Ayudas del Fondo de Cohesión Territorial - Entidades sin ánimo de lucro - Convocatoria 2021
Información Rápida
Objetivo
Presentar solicitudes para optar a las ayudas convocadas relacionadas con actuaciones para el desarrollo de la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la Despoblación. Estas ayudas pueden ser solicitadas por familias y entidades sin ánimo de lucro con sede o delegación en Aragón.
¿Quién puede solicitarlo?
Entidades sin ánimo de lucro con sede o delegación en Aragón.
Requisitos principales
- Cumplir los requisitos especificados en cada convocatoria.
- Estar inscritas en el Registro General de Asociaciones o Fundaciones de Aragón,o tener una delegación legalmente constituida en Aragón si son de ámbito nacional.
- Tener al menos un año de antigüedad desde la inscripción.
- Presentar una sola solicitud,pudiendo incluir varias actuaciones.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Plazos
Del 21/05/2021 al 21/06/2021
Duración del trámite
3 meses
Información adicional
Serán subvencionables las ayudas vinculadas a la financiación de gasto corriente relacionadas con el apoyo a la creación y promoción de actividades culturales que desestacionalicen la oferta.
Ayudas del Fondo de Cohesión Territorial - Entidades sin ánimo de lucro - Convocatoria 2021
A través de este trámite,se pueden presentar solicitudes,para optar a las ayudas convocadas,relacionadas con actuaciones para el desarrollo de la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la Despoblación.
Estas ayudas,las pueden solicitar las familias y entidades sin ánimo de lucro con sede o delegación en Aragón con cargo al Fondo de Cohesión Territorial.
Plazo de presentación
Del 21/05/2021 al 21/06/2021
Dirigido a
- Entidades sin ánimo de lucro
Requisitos
- En cada una de las convocatorias aparecen los requisitos que deben cumplir los beneficiarios para realizar las solicitudes correspondientes.
- Podrán solicitar estas subvenciones las asociaciones y fundaciones con domicilio en la Comunidad Autónoma de Aragón e inscritas en el Registro General de Asociaciones y en el Registro de Fundaciones o,en el caso de que se trate de entidades de ámbito nacional,deberán contar con una delegación en Aragón legalmente constituida antes de la finalización del plazo para la entrega de solicitudes.
- Cada solicitante presentará una sola solicitud. En ella se podrán incluir una o varias actuaciones.
- De conformidad con lo establecido en el artículo 9 b) de la Ley 5/2015,de 25 de marzo,de Subvenciones de Aragón,no podrán ser beneficiarios de subvenciones aquellos solicitantes que habiendo sido beneficiarios de subvenciones que les hayan sido concedidas con anterioridad para un mismo destino y finalidad en ejercicios anteriores por la Comunidad Autónoma de Aragón,consorcios y sociedades mercantiles integrantes del sector público de la Comunidad Autónoma de Aragón,sus organismos autónomos y entidades de Derecho Público,fundaciones,no acrediten el efectivo cumplimiento de los requisitos y la realización de la actividad subvencionada,aunque se trate de diferentes fases o aspectos de un mismo proyecto.
- Los solicitantes deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias,tanto con la Hacienda del Estado como con la de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón,así como con la Seguridad Social.
- No podrán obtener la condición de beneficiario aquellas entidades recogidas en los artículos 4.1.c) y 8.1 de la Ley 8/2015,de 25 de marzo,de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón que no cumplan con las obligaciones reconocidas en el capítulo II de la Ley.
- Si como consecuencia de la verificación de los citados datos se pusiera de manifiesto alguna discordancia respecto a los datos facilitados por el interesado,el órgano gestor está facultado para realizar actuaciones tendentes a su clarificación.
- Únicamente se podrán solicitar subvenciones para realizar actuaciones en los municipios y/o asentamientos relacionados en el Anexo I de la convocatoria.
Documentación
Presentar en todos los casos:
- Presupuesto de las actividades culturales
Presupuesto que incluya los gastos elegibles que se relacionan en el artículo 3.6. de la presente convocatoria. Descargar modelo Presupuesto de las actividades culturales
- Certificado de representante
Certificado expedido por el secretario de la entidad que confirme la identidad de la persona que firma la solicitud como representante legal de la entidad en el caso de que la solicitud se firme con un certificado personal. Descargar modelo Certificado de representante
- Memoria de actividades culturales
Documento explicativo que incluya antecedentes de la propuesta de actividades; descripción pormenorizada de cada una de las actividades diferenciadas con indicación del calendario detallado de las mismas e indicación de los asentamientos donde se realizan las actividades culturales. Descargar modelo Memoria de actividades culturales
- Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite,la administración consultará algunos datos adicionales. Ver detalles
- Consulta de Datos de Identidad
- Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
- Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Información adicional
Será susceptible de subvención las ayudas vinculadas a la financiación de gasto corriente relacionadas con el apoyo a la creación y promoción de actividades culturales que desestacionalicen la oferta (Eje temático:Escenario vital y patrimonio territorial).
Formas de iniciar el trámite:Mediante solicitud por parte del interesado
Qué cubre:Podrán solicitarse ayudas para la realización de actividades culturales diferenciadas siempre que se incluyan dentro de un mismo evento (jornadas,festivales,etc.) o siendo la misma actividad que tenga un carácter periódico o itinerante.
Cuánto se subvenciona:100% de la actuación con limitación a un importe máximo
Documentos y enlaces de interés
Presentación de la solicitud
Telemática
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- Pulsar en "Iniciar trámite",completa la solicitud,sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Correo electrónico.set@aragon.es
- Teléfono.976 714 408
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Ayuda con la tramitación electrónica
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- infoyregistro@aragon.es
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- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp:+34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE DESPOBLACIÓN
Normativa
- Decreto 202/2014,de 2 de diciembre,del Gobierno de Aragón,por el que se aprueba la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón
- Decreto 165/2017,de 31 de octubre,por el que se aprueba la Directriz Especial de Ordenación Territorial de Política Demográfica y contra la Despoblación
- Orden VMV/356/2020,de 2 de abril,por la que se publica la actualización de la Estructura del Sistema de Asentamientos de Aragón definida en la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón (EOTA) en función del Nomenclátor de habitantes de 2019 y otras variables socioeconómicas
- Orden VMV/1308/2020,de 27 de noviembre,por la que se establece el Índice Sintético de Desarrollo Territorial (ISDT) de municipios y comarcas incluido en la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón (EOTA) para el año 2020
- Orden VMV/241/2021,de 15 de marzo,de corrección de errores de la Orden VMV/1308/2020,de 27 de noviembre,por la que se establece el Índice Sintético de Desarrollo Territorial (ISDT) de municipios y comarcas incluido en la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón (EOTA) para el año 2020
- Orden VMV/2170/2018,de 29 de noviembre,por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en desarrollo de la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la Despoblación con cargo al Fondo de Cohesión Territorial.
- Orden VMV/510/2021,de 12 de mayo,por la que se convocan subvenciones para la realización,durante el año 2021,de actuaciones relacionadas con el desarrollo de la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la Despoblación con cargo al Fondo de Cohesión Territorial por entidades sin ánimo de lucro.
- Orden ORDEN DDJ/260/2024,de 13 de marzo,por la que se convocan subvenciones para la realización,durante el año 2024,de actuaciones relacionadas con el desarrollo de la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la Despoblación con cargo al Fondo de Cohesión Territorial por entidades sin ánimo de lucro
- Orden VMV/1795/2021,de 30 de noviembre,por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en desarrollo de la Directriz especial de Política Demográfica y contra la Despoblación con cargo al Fondo de Cohesión Territorial
- Decreto 202/2014,de 2 de diciembre,del Gobierno de Aragón,por el que se aprueba la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón
- Decreto 165/2017,de 31 de octubre,del Gobierno de Aragón,por el que se aprueba la Directriz Especial de Ordenación Territorial de Política Demográfica y contra la Despoblación
- Orden VMV/1076/2023,de 8 de agosto,por la que se publica la actualización de la Estructura del Sistema de Asentamientos de Aragón definida en la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón (EOTA) en función del Nomenclátor de habitantes de 2022 y otras variables socioeconómicas.
- Orden VMV/1495/2021,de 2 de noviembre,por la que se publica la actualización de la Estructura del Sistema de Asentamientos de Aragón definida en la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón (EOTA) en función del Nomenclátor de habitantes de 2020 y otras variables socioeconómicas (afecta a las convocatorias de los años 2022 y 2023)
- Orden DDJ/466/2024,de 6 de mayo,por la que se modifica la Orden DDJ/314/2024,de 22 de marzo,por la que se establece el Índice Sintético de Desarrollo Territorial de municipios y comarcas regulado en la Ley 3/2022,de 6 de octubre,de información geográfica de Aragón.
- Orden DDJ/314/2024,de 22 de marzo,por la que se establece el Índice Sintético de Desarrollo Territorial de municipios y comarcas regulado en la Ley 3/2022,de 6 de octubre,de información geográfica de Aragón.
- Orden VMV/1789/2021,de 22 de diciembre,por la que se establece el Índice Sintético de Desarrollo Territorial (ISDT) de municipios y comarcas incluido en la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón (EOTA) para el año 2021 (afecta a las convocatorias de los años 2022 y 2023).
Preguntas frecuentes
Oficinas de la administración
Oficina Comarcal de SERVICIO PROVINCIAL ZARAGOZA
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