Ayudas del Fondo de Cohesión Territorial - Entidades sin ánimo de lucro - Convocatoria 2022. 8460. Trámites Gobierno de Aragón.
Información Rápida
Objetivo
Solicitar ayudas para proyectos que impulsen el desarrollo de la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la Despoblación en Aragón, dirigidas a entidades sin ánimo de lucro.
¿Quién puede solicitarlo?
Asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro con sede o delegación en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Requisitos principales
- La entidad debe estar legalmente constituida y tener su sede o delegación en Aragón.
- La entidad debe estar inscrita en el Registro General de Asociaciones o en el Registro de Fundaciones del Gobierno de Aragón, o tener una delegación legalmente constituida en Aragón.
- La entidad debe tener al menos un año de antigüedad desde su inscripción hasta la finalización del plazo de solicitud.
- Las actividades deben realizarse en municipios o asentamientos específicos detallados en el Anexo I de la convocatoria.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Cumplir con las obligaciones de transparencia según la Ley 8/2015.
Plazos
El plazo de presentación fue del 11/03/2022 al 11/04/2022.
Duración del trámite
3 meses
Información adicional
Se subvenciona el 100% de la actuación con un importe máximo a determinar en la convocatoria. Son gastos subvencionables el IVA no recuperable, caché de artistas, gastos de desplazamiento y alojamiento (hasta el 10% del presupuesto), gastos de coordinación, participación de miembros de la asociación, alquiler de vestuario y utilería (hasta el 15%), y adquisición de material fungible (hasta el 10%).
Resumen
Este trámite permite a las entidades sin ánimo de lucro con sede o delegación en Aragón solicitar ayudas del Fondo de Cohesión Territorial para proyectos que desarrollen la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la Despoblación. Estas ayudas están destinadas a financiar actividades culturales que potencien la desestacionalización de la oferta cultural en municipios o asentamientos de población en riesgo de despoblación.
Quién puede usar este servicio:
Asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro con sede o delegación en Aragón.
Antes de empezar:
- Asegúrate de que tu entidad cumple con los requisitos establecidos en la convocatoria.
- Ten a mano la documentación necesaria para presentar la solicitud.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Memoria de actividades culturales: Descargar modelo Memoria de actividades culturales
- Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
- Presupuesto de las actividades culturales: Descargar modelo Presupuesto de las actividades culturales
- Certificado de representante: Descargar modelo Certificado de representante
- Acreditación de la personalidad de la entidad
Requisitos previos:
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Cumplir con los requisitos específicos de la convocatoria en cuanto a la ubicación de las actividades.
Costes y plazos:
- Este trámite es gratuito.
- El plazo de resolución es de 3 meses.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Accede a la sede electrónica del Gobierno de Aragón.
- Identifícate y firma electrónicamente (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
- Completa el formulario de solicitud.
- Adjunta la documentación requerida.
- Presenta la solicitud.
Información sobre cada etapa:
- La solicitud debe presentarse dentro del plazo establecido en la convocatoria.
- Asegúrate de adjuntar todos los documentos requeridos en el formato correcto.
Tiempos de espera:
- El plazo de resolución es de 3 meses.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- La Administración revisará tu solicitud y la documentación adjunta.
- Si falta información, te requerirán para que la subsanes.
- Recibirás una notificación con la resolución del procedimiento.
Plazos de resolución:
- 3 meses.
Siguiente pasos:
- Si la resolución es favorable, deberás cumplir con las obligaciones establecidas en la misma.
Ayuda
Contacto:
- Teléfono: 976 714 408
- Correo electrónico: set@aragon.es
Recursos adicionales:
- Manual de ayuda para la realización de la solicitud
- Tramitar con ayuda del personal habilitado
- Preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica
- Tutoriales en YouTube sobre tramitación electrónica
Preguntas frecuentes:
- ¿En qué tipo de municipios o asentamientos deben realizarse las actividades para ser subvencionables? Las ayudas están destinadas a financiar actividades culturales que se realicen en municipios o asentamientos de población que se encuentren en riesgo de despoblación, según los criterios establecidos en la convocatoria.
- ¿Qué tipo de gastos se consideran subvencionables? Se consideran gastos subvencionables, entre otros, el caché de los artistas, los gastos de desplazamiento y alojamiento (con un límite del 10% del presupuesto total), los gastos de coordinación, el alquiler de vestuario y utilería (con un límite del 15%), y la adquisición de material fungible (con un límite del 10%).
- ¿Cómo se presenta la solicitud de la ayuda? La solicitud se debe presentar de forma telemática a través de la sede electrónica del Gobierno de Aragón, utilizando un sistema de identificación electrónica como el DNIe, certificado electrónico o cl@ve.
- ¿Qué documentación es necesario presentar junto con la solicitud? Es necesario presentar una memoria de actividades culturales, un presupuesto detallado de las actividades, un certificado del representante de la entidad y la documentación acreditativa de la personalidad jurídica de la entidad.
- ¿Cuánto tiempo tarda en resolverse la solicitud? El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento es de 3 meses.
- ¿Qué se entiende por desestacionalización de la oferta cultural? Las actividades subvencionables deben potenciar la desestacionalización de la oferta cultural, es decir, no coincidir con festividades de carácter nacional, autonómico o local, y tener lugar entre el 1 de enero y el 15 de julio o entre el 16 de agosto y el 7 de noviembre de 2022.
- ¿Qué ocurre si no se recibe respuesta en el plazo establecido? Si la solicitud no se resuelve en el plazo establecido, se puede entender como silencio administrativo. En este caso, el solicitante puede esperar a que la administración resuelva o interponer un recurso.
- ¿Qué requisitos fiscales deben cumplir las entidades solicitantes? Las entidades solicitantes deben estar al corriente de pago con la Hacienda del Estado, la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y la Seguridad Social.