Ayudas en materia de rehabilitación residencial para la mejora de la eficiencia energética (PRTR) - Ayuda adicional para la rehabilitación de viviendas por situaciones de vulnerabilidad económica. 916

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Solicitar una ayuda adicional si tu vivienda está en un edificio que ya recibe subvención del Programa 3 y te encuentras en situación de vulnerabilidad económica.

¿Quién puede solicitarlo?

Propietarios o usufructuarios de viviendas en edificios que hayan recibido una resolución de concesión del programa 3 y que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica.

Requisitos principales

  • Unidad de convivencia sin menores o sin personas con discapacidad igual o superior al 33%, con ingresos máximos de hasta 2 veces el IPREM.
  • Unidad de convivencia con un menor o persona con discapacidad igual o superior al 33%, con ingresos máximos de hasta 2,5 veces el IPREM.
  • Unidad de convivencia con dos menores o personas con discapacidad igual o superior al 33%, con ingresos máximos de hasta 2,7 veces el IPREM.
  • Unidad de convivencia con tres o más menores o personas con discapacidad igual o superior al 33%, con ingresos máximos de hasta 3 veces el IPREM.

Plazos

Del 12/09/2023 al 31/12/2025. Una vez notificada la resolución de concesión de ayuda al edificio, se dispone de un mes para solicitar esta ayuda complementaria.

Duración del trámite

3 meses

Información adicional

Las Oficinas de Rehabilitación colaboran con el Gobierno de Aragón para ayudar a los interesados en estos procesos, ofreciendo información, gestión, ayuda para presentar solicitudes y seguimiento de expedientes. Contacta con ellas a través de los canales de información especificados.

Resumen

Este trámite permite solicitar una ayuda adicional si eres propietario o usufructuario de una vivienda en un edificio que ya ha sido aprobado para recibir fondos del Programa 3 de rehabilitación, y te encuentras en una situación de vulnerabilidad económica.

Quién puede usar este servicio:

  • Propietarios o usufructuarios de viviendas incluidas en un edificio que obtenga resolución de concesión del programa 3, y que sufran una situación de vulnerabilidad económica.

Lo que necesitas

Requisitos:

  • Unidad de convivencia sin menores o sin personas con grado de discapacidad igual o superior al 33 %, con un nivel máximo de ingresos de hasta 2 veces el IPREM.
  • Unidad de convivencia con un menor o con una persona con grado de discapacidad igual o superior al 33 %, con un nivel máximo de ingresos de hasta 2,5 veces el IPREM.
  • Unidad de convivencia con dos menores o personas con grado de discapacidad igual o superior al 33 %, con un nivel máximo de ingresos de hasta 2,7 veces el IPREM.
  • Unidad de convivencia con tres o más menores o personas con grado de discapacidad igual o superior al 33 %, con un nivel máximo de ingresos de hasta 3 veces el IPREM.

Documentación:

  • Acreditación de representación (si aplica).
  • Acuerdo con el agente o gestor de rehabilitación (si aplica).
  • Autorización de los beneficiarios (si hay varios) indicando el porcentaje de participación en los gastos.
  • Volante o certificado de empadronamiento colectivo vigente en la vivienda.
  • Copia de la declaración de la renta del último año disponible de todos los miembros de la unidad de convivencia.
  • Documentación acreditativa de discapacidad (si aplica).
  • Declaración responsable de ingresos de las personas de la unidad de convivencia que no hayan presentado declaración de la renta o que percibieron ingresos no incluidos en la declaración. (Descargar modelo)

Cómo hacerlo

Paso a paso:

  1. Reúne la documentación necesaria.
  2. Elige cómo presentar la solicitud:
    • Telemáticamente: Necesitas identificación electrónica (DNIe, certificado o cl@ve). Inicia el trámite, completa la solicitud, sube los documentos y firma electrónicamente. Si no tienes firma electrónica, puedes completar el proceso, descargar la solicitud, firmarla y entregarla presencialmente. (Iniciar trámite)
    • Presencialmente: Reúne los documentos, solicita cita previa en una oficina de información y registro, y presenta la documentación. (Localiza tu oficina más cercana, Pedir cita previa)

Después de hacerlo

  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo. (Subsanar trámite)
  • Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite. (Aportar documentación)
  • Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso. (Saber más sobre el silencio administrativo)

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