Ayudas del Fondo de Cohesión Territorial - Entidades sin ánimo de lucro - Convocatoria 2024
Información Rápida
Objetivo
Permite a entidades sin ánimo de lucro solicitar ayudas para actividades culturales desestacionalizadas relacionadas con la política demográfica y contra la despoblación.
¿Quién puede solicitarlo?
Asociaciones y fundaciones con domicilio en Aragón o con delegación en Aragón legalmente constituida.
Requisitos principales
- Estar inscritas en el Registro de Asociaciones o Fundaciones de Aragón.
- Tener al menos un año de antigüedad desde su inscripción.
- Realizar actuaciones en municipios o asentamientos específicos.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Plazos
Del 05/06/2024 al 04/07/2024
Duración del trámite
3 meses
Información adicional
Se subvenciona el 100% de la actuación con limitación a un importe máximo. Gastos subvencionables:IVA,caché de grupos,desplazamiento/alojamiento (máx 10%),participación de miembros,alquiler de vestuario (máx 15%),alquiler de locales (máx 20%),material fungible (máx 10%).
Ayudas del Fondo de Cohesión Territorial - Entidades sin ánimo de lucro - Convocatoria 2024
A través de este trámite,las entidades sin ánimo de lucro pueden presentar solicitudes,para optar a las ayudas convocadas para la realización de actividades culturales desestacionalizadas,relacionadas con la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la Despoblación.
Serán susceptibles de subvención la promoción de actividades,de carácter gratuito para las personas destinatarias. Se entenderá que desestacionalizan la oferta cultural aquellas actividades que no coincidan con las festividades de carácter nacional,autonómico o local publicadas en los correspondientes boletines oficiales y que tengan lugar entre el 1 de enero y el 20 de junio y/o el 31 de agosto y el 7 de noviembre del presente año.
Las actuaciones subvencionables se deberán llevar a cabo dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Plazo de presentación
Del 05/06/2024 al 04/07/2024
Dirigido a
Podrán solicitar estas subvenciones las asociaciones y fundaciones con domicilio en la Comunidad Autónoma de Aragón o,en el caso de que se trate de entidades de ámbito nacional,deberán contar con una delegación en Aragón legalmente constituida antes de la finalización del plazo para la entrega de solicitudes.
Requisitos
En cada una de las convocatorias aparecen los requisitos que deben cumplir los beneficiarios para realizar las solicitudes correspondientes.
- Las entidades solicitantes deberán estar inscritas en el Registro de Asociaciones de Aragón o en el Registro de Fundaciones de Aragón o,en su caso,en el Registro Nacional de Asociaciones.
- Las entidades solicitantes deberán tener,al menos,un año de antigüedad contado desde la fecha de su inscripción hasta la finalización del plazo para la entrega de solicitudes.
- La solicitud de subvención será para realizar actuaciones únicamente en los siguientes municipios y/o asentamientos (Ver relación detallada en el Anexo de la convocatoria).
- Los solicitantes deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias,tanto con la Hacienda del Estado como con la de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón,así como con la Seguridad Social.
- No podrán obtener la condición de beneficiario aquellas entidades recogidas en el artículo 8.1 de la Ley 8/2015,de 25 de marzo,de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón que no cumplan con las obligaciones reconocidas en el capítulo II de la Ley.
Documentación
Presentar en todos los casos:
- Memoria de las actividades culturales:Documento explicativo que incluya antecedentes de la propuesta de actividades; descripción pormenorizada de cada una de las actividades diferenciadas con indicación del calendario detallado de las mismas e indicación de los asentamientos donde se realizan las actividades culturales. Descargar modelo Memoria de las actividades culturales
- Presupuesto de las actividades culturales:Presupuesto que incluya los gastos elegibles que se relacionan en el apartado 3.3. de la convocatoria. Descargar modelo Presupuesto de las actividades culturales
- Certificado de representante:Documento acreditativo de la representación conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 39/2015,de 1 de octubre,del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas mediante acta de la Junta directiva,actualizada a la fecha de presentación de la solicitud de subvención,donde conste la composición de la misma y el nombramiento del representante. Descargar modelo Certificado de representante
- Acreditación de la personalidad de la entidad:Documento acreditativo de la personalidad de la entidad solicitante mediante los documentos justificativos de su constitución y de su inscripción en el registro correspondiente con indicación del domicilio de su sede y,en su caso,del domicilio de la delegación en Aragón.
Documentación que consultará la administración
- Consulta de Datos de Identidad
- Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
- Corriente de pago para ayudas y subvenciones
- Consulta de subvenciones MINIMIS
- Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Información adicional
Se consideran gastos subvencionables para esta convocatoria:
a) El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) de dichos gastos será subvencionable siempre que no sea susceptible de compensación o recuperación.
b) Caché de los grupos o personas intervinientes.
c) Los gastos de desplazamiento y/o alojamiento hasta un máximo del 10 % del presupuesto total.
d) Participación directa de algún miembro de la asociación solicitante en las actividades culturales.
e) Alquiler de vestuario y utilería (atrezo),etc. hasta un máximo del 15 % del presupuesto total.
f) Alquiler de locales,carpas,escenarios,etc. además de servicios de transmisión on line o contratación de personal para la interpretación de lenguaje de signos hasta un máximo del 20 % del presupuesto total.
g) Adquisición de material fungible hasta un máximo del 10 % del presupuesto total.
Cuánto se subvenciona:100% de la actuación con limitación a un importe máximo.
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,certificado electrónico o cl@ve). Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
- Pulsar en "Iniciar trámite",completa la solicitud,sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos,contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos,contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp:+34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE DESPOBLACIÓN
Normativa
- Orden ORDEN DDJ/561/2024,de 24 de mayo
- Orden ORDEN DDJ/260/2024,de 13 de marzo
- Orden VMV/1795/2021,de 30 de noviembre
- Decreto 202/2014,de 2 de diciembre
- Decreto 165/2017,de 31 de octubre
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 05/06/2024 al 04/07/2024
Consultar trámite Consultar formas de presentación
Subsanación
Aportación
Resolución
3 meses
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