Ayudas ligadas al autoconsumo, almacenamiento y sistemas térmicos con fuentes de energía renovables - Programa 2 Autoconsumo renovable en sectores productivos de la economía con o sin almacenamiento.

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Subvencionar instalaciones de autoconsumo renovable en el sector servicios, con o sin almacenamiento, mediante actuaciones fotovoltaicas y eólicas.

¿Quién puede solicitarlo?

Pueden solicitar estas ayudas: * Personas jurídicas y agrupaciones de empresas o personas físicas que realicen una actividad económica. * Gestores de polígonos industriales (públicos o privados). * Empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias en el ámbito de la energía. * Empresas de servicios energéticos (ESEs). * Comunidades de energías renovables y comunidades ciudadanas de energía. * Ayuntamientos, diputaciones provinciales, mancomunidades, organismos públicos y entidades de derecho público. * Sector público institucional y entidades u organizaciones privadas sin ánimo de lucro que realicen alguna actividad económica. * Personas físicas que realicen alguna actividad económica (autónomos) o agrupaciones de ellos.

Requisitos principales

  • La actuación debe realizarse en la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Las actuaciones deben realizarse tras el registro de la solicitud.
  • Los destinatarios deben desempeñar su actividad dentro de un CNAE correspondiente al grupo A01 (excepto el 017) o dentro de un CNAE correspondiente a los grupos B, C, D, E o F.
  • La tecnología renovable a instalar debe ser eólica o fotovoltaica.
  • Las instalaciones de almacenamiento no deben superar una ratio de capacidad instalada de 5 kWh/kW (excepto instalaciones aisladas). Deben contar con una garantía mínima de 5 años. No se admiten tecnologías plomo-ácido.
  • La subvención máxima se corresponderá con los 5 primeros MW de potencia de la instalación.
  • Solo será elegible una actuación por destinatario y ubicación para cada tecnología (eólica o fotovoltaica).
  • Todas las instalaciones deben contar con un sistema de monitorización de la energía eléctrica o térmica producida.

Plazos

El plazo de presentación fue del 13/12/2021 al 31/12/2023 (Fuera de plazo).

Duración del trámite

6 meses

Información adicional

Más información disponible en las páginas del IDAE ([IDAE](https://www.idae.es/ayudas-y-financiacion/para-energias-renovables-en-autoconsumo-almacenamiento-y-termicas-sector)) y del Gobierno de Aragón ([Ayudas y subvenciones en materia de energía del Gobierno de Aragón](https://www.aragon.es/-/subvenciones-y-ayudas)).

Resumen

Este trámite permite solicitar ayudas para instalaciones de autoconsumo renovable en el sector servicios, con o sin almacenamiento. Las instalaciones deben utilizar fuentes de energía renovables como la fotovoltaica y la eólica.

Quién puede usar este servicio

  • Personas jurídicas y agrupaciones de empresas.
  • Gestores de polígonos industriales.
  • Empresas explotadoras en el ámbito de la energía.
  • Empresas de servicios energéticos (ESEs).
  • Comunidades de energías renovables.
  • Ayuntamientos y entidades públicas.
  • Autónomos.

Antes de empezar

Es importante tener en cuenta que solo se admitirán actuaciones iniciadas después de la fecha de registro de la solicitud.

Lo que necesitas

Documentos requeridos

  • Memoria técnica descriptiva de las instalaciones.
  • Presupuesto detallado de la actuación.
  • Justificante de obligaciones tributarias.
  • Documentación adicional según el tipo de instalación y solicitante (declaraciones responsables, informes, etc.).

Requisitos previos

  • La instalación debe estar ubicada en la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Cumplir con los criterios técnicos especificados en la normativa.
  • Realizar la actuación tras el registro de la solicitud.

Costes y plazos

  • El plazo de presentación ya ha finalizado (13/12/2021 al 31/12/2023).
  • El plazo de resolución es de 6 meses.
  • No se especifican costes adicionales.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Reúne toda la documentación necesaria.
  2. Accede al trámite telemático.
  3. Completa la solicitud con la información requerida.
  4. Adjunta la documentación.
  5. Firma electrónicamente la solicitud.

Información sobre cada etapa

  • Solicitud: Rellena todos los campos obligatorios y adjunta la documentación solicitada.
  • Documentación: Asegúrate de que todos los documentos cumplen con los requisitos especificados.
  • Firma electrónica: Utiliza un certificado electrónico válido para firmar la solicitud.

Tiempos de espera

El plazo máximo para resolver la solicitud es de 6 meses.

Después de hacerlo

Qué sucede después

Una vez presentada la solicitud, la administración la revisará y, si es necesario, te pedirá que subsanes errores o aportes documentación adicional.

Plazos de resolución

El plazo máximo de resolución es de 6 meses. Si no recibes respuesta en este plazo, puedes considerar que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo.

Siguiente pasos

Si la solicitud es aprobada, recibirás una notificación con las condiciones de la ayuda. Deberás cumplir con estas condiciones para recibir el pago de la subvención.

Ayuda

Contacto

Recursos adicionales

Preguntas frecuentes

  • ¿Qué tipo de instalaciones son subvencionables? Instalaciones de autoconsumo renovable en el sector servicios, con o sin almacenamiento, que utilicen energía fotovoltaica y eólica.
  • ¿Cuál es la cuantía máxima de la ayuda? La subvención máxima se aplica a los primeros 5 MW de potencia de la instalación.
  • ¿Cómo puedo presentar la solicitud? La solicitud se presenta de forma telemática a través del tramitador electrónico del Gobierno de Aragón.
  • ¿Qué ocurre si mi solicitud es denegada? Puedes interponer un recurso de alzada ante la Dirección General de Energía y Minas.

Preguntas frecuentes


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