Ayudas del Fondo de Cohesión Territorial - Entidades sin ánimo de lucro - Convocatoria 2024. 10181. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a entidades sin ánimo de lucro solicitar ayudas para actividades culturales desestacionalizadas relacionadas con la política demográfica y contra la despoblación en Aragón.

¿Quién puede solicitarlo?

Asociaciones y fundaciones con domicilio en la Comunidad Autónoma de Aragón o con delegación en Aragón legalmente constituida.

Requisitos principales

  • Estar inscritas en el Registro de Asociaciones o Fundaciones de Aragón o en el Registro Nacional de Asociaciones con delegación en Aragón.
  • Tener al menos un año de antigüedad desde la inscripción.
  • Realizar actuaciones en municipios o asentamientos específicos definidos en la convocatoria.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Cumplir con las obligaciones de transparencia de la Ley 8/2015.

Plazos

Del 05/06/2024 al 04/07/2024 (Fuera de plazo). Se abre nuevo plazo para presentar, únicamente, solicitudes para realización de actividades en las localidades de Benabarre, Benasque, Campo, Castejón de Sos y Graus. El plazo de presentación de la solicitud será de 30 días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Boletín Oficial de Aragón.

Duración del trámite

3 meses

Información adicional

Se subvenciona el 100% de la actuación con limitación a un importe máximo. Son gastos subvencionables el IVA (si no es susceptible de compensación), caché de artistas, desplazamientos y alojamiento (hasta el 10% del presupuesto), participación de miembros de la asociación, alquiler de vestuario y utilería (hasta el 15%), alquiler de locales y servicios de transmisión o interpretación (hasta el 20%), y material fungible (hasta el 10%).

Resumen

Este trámite permite a las entidades sin ánimo de lucro solicitar ayudas para la realización de actividades culturales que fomenten el desarrollo demográfico y combatan la despoblación en Aragón.

Quién puede usar este servicio:

Asociaciones y fundaciones con sede o delegación en Aragón.

Antes de empezar:

  • Asegúrate de cumplir con los requisitos especificados en la convocatoria.
  • Reúne la documentación necesaria.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

Requisitos previos:

  • Estar inscrito en el registro correspondiente.
  • Tener al menos un año de antigüedad.
  • Realizar actividades en municipios específicos.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Reúne la documentación requerida.
  2. Accede al trámite electrónico.
  3. Completa la solicitud.
  4. Adjunta la documentación.
  5. Firma electrónicamente y presenta la solicitud.

Información sobre cada etapa:

  • La solicitud se presenta de forma telemática.
  • Es necesario disponer de un sistema de identificación electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).

Después de hacerlo

Qué sucede después:

La administración revisará tu solicitud y la documentación adjunta.

Plazos de resolución:

El plazo máximo de resolución es de 3 meses.

Siguientes pasos:

Si tu solicitud es aprobada, recibirás la subvención para realizar las actividades culturales.

Ayuda

Contacto:

Recursos adicionales:

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Órgano responsable:

DIRECCIÓN GENERAL DE DESPOBLACIÓN

Normativa:


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