Ayudas ligadas al autoconsumo, almacenamiento y sistemas térmicos con fuentes de energía renovables - Programa 5 Incorporación de almacenamiento en sector residencial AAPP y tercer sector. 6563. Trámi

Actualizado el 7 de marzo de 2025
Ver en la web de la administración

Información Rápida

Objetivo

Subvencionar la incorporación de sistemas de almacenamiento de energía en instalaciones de autoconsumo que utilicen fuentes renovables, dirigidas a hogares, administraciones públicas y entidades del tercer sector.

¿Quién puede solicitarlo?

Pueden solicitar estas ayudas: * Personas físicas que no realicen actividades económicas. * Entidades locales y el sector público institucional que no realicen actividades económicas. * Personas jurídicas que no realicen actividades económicas, incluyendo entidades del tercer sector. * Personas físicas que realicen alguna actividad económica (autónomos). * Comunidades de propietarios. * Comunidades de energías renovables y comunidades ciudadanas de energía. * Ayuntamientos, diputaciones provinciales y otras entidades locales que representen a agrupaciones de personas físicas o jurídicas.

Requisitos principales

  • La actuación debe realizarse en la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Las actuaciones deben realizarse tras el registro de la solicitud o haberse iniciado con posterioridad al 30/06/2021 para los solicitantes del Programa 5.
  • Las instalaciones de almacenamiento no deben superar una ratio de capacidad instalada de almacenamiento frente a potencia de generación de 5 kWh/kW (excepto instalaciones aisladas).
  • Deben contar con una garantía mínima de 5 años.
  • Las tecnologías plomo-ácido para almacenamiento no son elegibles.
  • La inversión debe ser en sistemas de almacenamiento detrás del contador.

Plazos

El plazo de presentación fue del 13/12/2021 al 31/12/2023 (Fuera de plazo)

Duración del trámite

6 meses

Información adicional

Más información disponible en las páginas del <a href="https://www.idae.es/ayudas-y-financiacion/para-energias-renovables-en-autoconsumo-almacenamiento-y-termicas-sector">IDAE</a> y del <a href="https://www.aragon.es/-/ayudas-para-instalaciones-ligadas-al-autoconsumo-almacenamiento-y-sistemas-termicos-renovables-en-el-sector-residencial-en-el-marco-del-plan-de-recuperacion-transformacion-y-resiliencia-prtr-rd-477/2021-de-29-de-junio-">Gobierno de Aragón</a>.

Resumen

Este trámite permite solicitar subvenciones para la instalación de sistemas de almacenamiento de energía en instalaciones de autoconsumo existentes que utilicen fuentes renovables. Estas ayudas están dirigidas a hogares, administraciones públicas y entidades del tercer sector en Aragón.

Quién puede usar este servicio

  • Personas físicas que no realicen actividades económicas.
  • Entidades locales y el sector público institucional que no realicen actividades económicas.
  • Personas jurídicas que no realicen actividades económicas, incluyendo entidades del tercer sector.
  • Personas físicas que realicen alguna actividad económica (autónomos).
  • Comunidades de propietarios.
  • Comunidades de energías renovables y comunidades ciudadanas de energía.
  • Ayuntamientos, diputaciones provinciales y otras entidades locales que representen a agrupaciones de personas físicas o jurídicas.

Antes de empezar

Es importante revisar los requisitos y la documentación necesaria antes de iniciar la solicitud.

Lo que necesitas

Documentos requeridos

  • Memoria técnica descriptiva de las instalaciones a realizar (Descargar modelo).
  • Presupuesto de la actuación.
  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones.
  • Declaración Resp. del Promotor del Proyecto sobre no afección medioambiental (Descargar modelo) (si aplica).
  • Informe, según AII.A1, e) de las bases reguladoras (Descargar modelo) (si la potencia de la instalación supera los 100 KW de potencia nominal).
  • Declaración responsable no daño significativo (Descargar modelo) (si la potencia de la instalación NO supera los 100 KW de potencia nominal).
  • Declaración responsable sistema de almacenamiento no conectado a la red (si se incluyen sistemas de almacenamiento).
  • Documento acreditativo del otorgamiento de representación (Descargar modelo) (para todos los tipos de beneficiario).
  • Documento de Declaraciones responsables (Descargar modelo) (para todos los tipos de beneficiario).
  • Certificado de nombramiento (Entidades locales y sector público institucional).
  • Certificación acreditativa de participación (Entidades locales y sector público institucional).
  • Acreditación Cámara de Cuentas (Entidades locales y sector público institucional).
  • Alta en el censo de empresarios (Las personas físicas que realicen alguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado (AUTÓNOMOS)).
  • Acta de la junta de propietarios (Comunidades de propietarios).
  • Nombramiento (Comunidades de propietarios).
  • Certificado de participación (Organismo público actuando en representación de otro).
  • Otorgamiento de representación (Organismo público actuando en representación de otro).
  • Certificado de nombramiento (Organismo público actuando en representación de otro).
  • Acreditación Cámara de Cuentas (Organismo público actuando en representación de otro).

Requisitos previos

  • Actuación realizada en la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Las actuaciones se tendrán que realizar tras el registro de la solicitud (efecto incentivador) o haberse iniciado con posterioridad al 30/6/2021 para los solicitantes del Programa 5.
  • Solo serán consideradas elegibles las instalaciones de almacenamiento que no superen una ratio de capacidad instalada de almacenamiento frente a potencia de generación de 5 kWh/kW. Salvo para instalaciones aisladas, a las que no aplica dicho límite. Además, deberán contar con una garantía mínima de 5 años. Las tecnologías plomo-ácido para almacenamiento no serán elegibles.
  • Las tecnologías plomo-ácido para almacenamiento no serán elegibles.
  • Será actuación subvencionable la inversión en sistemas de almacenamiento detrás del contador

Costes y plazos

No se especifican costes en la información proporcionada. El plazo de presentación fue del 13/12/2021 al 31/12/2023.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Reúne la documentación necesaria.
  2. Accede al trámite telemático a través del enlace proporcionado.
  3. Completa la solicitud con la información requerida.
  4. Adjunta la documentación necesaria.
  5. Firma electrónicamente la solicitud.

Información sobre cada etapa

El proceso se realiza de forma telemática, requiriendo identificación y firma electrónica.

Tiempos de espera

El plazo máximo de resolución es de 6 meses.

Después de hacerlo

Qué sucede después

Una vez presentada la solicitud, la administración la revisará y, si es necesario, solicitará subsanaciones o mejoras.

Plazos de resolución

El plazo máximo de resolución es de 6 meses.

Siguiente pasos

Si la solicitud es aprobada, se procederá al pago de la ayuda. En caso contrario, se notificará la denegación con las justificaciones correspondientes.

Ayuda

Contacto

Recursos adicionales

Preguntas frecuentes

No hay preguntas frecuentes específicas en el texto proporcionado.


Preguntas frecuentes


Oficinas de la administración

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.