debe acreditar esta circunstancia mediante contrato de alquiler o certificado de estancia en residencia universitaria.
- Documento que acredite la matrícula en estudios universitarios oficiales: Si forma parte de la unidad familiar una persona, distinta de la persona solicitante, que haya nacido a partir del 1 de enero de 1996, cursa estudios universitarios oficiales y a tal fin debe residir fuera de la vivienda o viviendas de la unidad familiar.
- Si la solicitud se presenta por el procedimiento de independencia familiar y económica y no se trata de una persona huérfana absoluta ni titular de unidad familiar propia hay que presentar, además:
- Informe de vida laboral de la persona solicitante
- Contrato de alquiler o escritura de propiedad de la vivienda: En el que la persona solicitante figure como arrendataria o como propietaria de la vivienda.
- Justificante de pago del alquiler: En el caso de que la persona solicitante viva de alquiler, deberá presentar justificante del pago de la última mensualidad.
- Otra documentación que acredite la independencia familiar y económica: Si consideras que debes aportar más documentación que acredite tus circunstancias personales relativas a la acreditación de tu independencia económica y familiar.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve). Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
- Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Después de hacerlo
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Aportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Resolución
3 meses desde la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes. La notificación de la resolución se realizará mediante publicación en BOA.
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el pla...
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativo
Ayuda
Contacto
- Teléfono. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. 976 714 935
- Correo electrónico.becas_erasmus@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Recursos adicionales
- Resolución de la convocatoria
- Relación de programas de movilidad internacional incluidos en la convocatoria
- Tablón de anuncios digital de información general del Gobierno de Aragón
- Simulación de rentas de la unidad familiar
- Preguntas frecuentes
Normativa
- Orden CUS/592/2022, de 6 de mayo, por la que se convocan las becas complementarias a las del Programa Erasmus + y a las de otros programas de movilidad internacional para el curso académico 2022-2023
- Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón.
- Orden ECU/503/2024, de 14 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las becas complementarias a las del Programa Erasmus + y a las de otros programas de movilidad internacional.