Ayudas económicas a mujeres víctimas de violencia de género. 659. Trámites Gobierno de Aragón.
Información Rápida
Objetivo
Conceder ayudas económicas a mujeres víctimas de violencia de género que carezcan de recursos y tengan dificultades para encontrar empleo.
¿Quién puede solicitarlo?
Mujeres víctimas de violencia de género que cumplan los requisitos.
Requisitos principales
- Ser residente en la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Acreditar la condición de víctima de violencia de género.
- Carecer de rentas superiores al 75% del SMI vigente (excluidas pagas extraordinarias).
- Tener especiales dificultades para obtener un empleo.
- No haber sido beneficiaria anteriormente de esta ayuda.
Plazos
Plazo de presentación permanente.
Duración del trámite
3 meses desde la entrada de la solicitud en registro
Información adicional
Ayudas no sujetas a convocatoria. Consultar la normativa aplicable.
Resumen
Este trámite permite solicitar ayudas económicas para mujeres que han sufrido violencia de género, carecen de recursos económicos suficientes y tienen dificultades para encontrar empleo.
Quién puede usar este servicio:
- Mujeres residentes en Aragón que sean víctimas de violencia de género y cumplan los requisitos económicos y de empleabilidad.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Solicitud.
- Copia de la orden de protección o documento que acredite la condición de víctima de violencia de género.
- Declaración responsable de no haber solicitado ni percibido ayudas similares en otra comunidad autónoma.
- Sentencia por la que se concede la tutela (en su caso).
- Certificado de acogimiento (en su caso).
- Anexo II: Declaración y autorización de cesión de datos a otros órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón o a otras Administraciones Públicas (Descargar modelo).
- Anexo III: Consentimiento cesión de datos tributarios (Descargar modelo).
- Anexo IV: Consentimiento cesión datos personales (Descargar modelo).
Requisitos previos:
- Ser residente en la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Acreditar la condición de víctima de violencia de género.
- Carecer de rentas superiores al 75% del SMI vigente (excluidas pagas extraordinarias).
- Tener especiales dificultades para obtener un empleo.
- No haber sido beneficiaria anteriormente de esta ayuda.
Costes y plazos:
- Este trámite es gratuito.
- El plazo de presentación es permanente.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Descarga el formulario de solicitud (Descargar formulario).
- Complétalo y fírmalo.
- Reúne la documentación necesaria.
- Solicita cita previa en una de las oficinas de información y registro (Localiza tu oficina más cercana, Pedir cita previa).
- Presenta el formulario completo y la documentación en la oficina.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- La administración revisará tu solicitud y la documentación.
- Si falta algo, te lo comunicarán para que lo subsanes.
- Recibirás una resolución en un plazo máximo de 3 meses.
Plazos de resolución:
- 3 meses desde la entrada de la solicitud en el registro.
Siguientes pasos:
- Si la resolución es favorable, recibirás la ayuda económica.
- Si la resolución es desfavorable, puedes presentar un recurso.
Ayuda
Contacto:
- Teléfono: 976 716 720
- Correo electrónico: iam@aragon.es
- Horario de atención telefónica: De 9:00 a 14:00 horas.
Recursos adicionales:
- Preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Tutoriales en YouTube sobre tramitación electrónica.
- Servicio de Información y Registro:
- Teléfono: 976 714 000 (De lunes a viernes de 9:00 a 14:00).
- Correo electrónico: infoyregistro@aragon.es.
- Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- Teléfono: 976 289 414 (De lunes a viernes de 8:00 a 18:00).
- Correo electrónico: soportesda@aragon.es.
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico.
- WhatsApp: +34 973 901 905 (Información sobre el canal WhatsApp).
Más información
Órgano responsable:
- INSTITUTO ARAGONÉS DE LA MUJER
Normativa:
- Orden, de 26 de junio, del Departamento de Servicios Sociales y Familia, de 2006.
- Ley 2/1993, de 19 de febrero, por la que se crea el Instituto Aragonés de la Mujer.
- Ley Orgánica 1/04, de 28 de diciembre, de medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
- Real Decreto 1452/05, de 2 de diciembre.