Ayudas ligadas al autoconsumo, almacenamiento y sistemas térmicos con fuentes de energía renovables - Programa 1 Autoconsumo renovable en sector servicios con o sin almacenamiento. 6580. Trámites Gobi
Información Rápida
Objetivo
Subvencionar instalaciones de autoconsumo renovable en el sector servicios, con o sin almacenamiento, incluyendo instalaciones fotovoltaicas y eólicas, así como nuevas instalaciones de almacenamiento asociadas.
¿Quién puede solicitarlo?
Pueden solicitar estas ayudas: * Personas jurídicas y agrupaciones de empresas o personas físicas que realicen una actividad económica en el mercado. * Gestores de polígonos industriales (públicos o privados). * Empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias en el ámbito de la energía. * Empresas de servicios energéticos (ESEs) o proveedores de servicios energéticos. * Comunidades de energías renovables y comunidades ciudadanas de energía. * Ayuntamientos, diputaciones provinciales, mancomunidades, cabildos, consejos insulares y otros organismos públicos que representen a agrupaciones de personas físicas o jurídicas propietarias de instalaciones del sector servicios u otros sectores productivos.
Requisitos principales
- La actuación debe realizarse en Aragón.
- Las actuaciones deben iniciarse tras el registro de la solicitud.
- Los solicitantes deben desarrollar su actividad dentro de una Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) específica (G, H, I, J, K, L, M, N, O, P, Q, R ó S), excluyendo administraciones públicas y entidades sin ánimo de lucro.
- En los programas de incentivos 1, 2 y 3, se considerarán como destinatarios últimos de las ayudas las empresas de servicios energéticos u otras empresas que realicen las actuaciones en establecimientos de los sectores incluidos en cada programa, siempre y cuando el servicio energético generado por la actuación sea realizado para una empresa cuyo CNAE esté incluido en los reflejados en los párrafos anteriores.
- La tecnología renovable a instalar debe ser eólica o fotovoltaica.
- Las instalaciones de almacenamiento no deben superar una ratio de capacidad instalada de almacenamiento frente a potencia de generación de 5 kWh/kW (excepto instalaciones aisladas). Deben tener una garantía mínima de 5 años y no pueden ser de plomo-ácido.
- La subvención máxima se corresponderá con los 5 primeros MW de potencia de la instalación.
- Solo será elegible una actuación por destinatario último de la ayuda y por ubicación o ligadas al mismo consumo o consumos para cada tecnología (eólica o fotovoltaica).
- Todas las instalaciones deben contar con un sistema de monitorización de la energía eléctrica o térmica producida.
- Se deben cumplir todos los requisitos establecidos en las bases reguladoras y la convocatoria.
Plazos
El plazo de presentación fue del 13/12/2021 al 31/12/2023.
Duración del trámite
6 meses
Información adicional
Más información disponible en las páginas del IDAE y del Gobierno de Aragón.
Resumen
Este trámite permite solicitar ayudas para instalaciones de autoconsumo renovable en el sector servicios, con o sin almacenamiento, en la Comunidad Autónoma de Aragón. Las ayudas están destinadas a instalaciones fotovoltaicas y eólicas, así como a nuevas instalaciones de almacenamiento asociadas.
Quién puede usar este servicio:
- Personas jurídicas y agrupaciones de empresas o personas físicas que realicen una actividad económica en el mercado.
- Gestores de polígonos industriales.
- Empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias en el ámbito de la energía.
- Empresas de servicios energéticos (ESEs).
- Comunidades de energías renovables y comunidades ciudadanas de energía.
- Ayuntamientos, diputaciones provinciales y otros organismos públicos.
Antes de empezar:
- Asegúrate de que tu actividad económica se encuentra dentro de los CNAE elegibles (G, H, I, J, K, L, M, N, O, P, Q, R ó S).
- Ten preparada la documentación necesaria, incluyendo la memoria técnica, el presupuesto y los documentos acreditativos.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Memoria técnica descriptiva de las instalaciones a realizar. Descarga el modelo aquí: Descargar modelo Memoria
- Presupuesto de la actuación, desglosado y de fecha posterior a la publicación en el BOE.
- Acreditación de obligaciones tributarias.
- Si la potencia de la instalación supera los 100 KW de potencia nominal, Informe del Plan estratégico. Descarga el modelo aquí: Descargar modelo Informe del Plan estratégico
- Si la potencia de la instalación NO supera los 100 KW de potencia nominal, Declaración responsable de daño significativo. Descarga el modelo aquí: Descargar modelo Declaración responsable daño significativo
- Declaración Responsable del Promotor del Proyecto sobre la no afección medioambiental del proyecto. Descarga el modelo aquí: Descargar modelo Declaración Resp. del Promotor del Proyecto sobre no afección medioambiental. No aplica a fotovoltaica en cubierta.
- Si se incluyen sistemas de almacenamiento, Declaración responsable de que el sistema de almacenamiento no estará directamente conectado a la red.
- Documento de declaraciones responsables. Descarga el modelo aquí: Descargar modelo Documento de declaraciones responsables
- Documento acreditativo de la representación. Descarga el modelo aquí: Descargar modelo Documento acreditativo de la representación
- Para personas jurídicas: Declaración tamaño de empresa, Informe de plantilla, Modelo IAE, Modelo 200, Cuentas anuales.
- Para Empresas de Servicios Energéticos (ESEs): Copia del contrato con la propiedad e inscripción en el listado de IDAE.
- Para agrupaciones de empresas o personas físicas: Relación de participantes con compromisos de ejecución e importe de subvención.
- Para Comunidades de Energías Renovables o Comunidades Ciudadanas de Energía: Informe de plantilla media y Declaración tamaño de empresa.
- Si un organismo público actúa en representación de otro: Certificación acreditativa de participación, Otorgamiento de representación, Certificado de nombramiento y Acreditación Cámara de Cuentas (para entidades locales).
Requisitos previos:
- La actuación debe realizarse en Aragón.
- Las actuaciones deben iniciarse tras el registro de la solicitud.
- Los solicitantes deben desarrollar su actividad dentro de una Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) específica (G, H, I, J, K, L, M, N, O, P, Q, R ó S), excluyendo administraciones públicas y entidades sin ánimo de lucro.
- La tecnología renovable a instalar debe ser eólica o fotovoltaica.
- Las instalaciones de almacenamiento no deben superar una ratio de capacidad instalada de almacenamiento frente a potencia de generación de 5 kWh/kW (excepto instalaciones aisladas). Deben tener una garantía mínima de 5 años y no pueden ser de plomo-ácido.
- La subvención máxima se corresponderá con los 5 primeros MW de potencia de la instalación.
- Solo será elegible una actuación por destinatario último de la ayuda y por ubicación o ligadas al mismo consumo o consumos para cada tecnología (eólica o fotovoltaica).
- Todas las instalaciones deben contar con un sistema de monitorización de la energía eléctrica o térmica producida.
- Se deben cumplir todos los requisitos establecidos en las bases reguladoras y la convocatoria.
Costes y plazos:
- No se especifican costes directos para la solicitud.
- El plazo de resolución es de 6 meses.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Reúne la documentación necesaria.
- Accede al trámite telemático a través del enlace: Consultar trámite
- Completa la solicitud con la información requerida.
- Adjunta la documentación necesaria.
- Firma electrónicamente la solicitud.
- Presenta la solicitud.
Información sobre cada etapa:
- La solicitud se presenta de forma telemática.
- Es necesario disponer de un sistema de identificación electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Tiempos de espera:
- El plazo de resolución es de 6 meses.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- La administración revisará la solicitud y la documentación adjunta.
- Si falta información, se te requerirá para que la subsanes.
- Se emitirá una resolución aprobando o denegando la ayuda.
Plazos de resolución:
- 6 meses.
Siguiente pasos:
- Si la solicitud es aprobada, se te indicarán los pasos a seguir para recibir la ayuda.
- Si la solicitud es denegada, podrás interponer un recurso.
Ayuda
Contacto:
- Teléfonos: 976 715 561 y 976 715 529.
- Correo electrónico: planificacionenergetica@aragon.es.
- Horario telefónico: De 9:00 a 14:00 horas.
Recursos adicionales:
Ayuda con la tramitación electrónica:
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro: 976 714 000 o infoyregistro@aragon.es.
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón: 976 289 414 o soportesda@aragon.es. También puedes usar el Formulario de Solicitud de Soporte Técnico o contactar por WhatsApp: +34 973 901 905.