Ayudas del programa MOVES III. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Subvencionar proyectos que impulsen la movilidad eficiente y sostenible, promoviendo el uso de energías alternativas. Esto incluye la compra de vehículos eléctricos y la instalación de puntos de recarga.

¿Quién puede solicitarlo?

Pueden solicitar estas ayudas: personas físicas que desarrollen actividad económica, personas físicas mayores de edad (con excepciones para discapacidad), comunidades de propietarios, personas jurídicas válidamente constituidas en España, entidades locales y el sector público institucional.

Requisitos principales

  • Tener residencia fiscal en España.
  • Tener un establecimiento en la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Las actuaciones deben realizarse tras el registro de la solicitud (para personas jurídicas y el sector público con actividad económica).
  • Para el resto de beneficiarios, las actuaciones deben realizarse con posterioridad al 9 de abril de 2021.

Plazos

Consultar las convocatorias específicas, ya que las presentadas en el HTML han expirado.

Duración del trámite

Variable, dependiendo de la actuación.

Información adicional

Existen dos tipos de actuaciones subvencionables: la adquisición de vehículos eléctricos y la instalación de infraestructura de recarga.

Resumen

El programa MOVES III ofrece subvenciones para impulsar la movilidad basada en la eficiencia energética y la sostenibilidad, fomentando el uso de energías alternativas. Se centra en dos áreas principales: la adquisición de vehículos eléctricos y la instalación de infraestructura de recarga.

Quién puede usar este servicio:

  • Personas físicas que desarrollen actividad económica.
  • Personas físicas mayores de edad (con excepciones para discapacidad).
  • Comunidades de propietarios.
  • Personas jurídicas válidamente constituidas en España.
  • Entidades locales.
  • Sector público institucional.

Antes de empezar:

  • Es importante revisar las convocatorias específicas para conocer los plazos y requisitos concretos.
  • Las actuaciones deben realizarse tras el registro de la solicitud (o con posterioridad al 9 de abril de 2021 para algunos beneficiarios).

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Los documentos específicos se detallan en cada convocatoria.

Requisitos previos:

  • Residencia fiscal en España.
  • Establecimiento en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Costes y plazos:

  • El trámite es gratuito.
  • Los plazos de resolución varían según la convocatoria.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Consultar las convocatorias vigentes en el Portal de Aragón.
  2. Preparar la documentación requerida.
  3. Presentar la solicitud telemáticamente a través de la sede electrónica del Gobierno de Aragón.
  4. Realizar la actuación subvencionable.
  5. Justificar la actuación realizada.

Información sobre cada etapa:

  • La información detallada sobre cada etapa se encuentra en las convocatorias específicas.

Tiempos de espera:

  • Los tiempos de espera para la resolución de las solicitudes se indican en cada convocatoria.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • Una vez resuelta la solicitud, se notifica al beneficiario.

Plazos de resolución:

  • Los plazos de resolución se especifican en cada convocatoria.

Siguientes pasos:

  • En caso de concesión, se procede al pago de la ayuda.

Ayuda

Contacto:

Recursos adicionales:

Preguntas frecuentes:

  • Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica en el enlace proporcionado.

Más información

Órgano responsable:

  • DIRECCIÓN GENERAL DE ENERGÍA Y MINAS

Normativa:


Preguntas frecuentes


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